Uno de los principales blawguers de Estados Unidos, Jack Balkin de la Universidad de Yale, ha insertado en su Blog Balkanization una serie de diálogos académicos con otros bloguers y profesores como Ann Althouse del Blog de Althouse, Eric Posner de la Universidad de Chicago, no sé si tenga algo que ver con Richard Posner el de ¨law and economics¨, con Eugene Volokh, del Blog Volokh conspiracy, Rosa Brooks y Robert Wright a través de una nueva comunidad virtual, bueno no tan nueva ésta desde el 2005, llamada bloggingheads. La idea es dialogar sobre un tema de interés, y que los videos del diálogo se puedan ver a través de la página de blogginheads, en donde uno se puede inscribir fácilmente. Sin más voy a colgar dos de los videos recientes grabados por Balkin para que vean de qué se trata...
En este primero Balkin habla con Ann Althouse de la Universidad de Wisconsin sobre Blagojevich, el Gobernador de Illinois que trato de vender el puesto de Senador de Obama y la imposiblidad de hacerle un impeachment inmediato. Este diálogo es del 15 de diciembre de 2008.
Por otro lado tenemos un diálogo con Eric Posner sobre seguridad nacional con el próximo gobierno de Obama, posibles nombrarmientos de la Corte Suprema y la discusión sobre la ilegalidad de la tortura que tanto le gusta disertar a Balkin que fue pegado a finales de noviembre de este año.. Un buen ejemplo de como las tecnologías pueden acercar a los acádemicos a la gente. A ver cuándo implementamos el sistemita en blawgersinternacional amigos de nuestra comunidad hispanoamerican.
A pesar de las advertencias de las autoridades sobre la inconveniencia de realizar la reunión de Blogers en Cuba, esta se hizó el pasado miércoles 17 de diciembre. El encuentro resulto ser un interesante experimento en donde los blogueros se comprometen a realizar eventos conjuntos como el de entregar al mejor Blog cubano el próximo año el premio Una Isla Virtual en donde pueden participar todas las bitácoras que escriban desde la Isla y cuyo premio mayor será un Laptop. También se hicieron varias ponencias que trataron temas como el de la ética de escribir un blog de Eugenio Leal del blog La Colmena - Blog de masones cubanos - en donde se explica que la ética del bloger consiste en el intercambio de información y en no tener miedo a la autocensura pero teniendo unas bases mínimas de convivencia virtual como el de eliminar comentarios ofensivos, escribir lo que usted podría decir cara a cara etc. Eugenio trae algunas fórmulas de justicia como la regla de oro ¨no hagas lo que no quieras que te hagan a ti¨.
Por su parte El Guajiro Azul del blog Retazos leyó la ponencia El Viejo, el Internet y yo en donde se compara la vieja tradición cubana de navegar en el mar, limitada actualmente por los costos y los permisos, con la posibilidad de navegar por Internet. Cuba, escribe El Guajiro en su ponencia, es el único país que tiene un blog Potro Salvaje, que describe las limitaciones a la Internet que se tienen en la Isla en donde se lucha contra los ¨ciberchancleteros¨ o los encargados de hacer hundir la balsa, en donde solo se pueden salvar los navegantes por medio de la creatividad o ¨el inventar¨ que se ha vuelto una manera usual de sobrellevar las cosas en Cuba. Porque en la Isla no se puede responder a los comentarios, no se pueden establecer vínculos a través de la red, entre otras limitaciones propias del régimen. Los blogers en Cuba, según El Guajiro, se sienten como náufragos enviando mensajes en una botella, solitarios y a la espera de que alguien se les ocurra leerlos y rescatarlos.
Por otra parte, Gustavo Pardo del blog La Colmena tituló su ponencia Importancia de los blogs para las instituciones fraternales , en donde se hace un recuentro histórico de la masonería en Cuba y se compara con las comunidades fraternales que se crean a través de la Internet. De otro lado, Miryam Celaya del Blog Sin Evasión, tituló su ponencia Periodismo ciudadano: un canal de la sociedad civil en donde se habla de los diez años que cumple el ciberperiodismo que se caracteriza por la hipertextualidad y la interactividad, en donde la sociedad civil deja de ser pasiva y empieza a participar en la noticia a través de las herramientas virtuales como los blogs. Explica Miryam que en Cuba el periodismo ciudadano es un periodismo excepcional por el control constante de las autoridades respecto a la información que se presenta.
Reinaldo Escobar del blog Desde aquí titula su ponencia Blogopedia, en este escrito Reinaldo comenta que la libertad puede ser lo mejor de los blogs, pero que dicha libertad hay que manejarla con cuidado en la administración de las bitácoras. Así mismo manifiesta que otra de las características es lograr una buena comunicación y entendimiento con los lectores, apunta Reinaldo que: "El acto de blogear oscila entre el periodismo y la literatura y suele desbordarse hacia puntos más distantes como el diario personal, el archivo de textos ajenos, la proclama, la confesión, la epístola, la nota marginal o la profecía. La improvisación, que se deriva de la inmediatez, marca una forma de escribir ágil y a menudo superficial. En los países como Cuba, donde los que escriben y los que leen no se pueden conectar a la red a cualquier hora del día ni todos los días, se pierde esta urgencia y los post tienen una mayor carga de meditación y análisis antes que informativos. Están más cerca del comentario que de la noticicia¨.
Por su parte la ponencia de Dimas Castellanos del Blog de Dimastitulada Periodismo ciudadano y sociedad de la información se explica que nos encontramos actualmente en la sociedad de la información, y que esto implica tener el derecho de informar y ser informado. En este sentido explica Dimas que: "En Cuba, la represión contra los intentos ciudadanos de hacer uso de la libertad de prensa cuenta con una historia que va desde la ejecución del joven tipógrafo Eduardo Faccioso, en plena época colonial, hasta las presiones e impedimentos técnicos actuales para que los ciudadanos no puedan acceder a Internet libremente como productores o consumidores de información. Sin embargo, como esta forma de periodismo se realiza desde el ciberespacio, donde el control es imposible en la sociedad de la información, las disímiles formas de represión se tornan inútiles en ese intento".
No se puede leer, lastimosamente, la ponencia de Yoani Sánchez del Blog Generación Y, titulada Anatomía de una bitácora, que presentó en Power Point. La lectura de estas ponencias es una buena oportunidad de conocer de primera mano lo que piensan los bloguers cubanos sobre este recurso que les da un respiro sustituto de la limitada libertad de información y de prensa que existe en Cuba. Un buen ejemplo también de como con perseverancia se logra hacer grandes cosas a pesar de parecer pequeñas como este primer Encuentro de blogers cubanos. Se hizo la reunión de blogers en Cuba, felicitaciones a los blogers cubanos. Aquí la información del Encuentro del blog de Yoani Sánchez. Aquí las ponencias desde el blog Generación Y.
Últimamente no he escrito mucho en este blog y se debe fundamentalmente a que nos encontramos en el final del año en Colombia, año acádemico quiero también decir, y por esto ya las fuerzas estan medidas y esperamos pronto las vacaciones. Sin embargo, antes de terminar con el 2008, año lleno de acontecimientos en Colombia y en el mundo, me he dedicado a trabajar en mi tesis de Maestría en Historia que realizo actualmente y cuyo tema es ¨La recepción del pensamiento jurídico de Bentham en Colombia (1821 - 1843)". Bentham en Colombia ha sido un tema trajinado por la historiografía desde un libro de Julio Höenisberg titulado: ¨Santander, el Clero y Bentham¨ (Bogotá, editorial ABC, 1940) y un artículo todavía no he encontrado del venezolano Armando Rojas titulado ¨La batalla de Bentham en Colombia¨(Revista de Historia de América, No 29, pp. 37 - 66, México, 1950), si algún mexicano me ayuda a encontrarlo se lo agradezco, hasta trabajos recientes como el elaborado por Aura Helena Peñas sobre la influencia del pensamiento de Bentham en la redacción del Código penal colombiano de 1837 titulado "Génesis del Sistema Penal Colombiano: Utilitarismo y tradicionalismo en el código penal neogranadino de 1837¨ (Bogotá, Doctrina y ley, 2006) y un trabajo de Maestría en ciencia Politica que tampoco he encontrado de Diana Paola Herrera Arroyave de la Universidad de Antioquia titulado ¨Sobre la querella benthamista en la configuración del Estado colombiano¨ (Este link solo es la introducción). También son importantes para este estudio los escritos de Jaime Jaramillo Uribe ¨Bentham y los utilitaristas colombianos del siglo XIX¨ publicado en la Revista de la Universidad Nacional Ideas y Valores, Tomo IV, Número 13, enero - junio de 1962, pp. 12 - 28 y los capítulos referentes al autor inglés que se encuentran en su texto ¨El pensamiento colombiano en el siglo XIX¨reeditado por el CESO de la Universidad de los Andes en el 2001. No se pueden dejar de mencionar las obras de Ricardo Motta Vargas ¨Jeremías Bentham en el origen del conservatismo y liberalismo¨ (Bogotá, ECOE, 1996) y el de Miriam Williford "Bentham on spanish america" (Lousiana State University Press, 1980), que pueden encontrar en la biblioteca de la Universidad de los Andes.
Uno de los principales textos sobre la influencia del pensamiento jurídico de Bentham en Colombia es la tesis de doctorado de la monja norteamericana Sister Theodora McKennan titulada ¨Santander and the vogue of benthamism in Colombia and Nueva Granada¨- Loyola University, 1970 - en donde se relaciona las principales polémicas que se presentarón con la obligatoriedad del estudio de los Tratados de Legislación Civil y Penal en Colombia con la expedición por parte de Santander del Decreto de 25 de noviembre de 1825. Esta tesis se encuentra en la Universidad Eafit de Medellín y la pude conseguir gracias a que muy gentilmente me la fotocopió y envió mi amigo Andrés Botero de la Universidad de Medellín, valga el crédito y el agradecimiento en este post. De Theodora McKennan se puede encontrar en Internet un resumen de su tesis en la Bentham´s Newsletter de la University College of London, titulado ¨Benthamis´s in Santander´s Colombia¨ (No 5, 20 de mayo de 1981), y la traducción de Gloria Rincón Cubides ¨Bentham y los hombres de la Independencia" . El primer texto se demora en abrir ya que es un Pdf bastante pesado en donde se tienen otros articulos como el de Alamira de Ávila sobre la influencia de Bentham en la enseñanza del derecho penal en Chile, la influencia de Bentham en la educación jurídica en Salamanca de Antonio Peréz Luño y la dimensión histórica de la teoría del derecho de Bentham por Eldon J. Eisenbach que también pueden servir para tener una perspectiva general sobre este tema. De la misma manera se puede consultar sobre la influencia del pensamiento de Bentham en Latinoamérica el escrito de Carlos Stoetzer ¨El influjo del utilitarismo inglés en la América Española¨(Revista de Estudios Politicos, Mundo Hispánico, No 44, 1965). No se puede dejar de consultar sobre este tema los textos en inglés y en español de Victor Manuel Uribe - Urán ¨Honorable Lives: lawyers, family, and politics in Colombia 1780 - 1850" , "Rebellion on the young mandarins: lawyers, political parties and the State in Colombia, 1780 - 1850, vol. 1 y 2" y su traducción ¨Abogados, partidos políticos y estado en Nueva Granada: 1790 - 1850". En dichos textos relaciona Uribe - Urán el tema de la educación jurídica con la introducción y la obligatoriedad del estudio de los Tratados de Bentham en las Universidades y Colegios. Otra obra recomendada y que sigue con el tema de la formación jurídica de los abogados a comienzos del siglo XIX es el texto de Julio Gaitán Bohorquéz ¨Huestes de Estado: la formación universitaria de los juristas en los comienzos del Estado colombiano¨, Bogotá, Universidad del Rosario, 2002, en donde se exponen la reforma de los planes de estudio de las universidades y colegios y su correspondencia con las reformas que se dierón en Francia y en España. Recomendamos también las obras generales de Historia de Colombia, sobre todo las que se concentran en analizar el régimen y los gobiernos de Francisco de Paula Santander. En este tema no se puede dejar de leer la obra de David Bushnell ¨El régimen de Santander en la Gran Colombia¨, Bogotá, Ancora, 1954 y del mismo autor: ¨Colombia, una nación a pesar de sí misma¨. Por otra parte la magnifica obra de Pilar Moreno de Ángel ¨Santander¨, Bogotá, Planeta, 1989, En estos tres últimos textos es indispensable recurrir a los índices onomásticos para ahorrar tiempo en la búsqueda de las referencias a Bentham. Con la venida de Philip Schofield director del Proyecto Bentham de la University College of London en el 2001, la Universidad del Rosario publico un interesante texto titulado: ¨Jeremías Bentham: el joven y el viejo radical, su presencia en el Rosario" compilado por Mauricio Plazas Vega, Bogotá, Universidad del Rosario, 2002. que resulta importante para estudiar el tema de los estudios y la influencia de Bentham en las Universidades y Colegios durante los primeros años de la República. Tampoco podemos dejar de citar la obra de Germán Márquinez Argote: ¨Benthamismo y antibenthamismo en Colombia¨, Bogotá, El Buho, 1983, reimpresa en el 2004, en donde sintéticamente Márquinez Argote relata la contienda benthamita que se presentó con la introducción de los Tratados de legislación Civil y Penal de 1825 a 1828, de 1835 a 1840 y en los años 70´s del siglo XIX con la discusión sobre los textos en la creación de la Universidad Nacional. Sobre artículos de Revista se tienen que citar los textos de Alfredo Gómez Müller titulado: ¨Benthamismo y democracia en la sociedad colombiana del siglo XIX¨ publicado en Gaceta Colcultura, Bogotá, No 36, octubre de 1996, pp. 11 - 28 y el texto de Antonio José Galvis Noyes ¨Las doctrinas de Bentham en la Nueva Granada (1835 - 1840)" publicado en Universitas Humanística, Bogotá, No 2, diciembre de 1971, pp. 281 - 298. Gustavo Adolfo Otero publico un interesante artículo que puede ser pedido por Internet, titulado ¨Bolívar y Bentham¨en: Historia, Revista de Cultura, Lima, 1944, pp. 73 - 95. También hay un artículo interesante de Meri L. Clark titulado ¨Conflictos entre el Estado y las elites locales sobre la educación colombiana durante las décadas de 1820 y 1830¨publicado en la Revista Historia Crítica de la Universidad de los Andes, No 34, julio - diciembre de 2007, pp. 32 - 61, que aunque no estudia específicamente la obra de Bentham si explica sobre las reformas educativas que se presentarón en la época de las querellas, especialmente la reacción que se tuvo en Zipáquiera y Nemocón, Mompox sobre la adopción de la enseñanza mutua de Lancanster, la privatización de los resguardos indígenas para destinar el dinero a la educación, así como el conflicto que se derivaba sobre la administración de los dineros públicos destinados a la enseñanza pública. Siguiendo esta misma línea recomendamos el texto ¨Reformas santanderistas en el Colegio del Rosario¨de Luis Eduardo Fajardo, Juanita Villaveces y Carlos Cañón, Bogotá, Universidad del Rosario, 2003 en donde se exponen los efectos económicos, administrativos y acádemicos que afrontó el Colegio Mayor del Rosario con las reformas educativas que se establecieron a partir de la aprobación de la Ley sobre instrucción pública de 1826. Sobre los cambios en el aparato de justicia de la Colonia a la República recomendamos el texto de nuestro amigo Francisco Barbosa Delgado titulado:¨Justicia, rupturas y continuidades, el aparato judicial en el proceso de configuración del Estado - Nación en Colombia 1821 - 1853", Bogotá, Universidad Javeriana, 2007, en donde se exponen los principales cambios que se dieron en materia de administración de Justicia, a partir de la Independencia y sobretodo en la consolidación de un nuevo Estado - Nación. Sobre los difusores y receptores de Bentham en Colombia hay que tener en cuenta a Santander, Vicente Azuero, Ezequiel Rojas, Ángel María Galán, Francisco Soto, Cerbeleón Pinzón, desde su Tratado de ciencia constitucional y la Filosfofía moral, y con relación al código penal de 1837 a José Ignacio de Márquez. También a sus contradictores como José Félix de Restrepo. el padre Francisco Margallo, el Arzobispo Manuel José Mosquera, Joaquín Mosquera. José Manuel Restrepo, el prebístero antioqueño José María Botero Cadavid, José María Groot, José Eusebio Caro, Miguel Antonio Caro, José Joaquín Ortiz y Ricardo de la Parra. Sobre fuentes primarias no puede dejar de consultar la compilación de Luis Horacio López Dominguez para el bicentenario de la muerte de Santander titulada: ¨Obra educativa: la querrella benthamista 1748 - 1832" publicada en Bogotá por la Biblioteca de la Presidencia de la República, 1993 y el texto antes citado de Germán Márquinez Argote: ¨Benthamismo y antibenthamismo¨. Así mismo la ¨Antología Política de Francisco de Paula Santander y Vicente Azuero¨de la Biblioteca Básica colombiana, Bogotá, Colcultura, 1981, en donde se encuentra por ejemplo la Representación que hiciera Azuero para defenderse de las acusaciones del Padre Francisco Margallo en 1826 titulada en la compilación: ¨Exégesis de Jeremías Bentham¨. Por otro lado Miguel Antonio Caro dedico gran parte de su escritos a criticar a Bentham con una idea de neoscalisticismo al estilo Balmes, con escritos como ¨Estudio sobre el utilitarismo, Bogotá, Imprenta Foción Mantilla, 1869, Tomo II, ¨Crítica al proyecto del doctro Ezquiel Rojas por medio del cula se imponían en la Universidad los textos de Destutt de Tracy y de Bentham¨, ¨El método utilitario¨ en el periódico ¨La Unión Católica¨, Bogotá, julio 9 de 1871 y ¨el utilitarismo práctico¨ en el periódico ¨El tradicionalista¨, Bogotá, abril 30 de 1872. Estos son algunos recursos bibliográficos sobre el tema, no tenga duda que esta lista es incompleta y que siempre aparecerán nuevos trabajos sobre esta temática. Aquí los dejo con otros links sobre la materia:
- Blog para la realización de la tesis de Maestría en Historia de Gonzalo Ramírez Cleves: ¨Proyecto Bentham¨
- Bentham Project - University College of London -Blog www.jbentham.com - Australia Felix - Documentos y fuentes primarias de Bentham. La influencia de Bentham en Australia
- "Bentham" - Enciclopedia Moderna, Tomo V - Madrid, Francisco de Mellado, 1851
Obras de Bentham en la red:
- Traités de legislátion civil et pénale, Tome II, Jerémié Bentham, Traduction Ettiene Dummont, Paris, Chez Bossang Masson et Masson, 1802 (*Primera edición)
No había puesto las fotos de Emilia y Gilberto del Blog jurídico: http://andreadeleon.blogspot.com/ en nuestra visita a Venezuela. Un encuentro real entre blawgers en donde con gran alegría nos reunimos en la Universidad Católica Andrés Bello... Un gran recuerdo para este año que termina
Buena columna de Guillermo Santos Calderón sobre la legislación que se aprobó sobre delitos informáticos, publicada hoy en el periódico El Tiempo. Información del proyecto aquí. Otra información de prensa aquí.
En días pasados, el Congreso de la República aprobó un proyecto de ley que castiga con penas carcelarias que van desde cuatro a ocho años y multas de 100 a 1.000 salarios mínimos mensuales vigentes a los que cometan delitos informáticos.
Ya era hora de que se legislara esto y, aunque se hizo tarde, ya es una realidad. Sin embargo, hay que tener en cuenta que en el mundo de la tecnología hay tanta dinámica, que si con esta modificación del Código Penal no se consideran las posibles nuevas modalidades que van a surgir y se permita que queden sin castigo, este proyecto de ley quedará a medias. Es importante que sea lo suficientemente flexible para poder acoger lo que viene en el futuro del cibercriminalismo. Si no lo es, en poco tiempo quedará obsoleta.
Otra duda que me surge es sobre el conocimiento que deben tener los jueces que van a enfrentar estos casos. Los delitos del mundo de la informática tienen tantas facetas y tantos matices, que requieren de algún grado de profundidad en los términos y las técnicas que se deben manejar para poder analizar con veracidad y en forma estricta si se cometió algún delito.
Hace poco se condenó en los Estados Unidos a la madre de una adolescente porque aquella simuló ser un joven en MySpace, sólo con el propósito de enamorar a la amiga de su hija, con quien había tenido problemas, para, luego de lograrlo, decirle todo tipo de cosas desagradables y rechazarla por su aspecto físico.
Lo que no consideró esa delincuente fue que la niña era depresiva y que, bajo el convencimiento de que la persona de la que se había enamorado la había dejado en una forma muy hiriente, se suicidara. Casos como este también deben poder ser castigados bajo este proyecto de ley.
Hay que considerar que algunos hackers -término que inexplicablemente fue eliminado de la ley- hacen esto solo por probar que tienen el conocimiento y la osadía suficientes, pero que luego de entrar al sitio web salen sin hacer ningún daño, pueden no estar incursos en un delito.
¿Y del correo spam qué? En otros países ya se encuentran presos algunos spammers, y este concepto no se mencionó en la ley. Hay que recordar que un correo spam es aquel que llega al buzón recurrentemente y que no ofrece el poder decir que no se quiere recibir más.
La mayoría de los correos que llegan de los políticos son spam, ya que si uno no los quiere seguir recibiendo, no hay forma de solicitar la eliminación de la lista de destinatarios para que no los vuelvan a enviar. Ojalá esto no sea una razón para no haber incluido este delito en la ley.
Es un excelente paso el que se dio con esta modificación del Código Penal. Con ella, Colombia da un buen salto en este tema legal, pero no se debe olvidar que se requiere tener los conocimientos adecuados para poder procesar estos casos y que en el tema de la tecnología, bien o mal usada, la imaginación es el límite.
Profesión y otros estudios: Abogado, Universidad Externado de Colombia (1997), Especialista en derecho constitucional y ciencia política, Centro de Estudios constitucionales y políticos, Madrid – España (2000) yDoctor en derecho constitucional de la Universidad Complutense de Madrid – España (2003).
Ocupación actual: Profesor de Filosofía e Introducción al derecho en la Universidad Externado de Colombia desde enero de 2004
¨Los Blogs Jurídicos y las herramientas virtuales para la enseñanza y la promoción del derecho¨
3. Sinopsis:
La ponencia explicará las posibilidades de las bitácoras jurídicas o Blawgs por sus siglas en inglés, en la enseñanza y la promoción del derecho, así como la utilización de herramientas virtuales en los blogs como los audios o podcast, los vídeos, los documentos en Pdfs y la agrupación en red de blogs jurídicos. Desde hace más de 10 años plataformas como blogger.com, typepad.com, y wordpress.com han dado lugar a un gran fenómeno mundial conocido como el Blog. Desde hace poco más de 7 años, juristas, abogados, profesores y estudiantes de derecho, así como jueces y despachos de abogados han aprovechado esta herramienta para expresarse, intercambiar ideas, enlazar páginas de documentos o novedades bibliográficas, vincular o enlazar audios y videos de audiencias o clases y conferencias entre otras aplicaciones, gracias a la posibilidad de los vínculos y los hipertextos.
En relación con los profesores de derecho, estos han venido utilizando esta herramienta para establecer lazos de cercanía con sus estudiantes, publicando los programas, exámenes, evaluaciones y ejercicios con la posibilidad que los estudiantes a través de los comentarios resuelvan las dudas. Del mismo modo se ha utilizado este instrumento para hacer clases participativas con lecturas o comentarios colgados en red, que a su vez se pueden comentar por parte de los estudiantes. Así mismo se percibe el uso de los blogs como una nueva herramienta para la escritura jurídica en donde juristas, profesores, abogados, estudiante comentan sentencias o fallos judiciales, se hacen reflexiones y comentarios sobre aspectos del derecho o se resaltan novedades bibliográficas que muchas veces se pueden consultar desde la red, haciendo que el intercambio de ideas y opiniones, de material bibliográfico y audiovisual se establezca rápidamente a través de la Internet. El uso de los videos, de los audios y los documentos pdfs a través de los blogs se convierten a su vez en una nueva forma de poder conocer cuestiones jurídicas relevantes y de actualidad. La creación de red de blawguers o autores de blogs jurídicos que se reúnen para hablar o chatear o hacer proyectos comunes como blogs colectivos pertenecen también a este nuevo ámbito. La ponencia tendrá como objetivo principal sistematizar y analizar este nuevo fenómeno a través del estudio de los diferentes blogs jurídicos y la utilización de dichas herramientas virtuales en la enseñanza y en la promoción del derecho.
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- BOLZ, Norbert, Comunicación mundial, Buenos Aires, Katz, 2006
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Documentos en Red y Pdfs:
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- GAIL L. Heriot, Are Modern Bloggers Following in the Footsteps of Publius? (And Other Musings on Blogging by Legal Scholars), Bloggership Symposium –Berkman Center for Internet and Society – Harvard University – 28 de abril de 2006
- HURT, Christine y TUNG, Yin, Blogging While Untenured and Other Extreme Sports, Bloggership Symposium –Berkman Center for Internet and Society – Harvard University – 28 de abril de 2006
-LITVAK, Kate, Blog as a Bugged water cooler ), Bloggership Symposium –Berkman Center for Internet and Society – Harvard University – 28 de abril de 2006
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