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domingo, 4 de diciembre de 2011

Discriminación por orientación sexual en proceso de adopción

Nuevamente la Corte Constitucional se enfrenta a un caso de discriminación por orientación sexual en un caso de adopción. Se trata del proceso de adopción que adelantaba el periodista estadounidense y columnista de "The New York Times" Chandler Burr que venía realizando la adopción de dos hermanos colombianos de 10 y 13 años que se les considera de muy difícil adopción en nuestro país. Burr había recibido en un primer lugar a los niños a través de un programa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) durante cinco semanas. Allí compartieron con Burr, sus amigos y su familia y desde ahí se adelantaron los trámites para la adopción. Al parecer en una conversación informal con una funcionaria del ICBF Burr le comentó que era gay y la funcionara decidió parar el proceso de adopción y establecer medidas de protección. Este es el segundo caso en donde el ICBF interviene para parar procesos de adopción por la orientación sexual de los adoptantes. El primer caso se encuentra en espera de decisión y se trata de adopción de una madre lesbiana que quiere adoptar los hijos de su pareja que había procreado por inseminación artificial "second parent adoption". El ICBF negó esta posibilidad. En este caso se trata de un padre soltero, que si no fuera por su condición de homosexual no hubiera sido rechazado en el proceso de adopción ya que los padres solteros que reúnan ciertas condiciones si pueden adoptar. El ICBF dijo que el padre les había mentido en el proceso por no declarar su condición de homosexual, pero Burr afirma que nunca se le preguntó. El Director del ICBF Diego Molano afirma que existe un vacío jurídico en los lineamientos de adopción cuando se trata de personas o parejas homosexuales. Burr presentó una tutela para defender sus derechos.

Links.


- Rodrigo Uprimny, abogado de Chandler Burr "Felizmente adoptados pero tristemente separados"

sábado, 9 de julio de 2011

Entrevista radial sobre los derechos de las personas homosexuales en Latinoamérica a Daniel Borrillo

Próximamente la Corte Constitucional resolverá dos de los temas más importantes sobre los derechos de los homosexuales en Colombia. En primer lugar una tutela relacionada con la posibilidad de la adopción de parejas homosexuales, y en segundo lugar una demanda de inconstitucionalidad al código civil para posibilitar el matrimonio homosexual o matrimonio paritario.

El año pasado nos visitó a la Universidad Externado nuestro amigo Daniel Borrillo, profesor argentino que enseña en investiga en Francia en el Centro de Investigaciones CENERES y en Paris X, Nantérre, quien nos orientó sobre los avances en el derecho comparado en el tema de los derechos de los homosexuales. En Latinoamérica, continente caracterizado por su ancestral influencia de la Iglesia católica, se han establecido logros sobre los derechos de los homosexuales. En la ciudad de México se ha establecido la posibilidad del matrimonio y la adopción por parejas homosexuales y Argentina se convirtió en el primer país en América Latina que a través de una ley estableció la posibilidad del matrimonio y la adopción por parejas gay. En Brasil a partir de una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia se estableció la posibilidad de la adopción por parejas del mismo sexo.

Daniel fue entrevistado recientemente por la Radio Cultural Francesa aquí puede escuchar dicha entrevista.

También una noticia del periódico el Tiempo en donde se dan las posibles posiciones de los Magistrados en la votación "Así arranca en la Corte debate definitivo por matrimonio gay"

domingo, 26 de septiembre de 2010

Corte de apelaciones de Florida declara inconstitucional la prohibición de adopción por parte de homosexuales

En una reciente sentencia de 22 de septiembre la Corte de Apelaciones del Distrito de Florida, declaró que la prohibición de adopción por parte de homosexuales de un ley estatal era inconstitucional, ya que violaba la Constitución de Florida. El fallo se sustento en estudios que comprueban que los niños adoptados por homosexuales no tienen diferencias, con los niños adoptados por heterosexuales. Igualmente la Sentencia hace referencia a que con la prohibición de adopción por parte de homosexuales se esta violando el derecho a la igualdad y no la discriminación tanto del niño como del padre, a la intimidad, el debido proceso, el bienestar superior del niño. También demuestra que los estudios que dicen que las parejas homosexuales son menos estables, y que las personas homosexuales son más propensos a la depresión y otras enfermedades psiquiatrícas estan parcializadas y se constituyen en una forma de discriminación, ya que los heterosexuales no estan exentos también de inestabilidad familiar o enfermedades psiquicas. Además encuentra discriminatorio que se permita la adopción monoparental, pero se prohiba la adopción monoparental por parte de un homosexual.

El caso concreto es de un padre sustituto o de crianza (Foster parent), al que se le había rechazado la solicitud de adoptar a dos niños que se encontraban en situación de abandono y a los cuales había cuidado desde el 2004 por su condición de homosexual. Puede leer la Sentencia aquí.