Ahora que comienza la discusión del matrimonio y la adopción entre parejas del mismo sexo en
Colombia sería bueno repasar lo que ha hecho la jurisprudencia constitucional al respecto. El primer fallo que
dio lugar al reconocimiento al derecho del matrimonio
gay fue el fallo
Doctors for Life en diciembre de 2005 en la Corte Constitucional sudafricana
"
Doctors for Life¨ (
Lesbian and gay equality) de 1 de diciembre de 2005, es la sentencia hito que garantizó el matrimonio entre las parejas
homosexuales en
Sudáfrica en donde la Corte Constitucional ordena que se corrija la sección 30 (1) de la ley de Matrimonios 25 de 1961 (
Marriage Act) porque la palabra "marido" y "esposa" va en contra de la Constitución y de esta manera ordena la corrección de la ley en un término de 12 meses.
Destaco el salvamento de voto de la
Jueza O´Reagan disiente de las medidas propuestas por el
juez Sachs J. y la mayoría que lo acompaña.
La
jueza O ´
Reagan considera que los derechos fundamentales no admiten espera y que dar 12 meses para que el legislador haga una nueva ley, remisión o exhortó, no se considera
justificable desde el punto de vista del reconocimiento inmediato de los derechos fundamentales. Dice la Juega O ´
Reagan ¨
que la doctrina de la separación de poderes es importante en la Constitución, pero que esto no puede ser usado para evadir la obligación que tiene la Corte constitucional de proveer un amparo inmediato de los derechos constitucionales de las partes afectadas, especialmente en lo que tiene que ver con la sección 9 (1) y 9 (3) de la Constitución sobre el derecho a la igualdad, y la sección 10 de la Constitución, sobre el derecho a la dignidad de la persona humana...¨.
Lo que quiere más o menos decir O ´
Reagan es ¿Para qué esperar un año a que el Parlamento modifiquen la ley si la Corte puede otorgar el derecho a contraer matrimonio
inmediatamente, teniendo en cuenta que la ley sobre Matrimonios de 1961 viola la Constitución?
¿Otro año más para que
Ms.
Marié Adriaanna Fourie y
Ms.
Cecelia Johanna Bonthuys,
dos mujeres de Pretoria que se quieren casar tengan que esperar para ejercer sus derechos constitucionales al trato igual y digno?
Una hipótesis ¿Qué pasaría si en el transcurso del plazo del año que propone la Corte muere una de las mujeres y no puede jamás casarse con su compañera?
¿No se le
habrián violado sus derechos al trato igual y digno además de otros derechos como los que tiene que ver con los derechos
patrimoniales -
sucesorales de su compañera?
La posición de la
jueza O ´
Reagan en este caso me parece más razonable que la posición de
Sachs J. y la mayoría de la Corte al sugerir la medida de que
reelaboren la ley en doce meses.
Para ver toda la sentencia
Doctors for Life pinche aquí. También
aquí.