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martes, 20 de diciembre de 2011

Raymundo Gama. Sobre las presunciones en la filosofía


Haciendo un repaso de los buenos videos que se publican en la Universitat de Girona esta el del mexicano Raymundo Gama que habla sobre las Presunciones en la Filosofía (y luego en la teoría del derecho y la teoría de la argumentación). Aquí puede ver el video (28 - VI - 2011) y aquí puede leer el IV Capítulo de la Tesis doctoral de Gama, presentada en la Universidad de Alicante.Raymundo Gama que ahora trabaja como profesor investigador en la ITAM de México. Ver hoja de vida aquí.

Mini resumen de la exposión de Gama:

Gama expone el carácter "derrotable" de la presunciones, es decir que pueden ser rebatibles y no son por tanto son solo presupuestos de partida que pueden llegar a ser desvirtuados. Tienen un carácter práctico y permiten acercarse a la verdad, remiten a la carga de probar lo contrario a lo previsto en la presunción. Ejemplos en el derecho: la presunción de Buena Fe, la presunción de constitucionalidad, la presunción de muerte por desaparecimiento, la presunción de paternidad. Tienen un fundamento, una fuerza y una resistencia. Se puede llegar a desvirtuar una presunción a través de la carga de la prueba. Las presunciones además de tener un carácter prescriptivo de base que obligan a aceptar un presupuesto dado, o dar por sentada una verdad no suficientemente probada (Wroblesky) tienen una dimensión constitutiva. Por ejemplo una comunicación que dice que se toma una obligación si no se da respuesta en un determinado lapso. Presumo que aceptan o presumo que niegan la propuesta en un determinado lapso de tiempo - silencio positivo o negativo, allí se constituye la obligación. Las presunciones tienen un efecto práctico, en el "common law" si alguien está desaparecido por más de siete años, se presume como si estuviera muerto. Por último las presunciones tienen una dimensión argumentativa. Perelman dice que pueden ser analizadas las presunciones como razones o tipos de razones para la argumentación que tiene que ver con las razones del discurso y los efectos persuasivos de estas.

miércoles, 14 de septiembre de 2011

Diego López Medina sobre transplantes jurídicos

Diego López Medina en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala sobre los transplantes jurídicos y la globalización del derecho

miércoles, 7 de septiembre de 2011

Decisiones finales en la doctrina de Julia Roberts - José Juan Moreso

José Juan Moreso en Girona hablando sobre este documento de la Doctrina de Julia Roberts y los acuerdos irrecusables que puede leer aquí.

"El Tribunal Supremo se equivoca" (Informe Pelícano)

jueves, 20 de agosto de 2009

El Leviathan de Hobbes - Open Yale Courses

En los "Open Yale Courses" el profesor Steven Smith explica en su curso de Introducción a la Filosofía política el pensamiento de Thomas Hobbes y en especial los aspectos más importantes de su obra El Leviatán (1651). Son 45 minutos de clase en donde usted puede escuchar los aspectos más importantes del autor inglés en una clase dictada en la Universidad de Yale en el otoño de 2006.

En el resumen del vídeo se indica que en el pensamiento de Hobbes se presenta la paradoja de sostener al mismo tiempo el absolutismo monárquico de la autoridad con la idea de igualdad de las personas humanas, además de destacar la teoría contractualista de Hobbes que establece que una vez se hace el pacto de asociación se otorgan todos los derechos al gobernante para garantizar la seguridad y la convivencia pacífica.

Aquí el resumen del video del profesor Steven Smith de Introducción a la Filosofía Política:
This is an introduction to the political views of Thomas Hobbes, which are often deemed paradoxical. On the one hand, Hobbes is a stern defender of political absolutism. The Hobbesian doctrine of sovereignty dictates complete monopoly of power within a given territory and over all institutions of civilian or ecclesiastical authority. On the other hand, Hobbes insists on the fundamental equality of human beings. He maintains that the state is a contract between individuals, that the sovereign owes his authority to the will of those he governs and is obliged to protect the interests of the governed by assuring civil peace and security. These ideas have been interpreted by some as indicative of liberal opposition to absolutism.

Los dejamos con el video:




miércoles, 3 de junio de 2009

Leiter sobre Dworkin, Video

Brian Leiter de la Universidad de Chicago que administra el blawg Leiter´s Law School Report, subio recientemente el video de la clase que impartió en Norwhestern University Legal Philosophy Club sobre Ronald Dworkin, en donde habla de la interpretación constructivista, de la resolución de conflictos entre principios por ser moralmente más atractivos del juez Hércules y de cinco casos de la jurisprudencia norteamericana que pueden explicar la posición dworkiana en torno a la resolución de casos difíciles en torno al tema del derecho a la intimidad (Privacy): Meyer (1923), Pierce (1925), Skinner (1942), Griswold (1965), Einsenstadt (1972) y Roe (1973). Leiter problematiza la solucion dada por Dworkin en el caso de la penalización de la sodomía homosexual en el Estado de Georgia en el caso Bowers vs. Hardwick de 1986. Una forma de utilización de las herramientas virtuales para la enseñanza del derecho. Pinche aqui para ver el Video.

viernes, 3 de abril de 2009

Videos de la U.S Supreme Court... no al originalismo

Los videos son de Oyez.com (Scotus) y son como bien ochenteros - de la época de Reagan, se acuerdan el actor que fue presidente de Estados Unidos, y de la Corte Rehnquist- sin embargo, pensamos que todavía sirven para saber un poco más cómo trabaja la Corte Suprema de Justicia en Estados Unidos... Interesante el debate entre Antonin Scalia y Ruth Bader Ginsburg sobre la interpretación originalista de la Constitución, (Al final del primer video) forma de interpretación que no debe ser translapada o recepcionada a nuestro contexto, según mi opinión, pero que resulta interesante conocer...

Parte 1:



Parte 2:



Última parte:

domingo, 29 de marzo de 2009

Corte Constitucional y nuevas tecnologías

Por: Gonzalo A. Ramírez Cleves

Desde el año pasado hemos venido utilizando algunos audios de la página de la organización Oyez.org. Esta página no solo nos trae las últimas noticias de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos, sino también toda una serie de recursos de multimedia como audios o podcast, videos, archivos de jurisprudencia, pdf.s ,etc. que ayudan a la comprensión y la publicidad de las decisiones que se toman en el alto tribunal norteamericano.

El miércoles pasado en Bogotech, Matias Jaramillo de www.trabajadorweb.com, nos decía a los asistentes que desde su punto de vista, la crisis económica mundial representa una de las tantas crisis que vienen de ahora en adelante, que reflejan el paso de una sociedad industrial a una sociedad cibernética de la información y la tecnología. Cómo afectará esta transformación al derecho y especialmente en lo que tiene que ver con los juicios que adelanta la Corte Constitucional en Colombia es lo que analizaremos someramente y de manera tangencial en esta nota.

Desde hace algunos años se ha venido dando préstamos del Banco Mundial y asesoria técnica de organismos de Cooperación internacional como la agencia alemana GTZ al Consejo Superior de la Judicatura y a corporaciones como Excelencia a la Justicia y a la Federación colombiana de municipios para que se implemente el llamado e.government o e.justicia. De lo que se trata es que en las Casas de Justicia, en los Juzgados y Tribunales se empiecen a crear plataformas, bases de datos y recursos informáticos para poder llevar a cabo un proceso judicial a través de la red.

Con relación a la jurisdicción constitucional y especialmente la Corte constitucional, la idea sería que el abogado, el ciudadano o la persona, si se trata de acciones de constitucionalidad o de tutela, no tenga que acudir al juzgado o a la Corte directamente para interponer las acciones y llevar el curso del proceso, sino que a través de la red pueda interponer los recursos - incluso los formatos de las demandas pueden estar en línea - conocer el curso del expediente e incluso interactuar con las partes y el juez o los jueces para la resolución del caso.

Otra de las utilidades de la red podría ser el de cumplir con el deber de publicidad y transparencia que deben tener los juicios en desarrollo de los principios de indepedencia y autonomía de la rama judicial consagrados en el artículo 228 de la C.N. Un buen ejemplo de esto es la página de la Organización Oyez.org en donde se han colgado todos los audios o podcast de las principales audiencias públicas y juicios orales de los casos que se han llevado a cabo desde 1955 en la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos. Allí se puede encontrar desde el audío de Roe vs. Wade de 1973, que dio lugar a la despenalización del aborto en Estados Unidos, hasta sentencias más recientes, como el audío de la audiencia pública del juicio de los prisioneros de Guantánamo Rasul vs. Bush de 2005. También puede encontrar videos informativos de la historia y las funciones de la Corte Suprema como una forma de pedagogía constitucional en web (aquí).

Hay que destacar que la página de la Corte Constitucional colombiana www.constitucional.gov.co ha cumplido una buena labor y es una de los recursos más utilizados por abogados, profesores, estudiantes y ciudadanos para informarse de las noticias, sentencias, resoluciones, comunicados etc. que emite la Corte Constitucional. Se puede encontrar cualquier sentencia por tema, por número de la providencia, por magistrado ponente etc. y la página se actualiza constantemente. También cualquier persona interesada se puede suscribir a la página, para que las informaciones de los comunicados de prensa le lleguen directamente a su correo electrónico. Del mismo modo cuenta con información de las principales sentencias, los recursos en curso, información sobre el orden del dia de las plenarias, historia de la Corte constitucional, hoja de vida de los magistrados y de los foros y encuentros realizados.

Esta página es una de las más completas si se compará con las páginas y portales del Consejo de Estado y la Corte Suprema que prácticamente no tienen información en red ni ningún nivel de automatización, aunque hay que resaltar que el portal del Consejo Superior de la Judicatura, a pesar de su desorden y su diseño noventero, tiene bastante información y algunos recursos. Sin embargo, y a pesar de la ventaja que le lleva a las otras Cortes, la Corte Constitucional debe empezar a pensar en lo que viene en materia de nuevas tecnologías, es decir en la transformación de la labor de la justicia a través de los medios informáticos y comunicacionales.

Pensamos que la Corte Constitucional, a través de su presidente Nilson Pinilla, debe empezar a plantear la renovación de la página web, sobre todo en lo que tiene que ver con los recursos multimedia y con el objetivo de cumplir con los principios de publicidad y transparencia de su labor. Aunque en Colombia no tenemos audiencias públicas ni juicios orales en los procesos de constitucionalidad y de tutela, si se debe empezar a implementar recursos en red, como los audíos de las plenarias, para que el ciudadano, los abogados y las partes conozcan públicamente de que manera se desarrollo el juicio. Se debe pasar de las sesiones a puerta cerrada o secretas a unas sesiones públicas en donde no solamente se aprecie el nivel de argumentación y de discusión de nuestros magistrados cuando resuelven un caso, sino también en desarrollo y cumplimiento de las garantías del debido proceso y el acceso a la justicia.

Esta publicidad de los juicios de la Corte constitucional a través de su página y los recursos multimedia se debe empezar a desarrollar prontamente, más cuando la ¨Nueva corte constitucional¨ en Colombia empieza a ser cuestionada, principalmente por que se evidencia su falta de independencia frente al ejecutivo y la falta de calidad e idóneidad de algunos de sus miembros en temas tan sensibles como el referendo reeleccionista, la dosis personal, la posibilidad de adopción y el matrimonio entre parejas del mismo sexo etc.

Del mismo modo se debe empezar a implementar en web videos informativos sobre la historia de la Corte Constitucional, su función en el Estado constitucional, la posibilidad de tener videos tutoriales o informativos para la presentación de los recursos de constitucionalidad o de tutela y evitar así los odiosos y poco útiles fallos inhibitorios y para que de esta manera se realice una pedagogía constitucional a través de la red a la manera que ya lo han empezado a hacer otras cortes constitucionales en el mundo.

Links:

- Oyez.org
- Audio de Roe vs. Wade (1973)
- Audio de Rasul vs. Bush (2005)
- Video pedagógico de la historia y las funciones Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos (*Es como de los años ochentas pero todavía es útil)
- Página e.justicia. La justicia en la sociedad del conocimiento

jueves, 21 de febrero de 2008

35 años del caso Roe vs. Wade

Aquí un video de Youtube sobre la importancia de la decisión Roe vs. Wade que el pasado 22 de enero de 2008 cumplió 35 años de haberse producido. Que pena que este en inglés...



domingo, 17 de febrero de 2008

Rafa Rubio hablando sobre el régimen cubano

Aqui la nueva forma de educación virtual, por video y a distancia... Podemos ver por fin a nuestro amigo Rafa Rubio, nuestro gran colega de la Universidad Complutense, hablando sobre el régimen cubano en el seminario celebrado en Madrid el pasado 27 de junio de 2007. El seminario con el titulo "Principios Esenciales para el Desarrollo" fue organizado por la Unión del Pueblo Cubano (UPC). Si tiene 24 minutos para aprender de este experto sobre derecho constitucional en un régimen autocrático - socialista echéle una mirada.