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martes, 24 de agosto de 2010

Leviatan o la materia, forma y poder de una República Eclesiástica y Civil. Cap. XIII, XIV y XV



Los capítulos más importantes del Leviatan en la diferenciación de Derecho Natural (Right of Nature) y Ley Natural (Natural law) son los capítulos XIII, XIV y XV. Vale la pena una lectura.

Capítulo XIII. "De la condición Natural del Género Humano, en lo que Concierne a su Felicidad y Miseria"

En este capítulo Hobbes establece la diferenciación entre Derecho Natural o Estado Naturaleza (Right of Nature), en donde el hombre vive en continua guerra y solo puede sobrevivir por astucia o por la fuerza, y ley natural (Natural Law). La primera idea de Hobbes es que los hombres son iguales por naturaleza, esta igualdad conduce entonces a la desconfianza y finalmente a la guerra de unos contra otros.

Varias ideas de este capítulo

1. Un pasaje sobre porque la igualdad entre los hombres conduce a la guerra
Lo que acaso puede hacer increíble tal igualdad, no es sino un vano concepto de la propia sabiduría, que la mayor parte de los hombres piensan poseer en más alto grado que el común de las gentes, es decir, que todos los hombres, con excepción de ellos mismos, y de unos pocos más a quienes reconocen su valía, ya sea por la fama de que gozan o por la coincidencia con ellos mismos. Tal es, en efecto, la naturaleza de los hombres que si bien reconocen que otros son más sagaces, más elocuentes o más cultos, difícilmente llegan a creer que haya muchos tan sabios como ellos mismos, ya que cada uno ve su propio talento a la mano, y el de los demás hombres a distancia. Pero esto es lo que mejor prueba que los hombres son en este punto más bien iguales que desiguales. No hay, en efecto y de ordinario, un signo más claro de distribución igual de una cosa, que el hecho de que cada hombre esté satisfecho con la porción que le corresponde (p. 101)
2. Y luego sobre la causa de la guerra por la naturaleza del hombre
Así hallamos en la naturaleza del hombre tres causas principales de discordia. Primera, la competencia, segunda, la desconfianza, tercera la gloria. La primera causa impulsa a los hombres a atacarse para lograr beneficio; la segunda, para lograr seguridad; la tercera, para lograr reputación (p. 102)
3. Fuera del Estado Civil hay siempre guerra de todos contra todos
Con todo ello es manifiesto que durante el tiempo en que los hombres viven sin un poder común que los atemorice, a todos, se hallan en la condición o estado que se denomina guerra; una guerra tal que es la de todos contra todos. Porque la GUERRA no consiste solamente en batallar, en el acto de luchar, sino que se da durante el lapso de tiempo en que la voluntad de luchar se manifiesta de modo suficiente (p. 102)
4. Esta guerra da lugar a una serie de incomodidades para el hombre
En una situación semejante no existe oportunidad para la industria, ya que su fruto es incierto; por consiguiente no hay cultivo de la tierra, ni navegación, ni uso de los artículos que pueden ser importados por mar, ni construcciones confortables, ni instrumentos para mover y remover las cosas que se requieren mucha fuerza, ni conocimiento de la faz de la tierra, ni cómputo del tiempo, ni artes, ni letras, ni sociedad; y lo que es peor de todo, existe continuo temor y peligro de muerte violenta; y la vida del hombre es solitaria, pobre, tosca, embrutecida y breve (p. 103)
5. No hay leyes en sentido estricto hasta que no haya Estado Civil en donde los hombres dispongan quién deba promulgar dichas leyes
Los deseos y otras pasiones del hombre no son pecados, en sí mismos; tampoco lo son los actos que de las pasiones proceden hasta que consta que una ley las prohibe: que los hombres no pueden conocer las leyes antes de que sean hechas, ni puede hacerse una ley hasta que los hombres se pongan de acuerdo con respecto a la persona que debe promulgarla (p. 103)
6. En el Estado de Naturaleza nada es injusto. La idea de justicia solo se logra en el hombre en sociedad, no en estado solitario
En esta guerra de todos contra todos, se da una consecuencia: que nada puede ser injusto. Las nociones de derecho e ilegalidad, justicia e injusticia están fuera de lugar. Donde no hay poder común, la ley no existe: donde no hay ley, no hay justicia. En la guerra, la fuerza y el fraude son las dos virtudes cardinales. Justicia e injusticia no son facultades ni del cuerpo ni del espíritu. Si lo fueran, podrían darse en un hombre que estuviera solo en el mundo, lo mismo que se dan sus sensaciones y pasiones. Son aquéllas, cualidades que se refieren al hombre en sociedad, no en estado solitario. Es natural también que en dicha condición no existan propiedad ni dominio, ni distinción entre tuyo y mío; sólo pertenece a cada uno lo que puede tomar, y sólo en tanto que pueda conservarlo (p. 104)
Pasajes tomados del libro de Thomas Hobbes, Leviatan: la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil, México, Fondo de Cultura Económica, 2007

lunes, 24 de agosto de 2009

La iconografía del Leviatán de Hobbes


Aunque fue en el libro de Job (cap. 41, vers. 25) en donde se describe al Leviatán como un animal marino que domina los mares y que se representa como una enorme ballena, un pez gigante y dentado, un cocodrilo, un dragón o un animal de cuello largo que emerge de los mares a la manera del monstruo del Lago Ness, Thomas Hobbes decidió representar al Leviatán en un hombre. En la primera edición de su obra en 1651 decide incluir una pintura de un rey compuesto de hombres que lleva una corona, un cetro en su mano izquierda y una espada en su mano derecha.

Este enorme hombre que esta compuesto por otros, subordina por un lado al ejército y a los poderes civiles, y por otro lado a la Iglesia. El dibujo del Leviatán de Hobbes es de 24 X 15.5 cm de ancho. Siguiendo a Klenner en la parte superior del borde de la imagen está el versículo 24 del capitulo 41 de la edición hebrea del libro de Job: ¨Non est potestas Super Terram quae Comparetur¨ que se puede traducir como ¨en la tierra no es nadie comparable¨ o "no existe ningún poder sobre la tierra que pueda compararsele¨.

Dice Klenner: ¨Debajo de este texto se reproduce el Leviatán en figura humana. El cuerpo de éste con las insignias de la soberanía del poder político y espiritual, gigantesca figura armada con corona, espada y báculo, es precisamente modelada como hombre. Es el Estado omnipotente. Formado mediante el contrato social de cada uno con cada uno y por la voluntad de sus ciudadanos fundando y garantizando la paz, cubre bajo sus brazos desplegados los paisajes con sus ciudades y aldeas y el mar transitado por naves comerciales en el fondo. La corona la figura del Leviatán simboliza la soberanía del Estado; la espada sostenida en la mano derecha simboliza su poder político que triunfa sobre las guerras de las armas descritas en una columna de la izquierda con cinco pictogramas con fortaleza, cañones, mosquetes, banderas y tambores e incluso una batalla con infantería y caballería; el báculo sostenido en la otra mano simboliza el poder espiritual del Estado, que triunfa sobre la guerra civil de las palabras, descrita en una columna derecha cinco pictogramas con la Iglesia, mitra obispal, anatemas, las armas lógicas para las disputas de teológos y filósofos e incluso un concilio religioso. Entre ambas columnas, directamente bjo el Leviatán, cuyo poder sobre la tierra no tiene comparación, se encuentra el título del libro ¨Leviathan or the Matter, Forme, and Power of a Common - Wealth Ecclesisticall and Civil. By Thomas Hobbes of Malmesbury", London, Printed for Andrew Crooke, 1651. (Hermann Klenner, Thomas Hobbes. Filósofo del Derecho y su filosofía jurídica, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, Serie de Teoría Jurídica y Filosofía del derecho, No 11, 1999 pp. 50 - 51)

Hobbes en la SSRN


Como les he venido contando en reiteradas ocasiones un buen recurso de investigación de la red es la página de la SSRN (Social Science Research Network) en donde acádemicos de todo el mundo cuelgan sus escritos para ser consultados. Muchas de las entrevistas que se realizan para ser profesor en Estados Unidos les piden a los candidatos el número de publicaciones que tienen en dicha red y hasta el número de descargas. Me puse a investigar cuantos documentos hay sobre Hobbes y encontre 70 los puede investigar desde aquí...

Sin embargo me parecieron interesantes por el título los siguientes en el campo de la reflexión de la teoría de Thomas Hobbes con la filosofía del derecho:

1. Present Appreciation and Future Advantage: A Note on the Influence of Hobbes on Holmes
American Journal of Legal History, Vol. 47, No. 4, pp. 412-434, October 2005
Thomas A Balmer
Oregon Supreme Court
Date Posted: February 15, 2008
Last Revised: February 15, 2008
Accepted Paper Series
35 downloads

2. Thomas Hobbes and the Intellectual Origins of Legal Positivism
Canadian Journal of Law and Jurisprudence, Vol. 16, No. 2, pp. 243-270, July 2003
Sean Coyle
University of London
Date Posted: April 12, 2004
Last Revised: May 6, 2008
Accepted Paper Series

3. Sovereignty and International Law: Hobbes and Grotius
Matrinus Nijhoff, ESSAYS IN HONOUR OF WANG TIEYA, R. St. J. Macdonald, ed., Kluwer Academic Publishers, pp. 391-400, 1993
Mark Weston Janis
University of Connecticut School of Law
Date Posted: March 31, 2008
Last Revised: March 31, 2008
Accepted Paper Series
124 downloads

4. 'Now the Machine Runs Itself': Carl Schmiit on Hobbes and Kelsen
Cardozo Law Review, Vol. 16, p. 1, 1994
David Dyzenhaus
University of Toronto - Faculty of Law/Department of Philosophy
Date Posted: August 22, 2008
Last Revised: August 22, 2008
Accepted Paper Series
81 downloads

5. Hobbes to Rousseau: Inequality, Institutions, and Development
IZA Discussion Paper No. 1450
Matteo Cervellati , Piergiuseppe Fortunato and Uwe Sunde
University of Bologna - Department of Economics , University of Bologna - Faculty of Political Science and University of St. Gallen
Date Posted: January 6, 2005
Last Revised: July 30, 2007
Working Paper Series
264 downloads

6. The Uses of Insincerity: Thomas Hobbes's Theory of Law and Society
Law & Literature, Vol. 15, pp. 371-93, 2003
John M. Kang
St. Thomas University School of Law
Date Posted: May 3, 2004
Last Revised: February 8, 2009
Accepted Paper Series

7. Hungry Like a Wolf Man: Animality and Melancholy in Hobbes's Theory of Sovereignty
Diego Hernan Rossello
Northwestern University - Department of Political Science
Date Posted: August 19, 2009
Last Revised: August 19, 2009
Working Paper Series
1 downloads

8. 'Austin's Positivism': Is it a Retrospective Investigation of Contractualist’s Sovereign? Locating Hobbes’ Theory in the History of 'Sovereign’s Debate'
6:2 Global Jurist Topics, Vol. 6, No. 2, Article 1, 2006
Prabhakar Singh
University of Barcelona
Date Posted: April 16, 2009
Last Revised: April 16, 2009
Accepted Paper Series
8 downloads

9. Globalization and the Theory of International Law
Boston College Law School Research Paper No. 75
Frank J. Garcia
Boston College - Law School
Date Posted: June 14, 2005
Last Revised: August 10, 2005
Working Paper Series
501 downloads

10. Liberty and Leviathan
Politics, Philosophy & Economics, Forthcoming
Philip N. Pettit
Princeton University - Department of Politics
Date Posted: October 5, 2004
Last Revised: October 29, 2004
Accepted Paper Series
269 downloads

Lo que queda ahora es leerlos...

Seguimos con Hobbes


Sigo leyendo sobre Thomas Hobbes, especialmente el libro de Hermann Klenner publicado en el No 11 de la Colección de Teoría Jurídica y Filosofía del Derecho del Doctor Villar Borda y todavía me quedan muchas incógnitas que trataré de contestar en esta entrada.

1. ¿Fue Hobbes un monárcomano como se dice o prefería el poder civil o republicano al poder dinástico? En esto parece no haber claridad, aunque Hobbes fue preceptor de Carlos II, el delfín del asesinado en la Guerra Civil Carlos I, lo cierto es que durante la Guerra emigró a Francia y no defendió públicamente a los Estuardo. Cuando se instauró la dictadura de Oliver Cromwell, Hobbes volvió a Inglaterra y publicó allí el Leviatán en 1651. Cuando se produce la contrarreforma y vuelven los Estuardo al poder en 1660 Hobbes no es bien visto y se abre un proceso en contra de su obra, así como su obra histórica sobre la Guerra Civil titulada el Behemont. Se tildó la obra de Hobbes como atea y como un apoyo soslayado a Cromwell incluso en la Universidad de Oxford en 1683, cuatro años después de la muerte de Hobbes, se dio una quema pública del texto. Por ende no hay claridad sobre si con la publicación de la obra se quiso apoyar a la monarquía o a la dictadura republicana, de hecho Hobbes establece que el Leviatán puede ser un Monarca o un Parlamento y no se definió por un modelo especifico. En conclusión parece que el Leviatán quiso apoyar una idea de gobierno absoluto pero no a una determinada forma gobierno de la época aunque sobre esto punto no se puede dar la última palabra

2. ¿Fue Hobbes un revolucionario en materia de método y análisis del poder político? Klenner considera que sí. En primer lugar porque el método que utilizó Hobbes para deducir de dónde viene el poder y cómo se justifica éste parte de presupuestos racionales y no teológicos o metáfisicos como venía sustentando la escolástica de la época. Hobbes con fundamentos matemáticos y lo que ahora consideraríamos como sociológicos dedujo en primer lugar y en contra de la doctrina aristotélica que el estado de naturaleza es que el hombre viva en continua guerra y conflicto con el hombre, ¨el hombre es un lobo para el hombre¨(homo homini lupus) y "bellum omnium contra omnes" (a war of every man against every man) de donde necesita instaurar un poder civil que le garantice la seguridad y evite el temor a la muerte y de esta manera le garantice la vida, el trabajo y la tierra (life, labour and land), ya que en el estado de naturaleza el hombre vive una vida "solitaria, miserable, sucia, embrutecedora y breve" (solitary, poor, nasty, brutish and short). Por ende Hobbes si sería revolucionario en materia de método ya que su propuesta parte de la racionalidad científica que se basa en comprobaciones empíricas más que en deducciones metafísicas que partan de un conocimiento teológico propio de la aristótelica tomista de la época en donde según Klenner se rompe con el feudalismo y se pasa a la concepción del Estado moderno. Como sabemos Hobbes fue un matemático fracasado que intento resolver el problema de la cuadratura del círculo, fue amanuense de Francis Bacon, estudió a Euclides y criticó con encono a Aristóteles y Descartes. Por ende Hobbes hace parte del movimiento humanista y científico propios de Renacimiento, teorías que translado a la política dándole de esta manera cientificidad.

3. ¿Cuáles fueron las contribuciones de Hobbes a lo que ahora llamamos filosofía del derecho? Se podría decir que Hobbes es un nuevo Trasímaco o Calicles que justifica el derecho y la justicia a partir del más poderoso y de la fuerza. Frases c¨autoritas, non veritas facit legem¨ - la autoridad y no la verdad o la justicia determinan la ley - (Capítulo 26 del Leviathan) y "mensura boni et mali in omni civitate est lex (La medida única para juzgar de las acciones buenas y malas es la ley positiva del Estado - Capítulo 29 del Leviathan), serían la comprobación de que Hobbes justifico el derecho en el poder, la autoridad y la fuerza, sin tener en cuenta elementos como la justicia o la racionalidad del poder en la elaboración de dichas leyes. Sin embargo, debemos tener en cuenta algunos aspectos de la propuesta de Hobbes. En primer lugar la teoría contractualista que realiza Hobbes para justificar la idea del poder absoluto parte de un consentimiento del pueblo (por apetito, por esperanza o por la razón) para garantizar su seguridad, evitar el temor a la muerte y garantizar su felicidad. De otra parte el Leviatán, que como veíamos puede ser un Monarca o un Parlamento, tiene como finalidad conservar la paz y garantizar la seguridad, además de la vida, el trabajo, el comercio, la posibilidad de contratar, de vender y comprar y de propiedad. Si el poder supremo o el Leviatán no cumple con dicha finalidad puede ser anulado y se puede dar un derecho de rebelión por haber incumplido el primer pacto que consistía en renunciar a los derechos para otorgárselos a dicho poder. De tal manera que aunque Hobbes no elaboró una propuesta de derecho justo a través de la razón si estableció los lineamientos que justificaban el otorgar a un solo poder la posibilidad de dictar las leyes a partir de su autoridad.

4. ¿Qué pensaba Hobbes en materia de religión en su propuesta política? Hobbes más que un perseguido político fue un hereje perseguido. Aunque religión y poder no podría dividirse fácilmente, la propuesta de Hobbes tuvo como marco las guerras civiles de Inglaterra y la Guerra de los treinta años en Europa todas ellas por motivos religiosos. Por esta razón en su propuesta política Hobbes estima que la religión y el poder eclesiástico debe estar sometido al estado y plantea una neutralidad política en materia de religión. De tal manera que el Leviatán debe garantizar una especie de libertad de cultos ya que no hay una religión de estado y la suprema autoridad no debe gobernar en el interior de las personas, por ende Hobbes sería uno de los pioneros de la época en la propuesta de un estado laico o una división entre Iglesia y Estado en donde ésta en todo caso tenga que estar sometida al poder supremo de la Cive.

jueves, 20 de agosto de 2009

El Leviathan de Hobbes - Open Yale Courses

En los "Open Yale Courses" el profesor Steven Smith explica en su curso de Introducción a la Filosofía política el pensamiento de Thomas Hobbes y en especial los aspectos más importantes de su obra El Leviatán (1651). Son 45 minutos de clase en donde usted puede escuchar los aspectos más importantes del autor inglés en una clase dictada en la Universidad de Yale en el otoño de 2006.

En el resumen del vídeo se indica que en el pensamiento de Hobbes se presenta la paradoja de sostener al mismo tiempo el absolutismo monárquico de la autoridad con la idea de igualdad de las personas humanas, además de destacar la teoría contractualista de Hobbes que establece que una vez se hace el pacto de asociación se otorgan todos los derechos al gobernante para garantizar la seguridad y la convivencia pacífica.

Aquí el resumen del video del profesor Steven Smith de Introducción a la Filosofía Política:
This is an introduction to the political views of Thomas Hobbes, which are often deemed paradoxical. On the one hand, Hobbes is a stern defender of political absolutism. The Hobbesian doctrine of sovereignty dictates complete monopoly of power within a given territory and over all institutions of civilian or ecclesiastical authority. On the other hand, Hobbes insists on the fundamental equality of human beings. He maintains that the state is a contract between individuals, that the sovereign owes his authority to the will of those he governs and is obliged to protect the interests of the governed by assuring civil peace and security. These ideas have been interpreted by some as indicative of liberal opposition to absolutism.

Los dejamos con el video:




miércoles, 3 de septiembre de 2008

Algo sobre la filosofia del derecho de Thomas Hobbes

Thomas Hobbes (nace el 5 de abril de 1588 en Malbesbury - Westport, Inglaterra - muere el 4 de diciembre de 1679 en Derbyshire, Inglaterra a los 91 años de edad). El pensador inglés más importante de su época es considerado todavía como un autor decisivo en la definición de los elementos del estado moderno, la explicación del poder, la relación del poder con el derecho y el concepto de justicia. Divide el "ius naturale" el derecho natural (right of nature), de la "lex natural" (ley natural o law of nature). La primera (right of nature) será la tendencia del hombre a vivir en continua guerra y conflicto, para lograr su supervivencia. Es un estado de naturaleza, en donde se presenta una libertad absoluta e ilimitada y en donde prima la ley del más fuerte o del más astuto para obtener ilimitadamente los bienes que necesita. Este derecho natural se caracteriza porque el hombre esta en una continua guerra del hombre contra el hombre (bellum omnes contra omina), y en donde el hombre se convierte en un lobo para el hombre (homo homini lupus). La vida del hombre en el derecho natural, a pesar de contar con una absoluta libertad es solitaria, pobre, brutal y breve, ya que cada uno buscará el provecho de sus propios intereses. Por tanto, el hombre necesita de una forma de organización - mecánica - que evite esta continua confrontación y decide voluntaria o coercitivamente realizar un pacto o contrato social en donde renuncia a su libertad absoluta para otórgarsela a la organizacíon superior, al Estado o al Leviathan, que cumpla con el fin primordial de la ley natural (law of nature) que consiste en garantizar la seguridad y la supervivencia de los hombres y evitar que se produzca la Behemoth (guerra civil). Hobbes establece que son la ley mecanicista de la atracción y el rechazo las que conducen al hombre a renunciar a su libertad natural para otorgárselo a un soberano que permita la convivencia y la seguridad. El Instinto o el Apetito como el temor y la búsqueda de su supervivencia determinan la decisión de renuciar a la libertad absoluta del estado de naturaleza. Del mismo modo, la razón natural del hombre lo llevará a realizar este pacto de asociación. El soberano - que según Hobbes puede ser individual (Monarca) o colectivo (Parlamento) - podrá de esta manera determinar las leyes que conduzcan al fin de la "ley natural", la conservación. Por esta razón, algunos teóricos consideran a Hobbes como el primer positivista inglés, antes que Bentham o Austin, ya que subrayan que esta autor establece que una vez realizada el pacto en donde se otorga el poder al Leviathan este regirá absolutamente y establecerá que la potencia del soberano, incluso para dictar leyes, es absoluta. Dos frases serán determinantes para apoyar esta posición realista y empírica de considarar a Hobbes como el primer positvista anglosajón: "auctoritas, non veritas facit legem" (la autoridad y no la verdad o la justicia determinan la ley - Capítulo 26 del Leviathan) y "mensura boni et mali in omni civitate est lex (La medida única para juzgar de las acciones buenas y malas es la ley positiva del Estado - Capítulo 29 del Leviathan). Aunque Hobbes establece que existen una serie de criterios y recomendaciones para para llevar a cabo la lex natural, como el de respetar los contratos celebrados, considerar como iguales a todos los hombres, protegernos mutuamente y someter nuestras diferencias a la decisión de un juez (Leviatham, Capítulo 15), lo cierto es que la única posibilidad que tiene el súbdito de no cumplir con los mandatos o las leyes civiles del soberano es cuando se aleja de la finalidad del derecho natural, es decir cuando dichas leyes no garantizan la seguridad, la paz y la supervivencia. En este caso los miembros del cuerpo social pueden no acatar las determinaciones del soberano y rebelarse contra él. De esta manera como afirma Miguel Ángel Rodilla, en el pensamiento filosófico jurídico y político de Hobbes se mezcla el iusnaturalismo racionalista con el positivismo, ya que lo que determina que el soberano expida leyes que no se controviertan y que se cumplan de manera absoluta es el pacto natural originario. De otra parte, el pacto societario se corresponde a su vez con una idea de soberanía absoluta en donde se transplanta la potentia Dei absoluta que pregonaba Guillermo de Occam en la Universidad de Oxford en el siglo XIV a la idea de Estado absoluto que justifica las monarquías absolutas del siglo XVII en los tiempos del autor inglés. Hobbes fue contemporáneo de Galileo Galilei, con quien se entrevisto en su viaje por Francia e Italia de 1634 a 1637, fue opositor de Descartes en su instancia en París en 1640. Elaboró su obra al estilo mecanicista y estableció que lo único que hay en el mundo son cuerpos en movimiento. De esta manera establece Hobbes que hay dos clases de filosofía: la natural (para los cuerpos físicos) y la civil (para los cuerpos sociales en cuyo caso es ética). "De esta manera la filosofía como doctrina de los cuerpos y sus movimientos, y como estudio de las causas y efectos de los cuerpos, se divide en tres partes: doctrina de los cuerpos naturales (de corpore), doctrina de los cuerpos humanos (de homine - su ética a partir de sus necesidades y pasiones) y doctrina de los cuerpos sociales (De Cive)" (Enciclopedia). La principal obra de Hobbes a es el Leviathan, nombre tomado de un monstruo marino o un cocodrilo que se refiere en el libro de Job (XL, 25) que lucha contra Behemoth. Es en el El Leviatán, escrito en 1651, en donde Hobbes expone las principales ideas analizadas en esta nota.

(*Reseña elaborada después de la lectura de "la Filosofía del derecho del mundo occidental" de Alfred Verdross, México, Centro de Estudios Filosóficos, 1962, pp. 179 - 190. Estudio preliminar del "Diálogo entre un filósofo y un jurista y escritos autobiográficos de Thomas Hobbes" de Miguel Ángel Rodilla, Madrid, Tecnos, 1992, p. XI; y el "Diccionario de Filosofía" de José Ferrater Mora, Buenos Aires, Suramericana, 1975, Tomo I, Hobbes, pp. 859 -860)

Links:

- La filosofía de Hobbes - Webdianoia


- Wikipedia - Thomas Hobbes - inglés

- Hobbes - Stanford Encyclopedia of Philosophy