viernes, 31 de julio de 2026

REFORMA CONSTITUCIONAL EN LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO (RDC) PARA LA TERCERA REELECCIÓN

 


La Corte Constitucional (Cour Constitutionelle) de la República Democrática del Congo (RDC) declaró constitucional la propuesta de ley para llevar a cabo un referendo que permita un tercer mandato del Presidente de la República Félix Tshisekedi, entre otros aspectos. Esta decisión (arret en francés) se produjo a pesar de que la  Constitución de la RDC solo permite que el Presidente ejerza la presidencia por dos períodos de cinco años y que existe la prohibición expresa, como cláusula pétrea en el artículo 220 de la Constitución congolesa, de que los períodos de los mandatos presidenciales puedan ser modificados. De este modo, esta propuesta de ley que convoca a un referendo le permitiría al actual Presidente aspirar a un tercer período en el cargo. El segundo mandato de Tshisekedi vence en 2028. 

En el fallo, anunciado en la televisión estatal, el Presidente de la Corte Constitucional señaló que el proyecto de legislación propuesto se ajusta a la Constitución. Esta decisión se produjo mediante el mecanismo de la consulta previa a la Corte por parte del Presidente antes de que el proyecto de ley sea sancionado. De aprobarse la ley se permitirá al Presidente modificar la constitución a través de una Asamblea Constituyente, seguida de un referendo, en caso de lo que se describe como una "disfunción grave" de las instituciones del Estado. En el anunció la Corte Constitucional expresó su preocupación por algunas disposiciones del proyecto de ley que permiten al Presidente convocar un referendo sobre cualquier asunto considerado de importancia "fundamental".

El proyecto de ley fue aprobado en junio por el parlamento, donde la coalición del presidente Tshisekedi cuenta con una cómoda mayoría. Ahora solo aguarda la firma del Presidente para convertirse en ley.

Aunque Tshisekedi ha negado repetidamente buscar un tercer mandato, en mayo afirmó que aceptaría otro si el pueblo congoleño se lo solicitaba.

La oposición ha criticado duramente la reforma, argumentando que podría debilitar las garantías constitucionales. El debate surge en un momento en que el país enfrenta crecientes desafíos de seguridad, incluidos renovados enfrentamientos con el grupo rebelde M23 —respaldado por Ruanda— en el este, así como un brote de ébola en aumento. (Ver noticia en inglés de African News aquí).

El articulo 220 de la Constitución de la República Democrática del Congo  (RDC) establece que: 

"La forma republicana del Estado, el principio de sufragio universal, la forma representativa de gobierno, el número y la duración de los mandatos del Presidente de la República, la independencia del Poder Judicial y el pluralismo político y sindical no pueden ser objeto de ninguna reforma constitucional

Queda formalmente prohibida cualquier reforma constitucional que tenga por objeto o por efecto la reducción de los derechos y libertades de la persona o la reducción de las prerrogativas de las Provincias y las entidades territoriales descentralizadas". 

También se ha indicado que existe un límite circunstancial para iniciar esta reforma constitucional, ya que el artículo 219 de la Constitución de la RDC establece que, 

"No podrá iniciarse ninguna revisión durante el estado de guerra, el estado de urgencia o el estado de sitio, ni durante la interinidad de la Presidencia de la República o cuando la Asamblea Nacional y el Senado no puedan reunirse libremente". 

La oposición de la coalición C64 indica de que no se podría realizar una reforma constitucional en este momento, ya que la RDC se encuentra en una situación de guerra y dos provincias están en estado de sitio (Ver aquí en francés) 

Lectura del fallo por parte de la Corte Constitucional:


 

Expresión en contra de parte de la decisión de la Corte Constitucional por parte de la oposición (Coalición C64) y una noticia al respecto aquí. 

 

Por aquí explicación con Inteligencia Artificial: 


Documentos: 

Propuesta de ley del Referendo aquí.  

El fallo de la Corte  Constitucional congolesa aún no está disponible. 
La Corte ordenó publicarlo junto con la ley en el Boletín Oficial. 

miércoles, 18 de febrero de 2026

La expulsión de Hans Kelsen de la Universidad de Colonia





Por: Gonzalo A. Ramirez Cleves 

Hans Kelsen (1881 - 1973) uno de los juristas más importantes fue perseguido por a lo largo de su vida por su origen religioso y también político. Kelsen nació en Praga, cuando esta ciudad hacia parte del Imperio austrohúngaro. Su madre era originaria de la región de Bohemia, en lo que ahora es la República Checa y su padre era ..... Kelsen era de origen judío, pero debido a la persecusión se convirtió al protestantismo. 

Uno de los momentos más difíciles que tuvo que sufrir Kelsen a lo largo de su vida académica fue su expulsión de la Universidad de Colonia en Alemania, cuando era decano de la facultad de derecho. La expulsión de Kelsen se produjo cuando el partido nacional socialista toma el poder el 30 de enero de 1933 y Hitler es nombrado canciller. 

Con la llegada de Hitler al poder, se empiezan a implementar medidas en contra de los funcionarios públicos que no fueran afines a este régimen por su origen racial, religioso o por sus ideas políticas. Kelsen, como se indicó, hacia parte de varias minorías. En primer lugar era de origen judío y en segundo término era extranjero, ya que su nacionalidad era austriaca y no alemana. Sin embargo, la expulsión de Kelsen no se debió a su religión ni a su nacionalidad, sino a su supuesta afinidad con el marxismo. Así lo relata su biógrafo Rudolf Aladár Métall que relata lo sucedido con la destitución como decano de la facultad de derecho de la Universidad de Colonia de Kelsen. 

Métall explica que Kelsen se dio cuenta de la noticia de su destitución leyendo el periódico mientras desayunaba, ya que su esposa que estaba sentada frente a él, le hizo notar que su nombre aparecía en la última página del diario, en una noticia sobre su licenciamiento. Esta "licencia" equivalía en la práctica a su destitución como profesor de la Universidad de Colonia. 

Hay que anotar que en la primera época del régimen nazi, este tipo de expulsiones se daban por razones políticas, y no por razones raciales o religiosas. Métall señala que la destitución de Kelsen se debió a que se le consideraba marxista. Relata en la biografía que los profesores de la facultad de Ciencias Jurídicas de Colonia apoyaron a Kelsen, enviando una carta que dirigieron al Comisario del Reich del Ministerio Prusiano de Ciencia, Arte y Educación el 18 de abril de 1933 en donde hacían notar que Kelsen no había tomado nunca partido en política y, especialmente que no era miembro del Partido Social demócrata, sino que más bien sus publicaciones contenían una inequívoca crítica del marxismo y de al



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Otro aspecto que se ha venido discutido, con relación a la expulsión de Kelsen de la Universidad de Colonia, es lo que tiene que ver con su relación con Hans Kelsen