lunes, 9 de marzo de 2009

Antígona de Sófocles y la idea de justicia: ley del hombre vs. ley divina


Tema Derecho de los muertos en la tragedia de Antígona, Nomoi vs. Phesismata.

Objetivo de la exposición:

A través de la tragedia, del mito y la poesía se han establecido los criterios de justicia de los antiguos griegos. Un ejemplo de estas reflexiones se da en la ¨Antígona¨ de Sófocles (442 A.C.) en donde a través de la tragedia se relata la contraposición entre una ley creada por el hombre (Phésismata) la de Creonte en que se prohibe enterrar a los traidores dentro de los límites de la ciudad, y una ley de los dioses que esta por encima de ésta (Nómoi), que es tomada por Antígona para enterrar a su hermano Polinices. Creonte al final recibe las consecuencias de no respetar la leyes de los dioses e imponer las propias.

El debate es el siguiente:

Creonte le dice al Coro que:

"... a Polinices, que volvió de su destierro resuelto a arrastrar y consumir por el fuego la ciudad de sus padres y los dioses de su patria y a saciarse de sangre fratricida y llevarse a los vivos en cautiverio, a éste digo, queda pregonado en toda la ciudad que nadie le haga exequias, nadie le haga duelo, sino que se le deje insepulto, pasto a la voracidad de las aves y de los perros, espanto para quien lo vea. Tal es mi determinación; que en cuanto a mí esté, jamás los malvados recibirán más honra que los justos. Sólo quien se muere amante a mi patria será honrado por mí, muerto lo mismo que vivo¨

Antígona al confesar que ella fue la que le dio sepultura a su hermano Polinices dice:

" No era Zeus quien imponía tales órdenes, ni es la Justicia, que tiene su trono con los dioses allá abajo, la que ha dictado tales leyes a los hombres, ni creí que tus bandos habían de tener tanta fuerza que habías tú, mortal, de prevalecer por encima de las leyes no escritas e inquebrantables de los dioses. Que no son de hoy ni son de ayer, sino que viven en todos los tiempos y nadie sabe cuando aparecierón. No iba yo a incurrir en la ira de los dioses violando estas leyes por temor a los caprichos de hombre alguno¨

Preguntas:

Las 4 preguntas para mañana 10 de marzo son las siguientes:

1. ¿Relacione el texto de Antígona de Sófocles con la idea de un derecho suprapositivo y con la idea de que existen unas leyes que estan por encima de las leyes del hombre?

2. ¿Compare la sentencia de la Corte Suprema Federal de 1874, con su posterior fallo por parte del Senado, y la inhumación de un terrorista de la Baader - Meinhof Bande con el caso de Antígona de Sófocles?

3. ¿Según Nussbaum relate la posición ética de Antígona, Creonte y el Coro. Tenga en cuenta las apreciaciones de Hegel para dar su respuesta?

4. ¿Teniendo en cuenta el siguiente artículo sobre el translado de los restos de Borges de Ginebra a Buenos Aires, cómo solucionaría usted el caso siguiendo la Antígona de Sófocles?

¨Crece el debate sobre la muerte de Jorge Luis Borges en Ginebra Suiza¨, Portafolio, 6 de marzo de 2009. *Enfoque la respuesta sobre la discusión del translado de los restos del escritor

Otro link sobre esta noticia: "Borges, de Ginebra a la Recoleta"

Bibliografía:

- Sófocles, Antígona, México, Ed. Porrua, 2007

- Martha C. Nussbaum, La fragilidad del bien: fortuna y ética en la tragedia y la filosofía griega, Madrid, Antonio Machado, 2004, pp. 89 - 129

- RESTREPO PIEDRAHITA, Carlos, ¨Los derechos de los muertos. De la Antígona de Sófocles a la Baader - Meinhof Bande en Stuggart" (Documenta Histórica), en: Revista de Derecho del Estado, No 3, diciembre de 1997, pp. 155 - 203

Links:

- Joaquín García Huidobro ¨Antígona: el descubrimiento del límite¨

- Antígona, Wikipedia

Columna Ernesto Matallana

Otra de las columnas de nuestro colega y amigo Ernesto Mallana en El Tiempo, esta vez sobre la corrupción administrativa

La corrupción administrativa

Se han presentado tres hechos en las últimas semanas que tienen como elemento común el financiamiento de campañas electorales. Por una parte, Ernesto McCausland, columnista de EL TIEMPO, el 16 de febrero denuncia un posible caso de corrupción en la adjudicación de la concesión de explotación del negocio del chance en el departamento del Atlántico. Por otra, EL TIEMPO publica una entrevista con el zar anticorrupción, Óscar Ortiz, donde denuncia un posible orientación de la contratación de la Secretaría de Gobierno para favorecer los intereses del ex concejal Carlos Romero, y, recientemente, se denuncia un posible financiamiento de la empresa DMG al hoy personero de Bogotá, Francisco Rojas Birry.

Lo denunciado en su momento por McCausland no es nuevo. Ya había quedado registrado en la sentencia de la Corte Constitucional SU-713, del 23 de agosto del 2006, sobre la adjudicación de la concesión del chance en el Departamento de Bolívar, que si bien denegó las pretensiones de la demanda de tutela por cuestiones de orden procesal (se debió acudir a otros medios judiciales antes de interponer la tutela), en el relato de los hechos se puede evidenciar un trato preferencial hacia una de las firmas participantes.

El clientelismo es una práctica que lleva muchos años dentro del Estado, y el financiamiento de campañas de dudosa procedencia también es frecuente en nuestra historia. Por tal razón, se debe reflexionar sobre la incidencia del financiamiento regular o irregular de campañas políticas en el sistema electoral colombiano y su impacto en la contratación estatal, máxime si se tienen en cuenta las doce prácticas de corrupción más frecuentes en Colombia, según reciente publicación de la revista 'Cambio' (22 de enero del 2009). Lo más grave del artículo es que de las doce, diez se refieren a la contratación estatal.

McCausland tiene toda la razón cuando señala en su columna que "... más allá del caso particular, lo de Uniapuestas vuelve a poner en evidencia un hecho grave en el accionar de la política colombiana, y es el de la financiación de las campañas políticas"; lo mismo que el zar anticorrupción cuando le preguntan qué es el clientelismo y responde que es poner puestos (o contratos) del Estado al servicio de unas campañas proselitistas.

Una de las explicaciones de la corrupción dentro de la contratación administrativa se encuentra en el financiamiento de campañas políticas, donde hoy el Estado, con recursos públicos, las asume de manera parcial. Respecto de este tipo de financiamiento se ha dicho que permite que "... diversas opciones políticas gocen de igualdad en sus aspiraciones electorales", con lo cual "... se favorece un mayor nivel de igualdad entre las distintas opciones políticas", y de paso aminoraría la influencia de los grupos de interés cuando efectúan financiamientos privados, por lo que finalmente "... el problema de la financiación de partidos y campañas afecta dos principios medulares de la democracia: la transparencia que debe guiar la vida de los partidos y la igualdad de oportunidades que debe garantizarse a todos los ciudadanos" (Velásquez Turbay, Camilo. 'Derecho constitucional'. Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 1998).

Otra parte de la doctrina señala los siguientes argumentos a favor del financiamiento público de los partidos y campañas políticas: 1) genera un elemento de garantía y estabilidad de los partidos políticos; 2) libera a los partidos de servirse de fondos ocultos o ilegales, lo que garantiza su independencia; 3) crea condiciones de igualdad entre los distintos contendientes, y 4) facilita el establecimiento de controles sobre los partidos (Morodo, Raul/ Murillo de la Cueva, Pablo Lucas. 'Ordenamiento Constitucional de los Partidos'. Universidad Nacional Autónoma de México, 2001).

Sin embargo, a pesar de las virtudes que se puedan ver a primera vista, no significa que todo se haya resuelto en relación con el tema de la igualdad de oportunidades, por cuanto, mientras el Estado no establezca controles efectivos de los recursos públicos para que no se desvíen a campañas políticas en épocas electorales o se siga permitiendo la financiación privada, los intereses particulares primarán sobre el interés general, ya que cuando la financiación estatal es parcial al establecerse topes al total de gastos "... no logra evitar las tentaciones de obtener más dinero que el autorizado y de recurrir a caminos ilegales para ocultar esta situación" (Cepeda Ulloa, Fernando. 'Financiación de campañas políticas'. Editorial Ariel, 1997).

Una de las prácticas más frecuentes que permite dar ejemplos negativos sobre la financiación privada de campañas políticas está relacionada justamente con la contratación administrativa. Se trata de la contribución de grandes empresas de constructores que patrocinan a ciertos candidatos a elecciones populares mediante el financiamiento de sus campañas. Esta situación genera un compromiso particular entre el candidato elegido popularmente con la firma de ingeniería o arquitectura, que determina finalmente que el candidato logre que le adjudiquen contratos a esas firmas de construcción, de tal manera que puedan recuperar la inversión efectuada en la campaña política. O, el caso que se plantea en la columna de opinión mencionada respecto de la adjudicación por concesión del negocio del chance; o la denuncia reciente sobre el financiamiento de recursos en época electoral de dudosa procedencia y hoy sometido a investigación del Personero de Bogotá.

Analizando el panorama actual de la actividad política en Colombia, se encuentra que el alto índice de abstencionismo se debe a que los candidatos -salvo casos excepcionales- no trabajan en función de lograr los votos necesarios para acceder a los cargos a los que aspiran a través de un debate serio sobre un programa de gobierno, o de presentar propuestas que le permitan ver al ciudadano la intención de convertirlas en proyectos de ley que resuelven los grandes problemas que aquejan al Estado colombiano, sino de acudir a las grandes maquinarias electorales. Se opta por cautivar, no al ciudadano común y corriente, sino al líder comunitario que se ofrece al mejor postor y quien por una suma de dinero garantiza los votos con los cuales el candidato puede acceder al cargo deseado. Esta última práctica lo único que ha generado es el incremento de los costos de las campañas electorales de cualquier orden, y dejado por fuera la calidad de los programas, pues lo importante aquí es que se accede al cargo de elección popular mientras se disponga de más recursos. El medio que se utilice no importa, con tal de lograr el fin último, que es obtener los votos para alcanzar el cargo.

Lo anterior genera la violación sistemática del principio de igualdad, previsto en la Constitución (artículo 13), por cuanto todo aquel que no se encuentre dentro del círculo político que le permita influenciar la contratación administrativa, o que no tenga relaciones con los grandes grupos económicos, o con las grandes constructoras o adjudicatarias de negocios del Estado, o, finalmente, no tenga los recursos para ofrecer un mejor precio a los líderes comunales, pues no tendrá la oportunidad de obtener los votos que le garanticen el acceso a un cargo de elección popular.

El último informe presentado por la Corporación Transparencia por Colombia, en conjunto con la Universidad Externado de Colombia, en donde se consulta a los empresarios colombianos sobre los negocios públicos, indica que "hay una alta percepción de que el soborno es una práctica corriente en el sector, que el pago de 'comisiones' es algo normal y que hacer contribuciones a políticos y dar regalos produce a la larga buenos frutos".

De acuerdo con el informe, el 84 por ciento de los empresarios no participan en los negocios públicos, lo cual afecta la calidad de los bienes y servicios que los particulares le pueden proveer al Estado, por cuanto no están llegando aquellos con más experiencia, más capacidad financiera y mejores índices de cumplimiento. En consecuencia, el que termina perdiendo es el mismo Estado, por el riesgo de no contratar la oferta más conveniente (artículo 5o. de la Ley 1150 del 2007).

Se requiere iniciar un estudio en profundidad sobre la corrupción en Colombia y, en especial, en la contratación administrativa, ya que muchos de los recursos públicos están yendo a parar a manos de los corruptos, lo que atenta contra la distribución equitativa de dichos recursos para el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos, sobre todo de aquellos que requieren bienes suministrados por el Estado social de derecho (educación, salud, recreación, etc.).

Ernesto Matallana Camacho

domingo, 8 de marzo de 2009

Relatoría segunda reunión de Wittgenstein

Aquí la Relatoría de la segunda reunión de Wittgenstein de Julian Gil del blog ¨Derecho y Economía¨.



El pasado viernes 6 de marzo se llevó a cabo en las instalaciones de la Universidad Externado de Colombia la segunda reunión del seminario de lectura "Wittgenstein y la teoría del derecho", el cual tenía por objetivo exponer el prólogo, la introducción y el primer capítulo del libro “Wittgenstein y la teoría del derecho. Una senda para el convencionalismo jurídico”, cuyo autor es Maribel Narváez Mora.

El profesor Gonzalo Ramírez Cleves inició la reunión haciendo mención a algunos aspectos históricos de Ludwig Josef Johann Wittgenstein, en adelante Wittgenstein, su biografía, sus principales obras, así como algunas ideas importantes en relación con su pensamiento filosófico.

Luego de esta breve introducción se hizo mención al prólogo del libro, el cual fue elaborado por José Juan Moreso (Profesor de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona), sobre el cual se expusieron las principales ideas y conceptos, tales como: la división de la filosofía analítica en problemas conceptuales y empíricos, la definición y diferenciación entre los enunciados analíticos y sintéticos, la conceptualización de analogía terapéutica y analogía de la gramática, la posición de Juan Moreso en relación con la perspectiva que tiene Maribel Narváez con respecto al segundo Wittgenstein, a las reglas de reconocimiento y a las fuentes del derecho que trae H.L.A. Hart, una crítica sobre la aplicación de la filosofía de Wittgenstein por parte de algunos juristas como Ronald Dworkin y H.L.A. Hart y finalmente, la posición de Maribel Narváez en relación con los problemas empíricos y la duda que plantea en relación con la diferenciación entre los enunciados analíticos y sintéticos.

Luego de la intervención del profesor Ramírez Cleves, Héctor David Rojas (Filósofo de la Universidad Libre y estudiante de derecho de la Universidad Externado de Colombia) expuso el primer capítulo del libro, para lo cual inició dando respuesta a la diferencia entre los juicios sintéticos y analíticos, para lo cual hizo referencia a la definición Kantiana sobre los juicios y valiéndose de algunos ejemplos, explicó dicha diferencia, estableciendo que en primera medida los juicios sintéticos son a posteriori y los analíticos son a priori. Sin embargo, explicó que existen juicios sintéticos que son a priori en la medida que se pueden extraer juicios de espacio y de tiempo que amplían el conocimiento sin necesidad de recurrir a la experiencia.

Luego de esta explicación, Héctor David presentó las principales ideas del primer capítulo denominado “Investigaciones filosóficas. Una concepción comprensiva del lenguaje”, partiendo de la definición de la lógica clásica y simbólica de acuerdo con Immanuel Kant y Friedrich Ludwig Gottlob Frege (en adelante Frege)

Héctor David explicó que Frege establece una lógica simbólica que se sustenta en variables y constantes y en esta medida, se plantea la relación de los planteamientos de Frege con la filosofía de Wittgenstein.

A través de las tablas de verdad, que tienen como objetivo buscar las probabilidades para que un argumento tenga certeza, se definieron y explicaron las funciones contingentes, tautológicas y contradictorias, mencionando que las primeras son las que necesariamente implican ir a la experiencia para ser verificadas, en las segundas no es necesario el paso experimental, para lo cual sólo es necesario tomar la forma lógica para revelar su certeza, y las terceras son las que en ultimas resultan siendo falsas.

Luego de la explicación de las tablas de verdad, se planteó el concepto de Isomorfismo, como una lógica común entre el mundo y el lenguaje, en el cual el mundo está compuesto por un estado de cosas, para lo cual se hizo referencia al planteamiento de Wittgenstein, tomando el ejemplo de la descomposición de un objeto “una mesa”, hasta el punto de llegar a un elemento que se nombra y que guarda una relación con el lenguaje.

A continuación se hizo referencia a los conceptos de signo, significado y connotación, en el que el primero obedece a una variable, el segundo a una descripción y el tercero a un significado personal e individual subjetivo, que se opone a la denotación o significado objetivo.

Así mismo, se planteó el concepto de Solipsismo que viene del latin “solus ipse” y que traduce “solamente yo existo” como el encerramiento en el mundo, y se definió como la creencia metafísica de que lo único que existe es nuestra propia mente, y la realidad aparente que nos rodea es incognoscible y es el fruto de los estados mentales del propio yo. Se hizo referencia a la frase de Wittgenstein que establece que “los límites de mi lenguaje son los límites de mi mundo”.

Conclusiones

- Los elementos esenciales de la filosofía de Wittgenstein se resumen en el primer capítulo del libro, en el cual se dan unas aproximaciones a Frege a través de la lógica simbólica y algunos elementos que podrían diferenciar a Wittgenstein con Bertrand Russell.

- Frente al interrogante si la filosofía del lenguaje de Wittgenstein se puede plantear como una teoría del lenguaje o una concepción filosófica, los profesores Gonzalo Ramírez Cleves y Juan Carlos Upegui concluyen que la solución es que se comparten ambas teorías, como reflexión del lenguaje y como una forma de representar las cosas. Se aclara que en el segundo Wittgenstein se establece la reflexión del lenguaje, pero a través de la utilización sobre los ejercicios de los usos del mismo.

- En relación con el punto anterior, José Juan Moreso y Maribel Narváez parten de la teoría del lenguaje para hacer filosofía del lenguaje. En el último Wittgenstein, las investigaciones filosóficas se toman como una teoría del lenguaje que cambia la filosofía analítica inicial a partir de los conceptos, como una filosofía más comprensiva que guarda una relación con la realidad que toma el lenguaje con el uso cotidiano.

Finalmente, se acordó que en la próxima reunión se trataría el segundo capítulo del libro, denominado “Investigaciones filosóficas. Una comprensión comprensiva del lenguaje” que tendrá lugar el día jueves 19 de marzo a las 4 de la tarde.

sábado, 7 de marzo de 2009

Ward Churchill vs. University of Colorado




Como informa Lawrence Solum en su blog, Ward Churchill, nativo americano, demandó a la Universidad de Colorado (U.C) por su expulsión como profesor y su caso será llevado a juicio por violación de la Primera Enmienda. Se trata de un caso bastante conocido en la Academica estadounidense, porque en el 2001 con posterioridad a los ataques del 11 de septiembre dicho profesor escribió un ensayo titulado ¨Some People Push Back: On the Justice of Roosting Chickens¨ en donde afirma que los ataques fueron provocados por la política internacional llevada a cabo por Estados Unidos y descalificó a las víctimas catalogándolas como parte del engranaje o del mecanismo del capitalismo que formaban un cuerpo de tecnocrátas en el corazón mismo del Imperio financiero global .

Así mismo califico en su ensayo a la víctimas del 11-s como ¨Little Eichmanns¨, una frase que acuyo siguiendo al anarco primitivista John Zerzan, que se refiere a aquellos que colaboran para producir un sistema destructivo e inmoral como la colaboración de Adolf Eichmann en el Holocausto judio.

A raiz de este escrito Churchill, empezó a tener problemas y fue expulsado de la Universidad en junio de 2006. El presidente de la Universidad de Colorado Hank Brow alega que la expulsión se justifica por que se comprobó falsificación y plagio en los trabajos acádemicos de Churchill, pero se sospecha que la expulsión tuvo como motivo el artículo publicado por el profesor de ética, en especial con referencia a las víctimas. Churchill demando a la U.C. para que se le respetará su derecho a la libertad de expresión de la Enmienda Primera de la Constitució americana.

Ward Churchill en su ensayo escribió lo siguiente:

here is simply no argument to be made that the Pentagon personnel killed on September 11 fill that bill. The building and those inside comprised military targets, pure and simple. As to those in the World Trade Center . . .

Well, really. Let's get a grip here, shall we? True enough, they were civilians of a sort. But innocent? Gimme a break. They formed a technocratic corps at the very heart of America's global financial empire – the "mighty engine of profit" to which the military dimension of U.S. policy has always been enslaved – and they did so both willingly and knowingly. Recourse to "ignorance" – a derivative, after all, of the word "ignore" – counts as less than an excuse among this relatively well-educated elite. To the extent that any of them were unaware of the costs and consequences to others of what they were involved in – and in many cases excelling at – it was because of their absolute refusal to see. More likely, it was because they were too busy braying, incessantly and self-importantly, into their cell phones, arranging power lunches and stock transactions, each of which translated, conveniently out of sight, mind and smelling distance, into the starved and rotting flesh of infants. If there was a better, more effective, or in fact any other way of visiting some penalty befitting their participation upon the little Eichmanns inhabiting the sterile sanctuary of the twin towers, I'd really be interested in hearing about it.


El blog http://www.theracetothebottom.org reportará el juicio

Ver aqui esta información





viernes, 6 de marzo de 2009

Wittgenstein y la teoría del derecho (Segunda reunión)


Hoy realizaremos nuestro segundo día del Seminario de lectura ¨Wittgenstein y la teoría del derecho¨ en donde comentáremos el primer capítulo del libro de Maribel Narváez que trata los siguientes temas:

I. ¨El Tractatus logico - Philosophicus. Una concepción explicativa del del lenguaje¨:

1. La Filosofía del segundo Wittgenstein versus la filosofía en el segundo Wittgenstein

2. Tractatus logico - Philosophicus
2.1 La teoría pictórica del significado
2.2 Teoría veritativo - funcional de la proposición
2.3 Solipismo en el Tractatus.

3. El Tractatus ¿Una Teoría del lenguaje o una concepción filosófica?

El expositor será Hector David Rojas y el relator Julian Gil. La reunión de hoy en el F - 401 a partir de las 10:00 a.m. en la Universidad Externado de Colombia.

Por otra parte, encontré visitando la SSRN una serie de Pdfs. interesentantes de la relación de Wittgenstein con el derecho. Son en total 24 links. Por ahora los dejo con toda la lista para después tratar de comentar algunos trabajos en particular.

Links de Wittgenstein and the law en la SSRN:

1 Incl. Electronic Paper Wittgenstein on Understanding and Interpretation (Comments on the Work of Thomas Morawetz)
Philosophical Investigations, Vol. 29, No. 2, April 2006
Dennis Patterson
Rutgers University School of Law, Camden
Date Posted: January 25, 2006
Last Revised: May 26, 2006
Accepted Paper Series
299 downloads

2 Incl. Electronic Paper Dworkin's Fallacy, Or What the Philosophy of Language Can't Teach Us About the Law
George Mason Law & Economics Research Paper No. 04-04
Michael Steven Green
College of William and Mary - Marshall-Wythe School of Law
Date Posted: October 6, 2004
Last Revised: September 16, 2008
Accepted Paper Series
440 downloads

3 Incl. Electronic Paper Normativity and Objectivity in Law
William & Mary Law Review, Vol. 43, p. 325, 2001
Dennis Patterson
Rutgers University School of Law, Camden
Date Posted: February 10, 2006
Last Revised: February 10, 2006
Accepted Paper Series
175 downloads

4 Incl. Electronic Paper Law's Pragmatism: Law as Practice & Narrative
Virginia Law Review, Vol. 76, 1990
Dennis Patterson
Rutgers University School of Law, Camden
Date Posted: December 7, 2006
Last Revised: December 21, 2006
Accepted Paper Series
133 downloads

5 Incl. Fee Electronic Paper Wittgenstein on Rules: The Phantom Menace
Oxford Journal of Legal Studies, Vol. 22, No. 4, pp. 619-640, 2002
Scott Hershovitz
Yale University - Law School
Date Posted: February 29, 2008
Last Revised: February 29, 2008
Accepted Paper Series
5 downloads

6 Incl. Electronic Paper Grounds of Law and Legal Theory: A Response
Legal Theory, Vol. 13, pp. 315-344, 2008, Oxford Legal Studies Research Paper No. 6/2008
John Finnis
University of Oxford - Faculty of Law
Date Posted: February 19, 2008
Last Revised: March 28, 2008
Accepted Paper Series
439 downloads

7 Incl. Electronic Paper In the Beginning Was the Word: Paradigms of Language and Normativity in Law, Philosophy, and Theology
Mountbatten Journal of Legal Studies, Vol. 5, 2001
Jonathan Yovel
Columbia University - Law School
Date Posted: December 14, 2006
Last Revised: May 7, 2007
Accepted Paper Series
167 downloads

8 Incl. Electronic Paper Rule-Skepticism, 'Strategery,' and the Limits of International Law
Duke Law School Legal Studies Paper No. 100, Virginia Journal of International Law, Vol. 46, 2006
David C. Gray
University of Maryland - School of Law
Date Posted: February 16, 2006
Last Revised: September 11, 2006
Accepted Paper Series
158 downloads

9 Incl. Electronic Paper Or. Even, What the Law Can Teach the Philosophy of Language: A Response to Green's Dworkin's Fallacy
Virginia Law Review, Vol. 91, p. 175, 2005
Andrew Halpin
Swansea University School of Law
Date Posted: April 8, 2005
Last Revised: April 21, 2005
Accepted Paper Series
151 downloads

10 Incl. Electronic Paper Dworkin's Fallacy, Or What the Philosophy of Language Can't Teach Us About the Law
Virginia Law Review, Vol. 89, pp. 1897-1952, 2003
Michael Steven Green
College of William and Mary - Marshall-Wythe School of Law
Date Posted: January 30, 2004
Last Revised: September 16, 2008
Accepted Paper Series
129 downloads

11 Incl. Electronic Paper Understanding the Unjust Enrichment Principle in Private Law: A Study of the Concept and its Reasons
UNDERSTANDING UNJUST ENRICHMENT, Oxford, Hart Publishing, J. Neyers, M. McInnes, S. Pitel, eds., pp 79-110, 2004, University of Queensland TC Beirne School of Law Research Paper No. 08-09
Kit Barker
TC Beirne School of Law
Date Posted: September 4, 2008
Last Revised: September 26, 2008
Accepted Paper Series
56 downloads

12 Incl. Electronic Paper Law's Practice
Columbia Law Review, Vol. 90, 1990
Dennis Patterson
Rutgers University School of Law, Camden
Date Posted: December 7, 2006
Last Revised: August 29, 2008
Accepted Paper Series
50 downloads

13 Incl. Electronic Paper Glenn's LEGAL TRADITIONS OF THE WORLD: Some Broader Philosophical Issues
Journal of Comparative Law, Vol. 1, pp. 116-22, 2006
Andrew Halpin
Swansea University School of Law
Date Posted: April 20, 2005
Last Revised: February 10, 2006
Accepted Paper Series
216 downloads

14 Incl. Electronic Paper The Dream of Interpretation
Boston College Law School Research Paper No. 2003-01, University of Miami Law Review, Vol. 57, pp. 685-726, 2003
Anthony Paul Farley
Boston College Law School
Date Posted: August 8, 2005
Last Revised: February 5, 2006
Accepted Paper Series
181 downloads

15 Incl. Electronic Paper Scalia's Poker: Puzzles and Mysteries in Constitutional Interpretation
Constitutional Commentary, Vol. 24, No. 3, 2007
Timothy P. O'Neill
John Marshall Law School
Date Posted: August 3, 2007
Last Revised: February 10, 2009
Accepted Paper Series
251 downloads

16 Incl. Electronic Paper Reply to Brian Leiter
Southern Methodist University Law Review, Vol. 50, No. 5, 1997
Dennis Patterson
Rutgers University School of Law, Camden
Date Posted: July 12, 2007
Last Revised: July 12, 2007
Accepted Paper Series
75 downloads

17 Incl. Electronic Paper Conceptualizing Privacy
California Law Review, Vol. 90, p. 1087, 2002
Daniel J. Solove
George Washington University Law School
Date Posted: January 7, 2005
Last Revised: May 6, 2008
Accepted Paper Series
734 downloads

18 Incl. Electronic Paper A Theory of Claim Interpretation
Harvard Journal of Law & Technology, Vol. 14, 2001
Craig Allen Nard
Case Western Reserve University - School of Law
Date Posted: April 9, 2001
Last Revised: February 9, 2006
Accepted Paper Series
288 downloads

19 Incl. Electronic Paper Analogical Reasoning as Translation: The Pragmatics of Transitivity
International Journal for the Semiotics of Law, Vol. 13, pp. 1-27, 2000
Jonathan Yovel
Columbia University - Law School
Date Posted: December 11, 2006
Last Revised: December 11, 2006
Accepted Paper Series
152 downloads

20 Incl. Electronic Paper The Poverty of Interpretive Univeralism: Toward the Reconstruction of Legal Theory
Texas Law Review, Vol. 72, 1993
Dennis Patterson
Rutgers University School of Law, Camden
Date Posted: December 7, 2006
Last Revised: August 29, 2008
Accepted Paper Series
45 downloads

21 Incl. Electronic Paper Recognizing Odysseus' Scar: Reconceptualizing Pain and its Empathic Role in Civil Adjudication
Florida State University Law Review, Vol. 34, No. 1, 2006
Jody Lynee Madeira
Indiana University Maurer School of Law-Bloomington
Date Posted: July 18, 2007
Last Revised: July 18, 2007
Accepted Paper Series
35 downloads

22 Incl. Electronic Paper 'Plucking the Mask of Mystery from its Face': Jurisprudence and H.L.A. Hart
Georgetown Public Law Research Paper No. 978307, Georgetown Law Journal, Vol. 95, p. 733, 2007
John Mikhail
Georgetown University - Law Center
Date Posted: April 5, 2007
Last Revised: June 5, 2007
Accepted Paper Series
326 downloads

23 Incl. Electronic Paper Models and Games: The Difference Between Explanation and Understanding for Lawyers and Ethicists
Suffolk University Law School Research Paper No. 08-04
Jeffrey M. Lipshaw
Suffolk University Law School
Date Posted: November 29, 2007
Last Revised: March 11, 2008
Working Paper Series
176 downloads

24 Incl. Electronic Paper Models and Games: The Difference Between Explanation and Understanding for Lawyers and Ethicists
Suffolk University Law School Research Paper No. 08-04, Cleveland State Law Review, Vol. 56, 2008
Jeffrey M. Lipshaw
Suffolk University Law School
Date Posted: March 12, 2008
Last Revised: March 12, 2008
Accepted Paper Series
55 downloads

jueves, 5 de marzo de 2009

Otros textos sobre la creación del derecho

En la clase del lunes y en la exposición de hoy hemos discutido el problema de la creación del derecho. Las respuestas son diversas y se relacionan con la definición que cada uno tenga de la palabra ¨derecho¨, volvemos al problema de la vaguedad y de la ambigüedad planteado por Nino y Kantorowikcz.

En la clase del lunes discutimos que Foucault maneja una perspectiva de creación del derecho, al menos en las lecturas sobre la ¨Verdad y las formas jurídicas¨, de carácter histórico, sociológico, económico etc. cuando nos explica que la prisión panóptica y los códigos penales que establecierón la prisión como castigo se originarón por unas necesidades económicas, políticas y sociológicas específicas. En el caso de Kelsen, en cambio, la creación del derecho se resuelve con un problema normativo, y ante la pregunta de cómo se crea el derecho, Kelsen respondería: "a través del mismo derecho". Sin embargo, como observamos en la clase, el problema de su teoría acerca de la creación del derecho, sería definir cómo se crea la primera norma del ordenamiento, la que da validez o existencia a las demás normas, es decir cómo se crea la Constitución. Kelsen establecería una hipótesis de trabajo llamada la Grundnorm o la ¨Norma fundamental¨ pero vendrían las críticas sobre que su propuesta positivista se basaba en una norma supuesta, hipotética y no positiva.

Carnelutti por su parte responde a la pregunta de cómo nace el derecho desde diversas perspectivas, si pensamos en el derecho como un conjunto de normas, el derecho nace del conflicto, la guerra por los recursos escasos, es decir por cuestiones económicas y por la necesidad de vivir en paz. Así se establecen los delitos para proteger la propiedad y la vida de las personas, que forma el derecho penal y las indemnizaciones cuando se da un daño que que se establece en códigos civiles. Del mismo modo se regulan relaciones entre particulares a través del Contrato. El derecho tendrá la finalidad de ordenar la sociedad y lograr la armonía.

Así mismo el derecho para Carnelutti, recordemos que escribio su texto en los años cincuenta, parte y surge del Estado y de la autoridad y necesita indefectiblemente de la fuerza y de la coacción para su cumplimiento. El derecho internacional todavía será un derecho débil o soft porque no contará con un aparato coercitivo para llevarlo a cabo.

Del mismo modo, los ejemplos dados por Canelutti de la posibilidad de disponer de la vida del perro y la de no poder disponer de nuestro cuerpo o nuestra vida, en nuestros dias resultan anacrónicos y desafortunados. No se podría disponer de la vida de un animal como un perro sino se tiene una razón suficiente para matarlo porque esto empieza a vulnerar los derechos de los animales. Por otra parte si se podría disponer del cuerpo e incluso de la vida cuando se esta en condiciones de indignidad, por ejemplo en el caso de situaciones en donde se puede llegar a justificar la eutanasia como el reciente caso de la italiana Eluana Eglaro que permanecia conectada a un respirador artificial desde hacía diesiete años y que fue desconectada por mandato judicial (Información aqui).

Por último en el capitulo titulado ¨Jurisprudencia¨ Carnelutti diferencia la ley del derecho entendido como justicia, estableciendo que el derecho se tiene que adaptar a un ¨ideal de corrección¨ que en su perspectiva parte del ideario cristiano de la solidaridad, el amor al prójimo y al altruismo.

Ahora si la Bibliografía que les prometí:

- Rudolph Von Ihering, "La lucha por el derecho". Hay diferentes ediciones, se opone a la tesis de su maestro Savigny - escuela histórica - de que el derecho se crea o surge espontáneamente a través de la historia, como si fuera una evolución constante de tipo darwinista. Para Ihering el derecho surge a través de la lucha y la confrontación por adquirir derechos, por ejemplo los derechos de las mujeres o de los negros en Estados Unidos o la lucha por la igualdad en Sudáfrica que fueron conseguidos a través de manifestaciones y protestas de reivindicación. Esta tendencia recibe el nombre de jurisprudencia de intereses.



- ¨El problema de la creación del derecho¨ de Philip Heck, se consigue una edición de Comares, Granada, 1999. Philip Heck nos habla de la creación del derecho por el juez en el sistema anglosajón. Comparénla con la sentencia de la despenalización del aborto C - 355 de 2006 o la C - 029 de 2009 sobre derechos de las parejas homosexuales en Colombia, y el ¨sistema abierto de fuentes¨que se daban en las lecturas de Édgar Cortés. Ya no es solo el legislador el que crea el derecho, sino también el juez al aplicar las normas al caso concreto e interpretar normas abiertas.





- "La génesis del derecho¨ de Rudolph Stammler,
editorial Comares de Grana
da, 2006, en donde nos muestra las distintas perspectivas de creación del derecho, la necesidad del orden jurídico, el derecho y el estado, los dictados éticos y la regulación social entre otros temas.






Tomado de:
http://www.introduccionalderechoexternado.blogspot.com/

miércoles, 4 de marzo de 2009

Clase virtual de filosofía del derecho

Curioseando en google me encontré con este video de clase virtual del profesor Homero Tinoco, de la Universidad Técnica particular de Loja en Ecuador. La clase es de Filosofía del derecho y trata nada más y nada menos que los complicados temas: de la ¨Teoría Pura del derecho¨ de Hans Kelsen y de la Teoría del derecho socialista.

El profesor explica este tema a sus estudiantes, a los que pide: ¨concentrarse a fin de seguir concentradamente cada uno de los aspectos que van a ser explicados¨ (minuto 0:47 del video) y afirma que Kelsen era alemán, yerro era austriaco, bueno esta bien sería checo porque nació en Praga. Del mismo modo dice el profesor Tinoco que Kelsen: "como alemán que es, trata de alguna manera de no ser tan claro, tan explicito, tan específico¨(minuto 6:49 del Video). A la hora y dos minutos de clase no se preocupen si escuchan un ruidito, es el celular del profesor Tinoco que recibe una llamada inoportuna justo cuando nos esta diciendo que debemos tomar la posición que ¨mejor nos convenga respecto a la lucha de clases de Marx¨.

La clase del profesor Tinoco, que corresponde al segundo bimestre del curso, es acompañada con una presentación de power point. Debo decir que esta clase virtual, que dura apróximadamente una hora, a pesar de sus gazapos, todos los profes los tenemos, no esta del todo mal. Esta bien, no se trata ni de Dworkin, ni Dunkan Kennedy o Sunstein, ni tampoco es el mismo Kelsen, Radbruch o Hart el que da la clase sino un modesto profesor ecuatoriano ya veterano que se enfrenta a la tecnología y a la virtualidad.

Hablaba ayer también con una exalumna que me encontré en plena Plaza de Bolívar de Bogotá, y me contó que ya había hecho dos cursos virtuales en una Universidad española de educación virtual o de e - learning si prefieren el anglicismo. Me dijo que le había encantado porque tuvo foros virtuales, el acompañamiento de un profesor vía internet, la presentación de trabajos con sus respectivas correcciones en web y el encuentro presencial en Madrid, ya que tienen varias visitas para encontrarse en distintos lugares del mundo. Me dijó que sus compañeros eran de distintas partes, que eran expertos en temas legislativos y que pudo compartir experiencias e intercambiar información relevante. Hay que decir que mi exalumna trabaja en el nunca bien ponderado Congreso de la República de Colombia. Esta conversación me dejó pensando sobre la competencia de este nuevo tipo de enseñanza con la de las Universidades tradicionales en donde yo laboro.

De otra parte me cuentan en la librería de la Universidad que el negocio esta como mal y que no se explican por qué. La interpretación es que puede ser la crisis económica, la fotocopia o quien sabe qué. Yo opino que los estudiantes estan dejando de comprar libros porque estan encontrando mucha información en la web y que la crisis del libro tradicional esta pegando duro como la crisis económica mundial, opinen ustedes... Por ahora los dejó con las conferencias sobre Kelsen del profesor Homero Tinoco, toménse un cafecito y relajénse en sus casas es hora de entrar a clase y conectarse al Internet...