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viernes, 29 de mayo de 2009

Dos artículos históricos sobre el aborto en Estados Unidos

He estado un poco ocupado estos dias llenando el Catálogo de Blogs juridicos que pueden encontrar en este link, sin embargo la experiencia ha sido provechosa porque me he encontrado con muy buenos blawgs, de hecho todos los que estan referenciados en el Catálogo se destacan. En la búsqueda me he encontrado con un buen blog sobre Historia del derecho, un campo que se encuentra abandonado en Colombia y que solo algunos autores como Carlos Restrepo Piedrahita, Francisco Barbosa, Diego López, Julio Gaitán Bohórquez, Andrés Botero, Viíctor Manuel Uribe Urán y Fernando Mayorga- perdón si se me queda alguno - se han dedicado a trabajar en nuestro pais.

El blawg se titula Legal History y es administrado por Dan Ernst de Georgetown University y Mary L. Dudziak de la University of Southern California. A través de un reciente post de Dan Ernst sobre las leyes administrativas en la era del ¨New Deal¨ de Roosvelt, me enteré de la publicación en red de la revista ¨Law and History Review¨que en su edición de verano publica dos artículos interesantes sobre la historia del aborto en Estados Unidos, antes de las emblemáticas sentencias Roe vs. Wade y Doe vs. Bolton de 1973.

En primer lugar esta el artículo de Leslie J. Reagan titulado ¨Rashes, Rights and Wrongs in the Hospital and in the Court Room: German Measless, Abortion and Mal Practice before Roe and Doe" en donde trata de los casos que se presentaron ante la Corte Suprema de Justicia por la responsabilidad médica al no permitirse el aborto terápeutico en los casos de mujeres con rubéola: Gleitman v. Cosgrove (1967) y Stewart v. Long Island College Hospital (1970 y 1972).

El otro artículo sobre el tema, es el de Mary Ziegler titulado: "The Framing of the Right to choose: Roe v. Wade and the Changing Debate on Abortion Law", en donde se hace una reflexión histórica sobre las circunstancias externas que dieron lugar al fallo más polémico de la Corte Suprema de Justicia americana que autoriza el aborto. La autora considera que las políticas de reducción de la natalidad en la Guerra Fría fueron determinantes para llegar al fallo.

Para leer todos los artículos de la revista pinche aqui...

miércoles, 18 de junio de 2008

Columna de Mariana Jaramillo






LA PEPA DEL DÍA DESPUÉS DE EMBARRARLA
Tomada del Periódico El Nuevo Día (Ibagué)

Por: Mariana Jaramillo Fonseca

"Un mal momento lo tiene cualquiera" me decía mi mamá. Y creo que tiene razón. Una relación sexual sin protección es un mal momento y para evitar que se ponga peor se inventaron esta maravillosa pastilla.

Quiero aclarar que esta pastilla es un método anticonceptivo de emergencia como su nombre lo dice. No se puede tomar todo el tiempo. Sólo debe usarse cuando sea estrictamente necesario. Esto quiere decir claramente que tener una vida sexual implica cuidarse y elegir un método anticonceptivo. El sexo es serio, no puede ser tomado a la ligera y hay que cuidar el cuerpo que tanto placer nos da.
Tener sexo con alguien implica que debe haber protección. En estos tiempos no se puede jugar la ruleta rusa de acostarse con alguien sin cuidarse. Esta pepa es una opción antiembarazo, pero no puede convertirse, como ya lo dije, en una forma de cuidarse es simplemente una opción cuando los métodos usados regularmente fallen. Eso implica tener un método de anticoncepción de cabecera.
Es infame que hoy por hoy se quede embarazada así no más teniendo todas las posibilidades a la mano para evitar traer al mundo a futuros infelices. Una cosa es un embarazo deseado, planeado y otra, embarradas que se pueden evitar.
Esta pepita mágica me parece la salvación para quienes han sido violadas y para quienes tienen una vida sexual estable, responsable pero les falla el método. En esos casos, es justo su uso.
No sobra decir que estoy a favor de las relaciones premaritales y por ello, a favor también de la anticoncepción. Se puede y debe disfrutar del sexo con responsabilidad.
Pero, ¿y vale mucho cuidarse? Sí. Es una renta la berraca si se trata de condones y de pepas anticonceptivas. Ahora están incluidas en el POS, pero parece que es un camello que a uno le den condones. Parece que sólo le dan a las parejas que tiene hepatitis o VIH. Eso no me parece justo pues todos estamos expuestos a riesgos. Por ahora será seguir incluyendo en el presupuesto condones y pepas para evitar cualquier susto.
Felicitaciones al nuevo falló del Consejo de Estado que aprobó este método que seguro ha salvado a más de una de una pipa indeseable. Este país está lleno de paradojas: por un lado en este tema se muestra más libre que paises como Chile, pero por otro, permite la doble moral de un congreso que legisla ilegitimamente.

(*) Psicóloga Pontificia Universidad Javeriana
Magister Literatura Hispanoamericana Instituto Caro y Cuervo


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jueves, 28 de febrero de 2008

Tutela para prácticar el aborto

Aquí una noticia de el Tiempo del 27 de febrero de 2008 sobre una mujer que desea prácticarse el aborto al saber que el feto tiene malformaciones que lo hacen inviable y que posiblemente causen su muerte - hidrocefalia -. El problema que se presenta es que ha superado el tiempo prescrito para tal práctica - hasta 22 semanas -, ya que la mujer en este momento cuenta con 27 semanas de embarazo. Además el hospital jesuita de la EPS - El San Igncacio - a que pertenece la mujer se niega a prácticar el aborto y la mujer por medio de una tutela busca obligar al hospital a realizarlo.

jueves, 21 de febrero de 2008

La C - 355 de 2006, nuestro Roe v. Wade

El 10 de mayo de 2006 se emitió por parte de la Corte Constitucional colombiana una Sentencia "hito" que dio lugar a la despenalización del aborto en tres casos: cuando la mujer haya sido violada o inseminada artificialmente sin su consentimiento, por peligros graves a la salud física y psíquica de la madre y por malformaciones del feto en donde se compruebe la inviabilidad de la vida de éste. La Sentencia C - 335 de 2006 sería nuestro Roe vs. Wade.

En esta Sentencia se establecierón varios criterios como la ponderación entre el derecho a la vida (vida en gestación) y los derechos de la mujer como el de la dignidad, salud, libre desarrollo de la personalidad e igualdad. Se estableció el concepto de "Derecho a la autodeterminación reproductiva" y de "derechos sexuales y reproductivos". El fallo se fundamento en varios Tratados Internacionales ratificados por Colombia que hacen parte del Bloque de constitucionalidad como la "Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer" y la "Convención de Bélem do Para" como parámetro de constitucionalidad, y se dio finalmente una sentencia de constitucionalidad "condicionada" en donde los artículos 122 y siguientes del código penal que sancionaban el aborto y establecen penas de prisión para la mujer y el médico que lo practicará quedarón sin efecto en los tres casos expuestos. A partir de ahora queremos empezar un debate mucho más rico sobre las consecuencias reales de la decisión de 10 de mayo de 2006, para preguntarnos qué efectos y problemas se han venido presentando a partir de esta Sentencia. Aquí puede ver las principales sentencias de la Corte sobre este tema hasta agosto de 2010 y a pedido de mi amiga mexicana Geraldina González.

Según el Periódico El Tiempo, 26 de agosto de 2010. Las malformaciones del feto es la causa en donde se utiliza más la sentencia del aborto en Colombia aqui.

Puede participar en el chat de "Amicorum" en Facebook (Ya hay 70 miembros), o con comentarios en este post.
Posdata: El video de U2 Stay quedo en la parte derecha del blog para que lo vean y escuchen.

35 años del caso Roe vs. Wade

Aquí un video de Youtube sobre la importancia de la decisión Roe vs. Wade que el pasado 22 de enero de 2008 cumplió 35 años de haberse producido. Que pena que este en inglés...



miércoles, 20 de febrero de 2008

Roe vs. Wade y el juez Kennedy

Mirando el blog de las feministas en Estados Unidos, nos encontramos con dos noticias. Mañana, después del eclipse total de luna, se realizará una video - conferencia sobre el caso Roe vs. Wade (1973) el caso que dio lugar a la prohibición de la penalización del aborto en Estados Unidos en el debate "pro - choice" y "pro - life" que produjo una disputa necesaria entre el derecho igualdad y el aborto, los derechos de las mujeres y su dignidad, la decisión que puede tomar una mujer sobre su propio cuerpo, la sexualidad segura, la educación sexual entre otros puntos. La Video - conferencia la organiza el ABA Center for Continuing Legal Education (de la American Bar Association) y cuenta con la partiricipación de Sarah Weddington, la abogada de 26 años que ganó el caso. En este blog también se resalta la labor del juez Anthony Kennedy, que el 18 de febrero pasado cumplió 20 años de haber sido nombrado como juez de la Corte Suprema en Estados Unidos. Resaltan las feministas que es importante subrayar la labor del juez Kennedy en la Corte porque salvo la regla o el "holding" en el caso Planned Parenthood v. Casey (1992) que pudo haber revertido lo argumentado en Roe vs. Wade (overruling). Kennedy también ha sido el autor de decisiones importantes dentro de la Corte que fortalecierón los derechos de los gays y lesbianas como la interpretación de que el principio de "la igualdad ante la ley impide cualquier discriminación hacia los homosexuales" (Romer vs. Evan, 1996). Resaltamos con las feministas la labor de este juez y los dejamos con algunas de las sesiones orales de las audiencias en la Corte que pueden escuchar pinchando en las palabras coloreadas con azul. Como ven esta es una traducción libre y seguramente mala de la página Feminist law proffesors que debería ser leída desde el original.