jueves, 29 de enero de 2009

Los derechos de las parejas homosexuales se equiparán las de los heterosexuales

Por ahora solo remito la información de los periódicos El Tiempo y El Espectador sobre la sentencia en donde se equiparán los derechos de las parejas homosexuales a la de los heterosexuales, en materia penal, civil, laboral de seguridad social etc. Colombia a partir de una serie de jurisprudencias (Sentencias C - 075 de 2007, C - 811 de 2007, C - 798 de 2007 y C - 226 de 2008) ha venido otorgando derechos a las parejas del mismo sexo haciendo una buena interpretación del derecho a la igualdad y equiparando los derechos de estos cuando cumplen con los requisitos de las uniones de hecho, ya que todavía no esta permitido el matrimonio entre parejas homosexuales. El Magistrado Humberto Sierra Porto, Presidente de la Corte constitucional, explicaba anoche en un noticiero que la sentencia es histórica pero en nada cambia el concepto de familia de la Constitución, más bien se trata de la interpretación del derecho a la igualdad, solidaridad y dignidad del ser humano.

Colombia se equipará a través de esta jurisprudencia a las legislaciones más avanzadas en materia de derechos de parejas homosexuales y los únicos derechos que todavía no se encuentran equiparados son el matrimonio y la posibilidad de adopción. Entre los derechos que se reconocen definitivamente estan la sustitución pensional, la posibilidad de recibir la seguridad social, salud y pensiones, derecho que se extiende al régimen de seguridad de la fuerza pública, los derechos patrimoniales por muerte o liquidación de la sociedad patrimonial de la unión de hecho, la posibilidad de no declarar en contra de la pareja en un juicio penal.Tendrán a su vez el derecho al patrimonio familiar inembargable, en el caso de la vivienda, derecho a la nacionalidad si la pareja es extranjera y la residencia en caso de que la pareja habite en San Andrés Isla.

La jurisprudencia también establece que las parejas del mismo sexo además de derechos tendrán deberes y obligaciones como el estar cobijado por la ley sobre violencia intrafamiliar.

Algunos de estos derechos ya habían sido reconocidos en anteriores jurisprudencias, pero con esta sentencia se reforman, vía interpretación jurisprudencial, un total de 42 artículos del código civil, penal, disciplinario y del régimen de seguridad social y salud. La ponencia de la sentencia fue del Magistrado Rodrigo Escobar Gil.

Links:
- "42 disposiciones modificó la Corte Constitucional para amparar derechos de los gay¨, El Tiempo, 29 de enero de 2009

- "Corte constitucional reconoce derechos a las parejas de un mismo sexo" - El Espectador 29 de enero de 2009

- "Una jurisprudencia a favor de la igualdad y la diversidad", Rodrigo Uprimny, El Espectador, 2 de febrero de 2009

- Histórico fallo de la Corte Constitucional en Colombia reconoce igualdad en derechos entre las parejas heterosexuales y las parejas del mismo sexo, Dejusticia

- Corte Constitucional decidió igualdad - Colombia Diversa (*Información importante respecto a la demanda presentada)

- "Un gran paso", Revista Semana, sábado 31 de enero de 2009, edición No 1396


- Comunicado de Prensa - página de Colombia Diversa