sábado, 6 de diciembre de 2014

Taller especialización en Derecho público - Cali

TALLER DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO PÚBLICO – CALI

Materia: Límites a Reforma Constitucional
Profesor: Gonzalo A. Ramírez Cleves
6 de diciembre de 2014

Teniendo en cuenta la Sentencia C- 577 de 2014 de participación en política de excombatientes Marco Jurídico para la paz (Acto Legislativo 1 de 2012) responda a las siguientes preguntas:

1) ¿Cuál fue el principio o los principios constitucionales que se encontraron sustituidos y el problema jurídico a resolver? (Tenga en cuenta los elementos del Bloque de constitucionalidad)


2) Describa cómo utilizo la Corte en este caso el Test de Sustitución y si es del caso el de la efectividad.


3) Porqué se expresa que con los lineamientos en la parte resolutiva se esta dando un condicionamiento del acto legislativo 1 de 2012 y cuáles serían los requisitos para la participación en política establecidos en la Sentencia.

4) Se podría decir que la Corte Constitucional ponderó principios constitucionales y si es así cómo lo hizo



5) Cuál es la opinión del grupo respecto a la Sentencia.

sábado, 29 de noviembre de 2014

Especialización en Derecho Constitucional y Parlamentario - Preguntas Reforma a la Constitución y límites a la reforma


Se preguntarán dos de las siguientes ocho preguntas: 

1.     Explique las cinco veces en que se ha declarado inconstitucional una reforma por vicios competenciales, sustitución de la Constitución, y con base en que principios estructurales (C - 1040 de 2005, C - 588 de 2009, C - 141 de 2010, C - 249 de 2012, C - 1056 de 2012)

2.     Explique los aspectos formales, jurisprudenciales y dogmáticos de la reforma constitucional por Acto Legislativo del art. 375 de la C.P. 

3.    Explique los aspectos formales, jurisprudenciales y dogmáticos de la reforma constitucional por Asamblea Nacional Constitucional del art. 376 de la C.P. 

4.     Explique los aspectos formales, jurisprudenciales y dogmáticos de la reforma constitucional por Referendo constitucional del art. 378 de la C.P.

5.     Explique los aspectos formales, jurisprudenciales y dogmáticos de la reforma constitucional por Referendo derogatorio de la reforma del art. 377 de la C.P. 

6.   Explique el test o la metodologia de la sustitución (De los tres y de los siete pasos  y el test de la efectividad para el control de las reformas constitucionales (Ver C- 970 de 2004 y C - 574 de 2011. Especialmente el Fundamento Jurídico 44 que resume la línea jurisprudencial sobre el tema) ¿Cuáles podrían ser las criticas a dichos test teniendo en cuenta las opiniones de Carlos Bernal en el VII Encuentro de la Jurisdicción Constitucional y las suyas propias? (Ver video Carlos Bernal aquí). Explicación de los Test aquí. 

7. Explique los limites formales (cláusulas) pétreas y sus clasificaciones (Temporales, circunstanciales y axiológicas). Del mismo modo explique los límites materiales (no olvide los lógicos de Merkl y Ross) y porque se dice que en la jurisprudencia colombiana se acoge la idea de límites intrínsecos y no extrínsecos. 

8. Teniendo en cuenta el concepto general de Constitución y la diferenciación entre el poder constituyente y el poder de reforma ¿Cuáles podrían ser las limitaciones del poder de reforma e incluso del poder constituyente (Recuerde los límites de Sieyés: temporales, competencia y de congruencia)?

Recursos:

RAMIREZ CLEVES, Gonzalo, El Control material de las reformas constitucionales mediante Acto Legislativo, en: Revista de Derecho del Estado, No 18, 2006, pp. 3 - 32

- RAMÍREZ CLEVESGonzaloReformas a la Constitución de 1991 y su control de constitucionalidad: entre democracia y demagogia, en: Revista de Derecho del EstadoNo 21, p. 145 - 176.


VER TODOS MIS PAPERS Y ARTICULOS EN ACADEMIA.EDU AQUÍ

ALGUNOS POST SOBRE EL TEMA EN IUREAMICORUM



-  Control a la reforma constitucional en México aquí
PONENCIAS - CONTROL DE LA REFORMA A LA CONSTITUCIÓN - VII

ENCUENTRO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL

 (Bogotá, Universidad Externado de Colombia, octubre 13 de 2011).

Profesor Joel Colón - Rios (Nueva Zelanda) aquí

 Profesor Carlos Bernal Pulido (Australia - Colombia) aquí.

Magistrado Jorge Iván Palacio (Corte Constitucional colombiana) aquí.

- Magistrado Raúl Bertelsen (Corte Suprema Chile) aquí.

- MESA REDONDA. Moderador Rodrigo Uprimny ( Robert Alexy, Joel - Colón, Carlos Bernal Pulido, Magistrado Jorge Iván Palacio) Aquí.

- Sentencias de la Corte Constitucional: 

1) C - 551 de 2003. Referendo Reforma Política

2)  C - 1200 de 2003 (Inhibición - Potestades extraordinarias al Presidente para adecuar código penal, penitenciario y carcelario, procesal penal)

3)  C - 572 de 2004 (Inhibición - Reforma Reforma Política. Mg. Ponente Rodrigo Uprimny. Salvamento de Voto, distintos tipos de control dependiendo del grado de participación popular)
4) C - 816 de 2004. Estatuto antiterrorista
5) C- 970 de 2004. (Nuevamente faculta para expedir códigos penales)
6) C - 971 de 2004. Reforma Política

7)  C - 1040 de 2005. Constitucionalidad reforma primera reelección.

8) C- 293 de 2007 (Demanda Acto Legislativo No 1 de 2005. Reforma seguridad social)

9) C - 757 de 2008 (Ampliación de moción de censura a superintendentes y directores de departamentos administrativos. Acto Legislativo No 1 de 2007. Principio de Bicameralismo).

10) C - 588 de 2009. Inconstitucionalidad reforma provisionales (Test de la efectividad)

11) Intervención ciudadana en contra del referendo reeleccionista. (Carlos López Cadena - Gonzalo Ramírez Cleves)

12) C - 141 de 2010. Inconstitucionalidad Referendo Reeleccionista

13) C- 702 de 2010. Consulta Previa de Actos legislativos que tengan relación con interés directo de las Comunidades indígenas puede ser alegado como vicio de procedimiento. 

14) C - 397 de 2010. Inconstitucionalidad vicios de forma Referendo Prisión Perpetua. Solo comunicado de prensa No 28 de mayo 25 de 2010. Aquí

15) C - 574 de 2011 (Inhibición prohibición porte y consumo de dosis mínima) Aquí. 

16) C-170 de 2012. Sobre la reforma constitucional que elimina la Comisión Nacional de Televisión aquí. 

17) C- 132 de 2012. Sobre el A.L. 3 de 2011 de sostenibilidad fiscal (Inhibición) aquí. 

18) C- 249 de 2012. Inconstitucionalidad del A.L. 4 de 2011 que otorga mayores puntajes a provisionales en concursos por violación del principio de carrera administrativa, igualdad y mérito aquí. 

19) C- 288 de 2012 (M.P. Luis Ernesto Vargas) Declara constitucional la reforma constitucional del artículo 334 de la Constitución que establece el criterio de Sostenibilidad Fiscal. 

20)  C- 317 de 2012. No se declaró inconstitucional por falta de consulta previa el Acto Legislativo No 5 de 2011 sobre regalías y presentación de reformas por Ministros aquí. 

21) C - 1056 de 2012. Declaró inconstitucional por sustitución el Acto Legislativo No 1 de 2011 que daba lugar a que no se aplicará el régimen de inhabilidades e incompatibilidades a los Congresistas en la votación de las reformas Constitucionales. Los principios estructurales fueron el del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, moral pública y que no se pueden hacer reformas de artículos que restringen el poder de reforma. Aquí. 

22)  C - 010 de 2013 (M.P. Luis Ernesto Vargas) Declara constitucional el Acto Legislativo 5 de 2011, “por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de regalías y Compensaciones”, por los cargos analizados en esta sentencia.

23) C- 579 de 2013. Marco Jurídico para la paz. Comunicado de Prensa Aquí. Rodrigo Uprimny opinando sobre la Sentencia aquí.  Sentencia aqui. Podcast sobre la Sentencia en Derecho a la Carta con los profesores Edgar Solano y Jorge Iván Cuervo aquí. 

24) Sentencia C- 740 de 2013 sobre Fuero Penal Militar. Vicios de Forma en Sentido estricto por discusión conjunta o coetánea entre plenaria y comisión. Viola el principio democrático. 

25) Sentencia C- 577 de 2014. Participación en política Marco Jurídico para la Paz. Comunicado de Prensa aquí . Sentencia aquí. 

Bibliografía sobre el tema en red.

1. AA.VV. Justicia Constitucional y Transición. Análisis de la Sentencia C-579 de 2013 sobre Marco Jurídico para la paz aquí. Kai Ambos aquí. 

2. BARAK, Aaron, "Unconstitutional constitutional amendments" aquí

3. BARRERA, Pedro Javier, "Jueces y democracia: entre Ulises y los cantos de sirena", en: Revista de Facultad de Ciencias Políticas Universidad Pontificia Bolivariana,Medellín, No 42, Diciembre 2012, pp. 359 - 391

4. BENITEZ, Vicente, "Jueces y Democracia: entre Ulises y los cantos de Sirenas", en: Revista de Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Medellín, Vol. 42, No 117, julio - diciembre de 2012, pp. 359 - 391. 

5. BREWER - CARIAS, Alan, "Reforma Constitucional, Asamblea Nacional Constituyente y Control Judicial Contencioso Administrativo. El caso de Honduras (2009) y el Antecedente Venezolano (1999)", en: Revista Estudios Constitucionales, Vol. 7, No 2, Santiago 1009, pp. 317 - 353. 

6. CAJAS SIERRA, Mario Alberto, "La reforma constitucional límites de la Corte al Congreso¨, en: Precedente, 2004, pp. 14 - 48


8. DIEZ PICAZO, Luis Maria - "Limites Internacionales al poder constituyente" en Revista Española de Derecho Constitucional, No 76 enero abril 2006, pp. 9 - 32 

9. MARIN, Iris, ¨La norma obligatoria e inderogable de reconocer y garantizar los derechos humanos es exigible al poder constituyente¨, en:Revista de Estudios Socio JurídicosVol12, No 1, 2010, pp. 305 - 336

10. RAMÍREZ CLEVESGonzalo AEl control material de las reformas constitucionales mediante acto legislativo, en: Revista de Derecho del EstadoNo 18, p. 3 - 31


11. RAMÍREZ CLEVESGonzaloReformas a la Constitución de 1991 y su control de constitucionalidad: entre democracia y demagogia, en: Revista de Derecho del EstadoNo 21, p. 145 - 17



14. ROZNAI, Yaniv, "The Theory and practice of Supra-Constitutional limits on Constitutional amendments", en: International and comparative law quarterly, Vol. 62, Issue 3, July 2013. 




16. VÁZQUEZ GÓMEZ Bisogno, "La Suprema Corte y el poder constituyente constituido. Hacia la defensa del núcleo intangible de la Constitución", en: Cuestiones Constitucionales, No 22, enero-junio 2010, pp. 275 - 317


Derecho Comparado: 

- El caso Fayt en Argentina aquí. 

Artículos de Joel Colón Ríos sobre el tema:

- Democracy and Constitutional change aquí.

- The legitimicy of juridical. Constituent power, democracy and the limits of constitutional reform. Aquí.

- The Counter Majoritan difficulty and the road not taken: Democratizing Amendetent rules Aquí.

- Carl Schmitt and Constituent Power in Latin America. The Cases of Colombia and Venezuela. Aquí. 

Otros Videos: 

1. Participación en Política de Excombatientes en Sentencia de Marco Jurídico para la paz de 27 de mayo de 2014. Audiencia Corte Constitucional - Gonzalo Ramírez Cleves




Video de Pedro de Vega García sobre la Reforma Constitucional en España -
2012  http://vimeo.com/56802960

jueves, 30 de octubre de 2014

#ForoUniversitarioEquilibriodePoderes

Ya comienza el Foro Académico de Equilibrio de Poderes hoy 30 de octubre en la Universidad Externado de Colombia en donde se discutirá el proyecto de reforma a la constitución que presentó el gobierno a comienzo de la legislatura y que ya fue aprobado en Segundo debate por la plenaria del Senado. La primera jornada será a puerta cerrada con más de 10 universidades del país y centros de pensamiento y mañana se realizará a puertas abiertas. Proyecto aprobado aquí. 

La Jornada de puertas abiertas se realizará en el salón G - 703 a partir de las 8:00 a.m en la Universidad Externado de Colombia (Calle 12 - 1 este). Entrada Libre. Será una gran oportunidad para escuchar las opiniones de la Academia y de las Universidades colombianas sobre el tema. Más información aquí. 


martes, 14 de octubre de 2014

Comunidad de Constitucional. Ejercicio No 6 y 7 Libertad de Expresión, Opinión e información

Caso o Problema Jurídico: 

En los últimos tres años la red social www.thegossip.com se ha convertido en la más frecuentada por los habitantes del Estado Volcánico. Niños, jóvenes, políticos, deportistas, artistas y en general todas las personas se valen de esta página web para entablar nuevas relaciones, conservar las actuales, recupear el contacto con las personas que han conocido y hacer publicidad política y comercial, entre otros fines. 

Por su parte, la agrupación musical "The Monroy Brother´s" oriunda de la ciudad de Belén, en la Alta Guajira es, sin la menor duda, una de las mejores bandas de Rock colombiano, lo cual ha permitido alcanzar reconocimiento dentro y fuera del país. 

Jhon Monroy, vocalista, y Valentino Monroy, bajista, son pertenecientes a una familia de la comunidad afrodescendiente "Mutaba" cuyo asentamiento está ubicado a 2 kilómetros del casco urbano de Maicao por la vía que conduce al municipio de Fonseca. Su pertenencia a dicha comunidad les ha permitido permear los mercados de todas las comunidades de afro descendientes a lo largo y ancho del país y ganar una gran cantidad de seguidores. 

Particular atención ha suscitado la publicidad de sus dos últimos CD´s en la web www.thegossip.com por cuanto contiene una serie de afirmaciones e imágenes que ofende a los sacerdotes de la comunidad religiosa "Los hermanos de las manos bondadosas". 

Tal manifestación no resulta espontánea. De tiempo atrás, mucho afrodescendiente han responsabilizado a las comunidades religiosas católicas, en especial a la comunidad señalada de su "pérdida de identidad" por cuanto en tiempos de la conquista, en los albores del comercio de esclavor africanos en las Indias, sus antepasados fueron obligados a cambiar sus deidades Chango, Bumba y Leza y a abandonar sus rituales llenos de color y alegría por ser considerados paganos. 

A tal punto llega el resentimiento de las comunidades afrodescendientes, en especial la comunidad "Mutaba" que incluso algunos han estado preparando lo que ellos consideran el retorno después de la diáspora al continente madre. África, y en honor a éste izan la bandera Congo. 

En especial el sencillo titulado "Odio al clero" ha ocupado durante los últimos 10 meses el primer lugar en el link de los audios con más sintonía de la página www.thegossip.com. Dicha canción está compuesta, entre otras, por frases como estas: "Lo mismo que nos hicieron les haremos/ Con la vara que nos midieron, serán medidos/ Collares de perros les serán colgados/ Y esto agradará a Changó". 

El Presidente del Episcopado presenta una acción de tutela en contra de la agrupación y de los administradores de la página web www.thegossip.com por cuanto, según el alto prelado, se esta vulnerando sus derechos a la seguridad y sus derechos a la vida y a la integridad personal corren serio peligro. 

Preguntas Orientadoras 1 (lunes 20 de octubre)

1. ¿Cuál es el alcance del derecho a la libertad de expresión?


2. ¿Diferencie entre derecho a la libertad de opinión, información y expresión?

3. ¿Cuáles son los límites del derecho a la libertad de expresión?


4. En qué consiste la rectificación y porqué cree usted que es una condición de procedibilidad de la acción de tutela 

5. ¿Cree usted que las pretensiones del episcopado son viables?



Preguntas Orientadoras 2 (lunes 27 de octubre). Libertad de expresión en redes sociales, jurisprudencia de constitucionalidad en Colombia (exceptio veritatis) y penalización delitos de injuria y calumnia y jurisprudencia Corte Interamericana caso Kimel vs. Argentina (2008) y caso Memoli vs. Argentina (agosto de 2014)

1. Teniendo en cuenta las sentencias sobre libertad de expresión en redes sociales e internet cuáles serían los límites a la libertad de expresión y cuáles serían los derechos


2. Relate la ratio decidendi en el caso Kimel vs. Argentina de 2008. Cuente los hechos brevemente y la condena al estado argentino con el deber de cambiar el código civil. 

3. Relate los hechos y la ratio decidendi en el caso Memoli vs. Argentina de 2014. Qué opinión tiene de esta Sentencia. 

4. Qué estableció la Sentencia C - 417 de 2009 sobre la exceptio veritatis. Cuál fue la ratio decidendi de la decisión. 

5. Qué consideraciones tiene sobre la Sentencia C -442 de 2011 para declarar inconstitucional la pena de prisión en los delitos de injuria y calumnia en Colombia. 


6 Teniendo en cuenta la condena por las expresiones en internet dadas por un empleado del Club Colombia de Cali considera que se puede litigar dicho caso en sede Interamericana por desproporcionadas. Ver ¿Censura o fallo ejemplar? (Revista Semana aquí) 

Lecturas Sugeridas: 


-UPRIMNY, Rodrigo, FUENTES, Adriana, BOTERO, Catalina, JARAMILLO, Juan Fernando, "Libertad de prensa y derechos fundamentales. Libertad de información en la jurisprudencia colombiana", Bogotá, Konrad Adenauer, 2005, pp. 3 - 35

- Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión aprobada durante el 108 periodo ordinario de sesiones de la CIDH realizado en octubre de 2000. 

Jurisprudencia: 

- C- 417 de 2009 (Exceptio Veritatis en injuria y Calumia. M.P. Juan Carlos Henao aquí. 

- C - 442 de 2011. aquí No declara inconstitucional penalización con carcél injuria y calumnia. 


Para exposición

- T- 391 - 2007

- C- 417 de 2009 

- C- 575 de 2009 

- SU- 056  de 1995

- T- 1319 de 2001 

- T - 104 de 1996

- T- 714 de 2010


Sentencias relacionadas con Internet y redes sociales: 

- T - 713 de 2010 (M.P. Maria Victoria Calle) aquíSentencia Sanción de colegio la Presentación 

-T 260 de 2012 (M.P. Humberto Sierra Porto) aquí. Padre abre cuenta de hijo en Facebook.

- T-040 de 2013 (M.P. Jorge Ignacio Pretelt) aquí. Derecho al olvido de persona información en El Tiempo digital  de archivo.  


- Caso de condena por injuria y calumnia por comentario en Internet que dio lugar a condena Corte Suprema de Justicia 18 meses de prisión y 9 millones de pesos de condena. Artículo de opinión Revista Semana ¿Censura o fallo ejemplar? aquí.  (Julio 26 de 2014).

Jurisprudencia Corte Interamericana: 


  • DOC]

  • Caso Kimel - Corte Interamericana de Derechos Humanos


  • www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_177_esp.doc

    2/5/2008 - Caso Kimel vs. ... En el caso Kimel .... Las observaciones de Argentinarelativas al contenido del amicus curiae serán tomadas en cuenta por el ...

    Aqui  Sentencia de mayo de 2008 

    Un resumen del caso Kimel vs. Argentina de mayo de 2008 aquí. 
  • Por el libro que publicó Eduardo Kimel titulado "La Masacre de San Patricio" referido al asesinato de cinco sacerdotes de la orden palotina el 4 de julio de 1976 en donde Kimel analizó las actuaciones judiciales criticándolas en donde dice expresamente "La actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente, cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos el juez cumplió con la mayoría de requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto" (párrafo 42 de caso Kimel). En este caso eliminó la pena de prisión para los delitos de injuria y calumnia y elimino el delito cuando la información o la opinión que se diera en ejercicio de la la libertad de expresión fuera 1) de interés público o 2) que no fueran asertivas (art. 110 del Código Penal). 
  •  -Caso Memoli vs. Argentina  25 de agosto de 2014 aquí. Condena penal por las denuncias públicas a la venta de nichos en el cementerio por la Comisión Directiva de la Sociedad italiana en San Andrés de Giles. Frases en el programa de radio y en prensa que establecía supuesta corrupción por el delito de estafa de Antonio Guarracino, Humberto Romanello y Juan Bernardo Piriz en la venta de nichos de cementeria. Condena 1 año de prisión delito de injuria. Quieren que se les indemnice y eliminen condena civil por la reforma del Código Penal que se dio en caso Kimel, Kimel vs. Argentina y antecedentes penales por ejemplo para presentarse al cargo de juez de Pablo Memoli (Violación del artículo 23. c) "Derecho a tener acceso a los cargos públicos". Ver especialmente el capítulo VIII de la Sentencia. Derecho a la libertad de expresión del artículo 13 de la Convención y el artículo 11 sobre el derecho a la honra y reputación. Diferencia entre informaciones que sean de "interés público" y las individuales. Analizar si las condenas producidas en el derecho interno fueron razonables y proporcionales (ponderación razonable y suficiente entre los dos derechos libertad de expresión y derecho a la honra y reputación) ya que la Corte Interamericana no es cuarta instancia (F.J. 140). No se condena por violación libertad de expresión si por violación de plazo razonable en el proceso de condena civil. También se hizo aclaración sobre condena daño material (más allá del principio de equidad) e inmaterial. 
  • - Convención Interamericana de Derechos Humanos aquí. 
  • Para exposición. 

    Otros recursos en el blog: 

    Las expresiones de odio y la libertad de expresión (Iureamicorum) aquí. 

    Ver demás Recursos en E- Learning aquí.

    Lecturas: 

    Juan Carlos Upegui, "Libertad de expresión, redes sociales y derecho penal" en. Revista de Derecho del Estado, No 25, 2010 aquí.