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lunes, 15 de diciembre de 2008

Aprueban reforma al código penal sobre delitos informáticos

Buena columna de Guillermo Santos Calderón sobre la legislación que se aprobó sobre delitos informáticos, publicada hoy en el periódico El Tiempo. Información del proyecto aquí. Otra información de prensa aquí.

Los delitos informáticos

En días pasados, el Congreso de la República aprobó un proyecto de ley que castiga con penas carcelarias que van desde cuatro a ocho años y multas de 100 a 1.000 salarios mínimos mensuales vigentes a los que cometan delitos informáticos.

Ya era hora de que se legislara esto y, aunque se hizo tarde, ya es una realidad. Sin embargo, hay que tener en cuenta que en el mundo de la tecnología hay tanta dinámica, que si con esta modificación del Código Penal no se consideran las posibles nuevas modalidades que van a surgir y se permita que queden sin castigo, este proyecto de ley quedará a medias. Es importante que sea lo suficientemente flexible para poder acoger lo que viene en el futuro del cibercriminalismo. Si no lo es, en poco tiempo quedará obsoleta.

Otra duda que me surge es sobre el conocimiento que deben tener los jueces que van a enfrentar estos casos. Los delitos del mundo de la informática tienen tantas facetas y tantos matices, que requieren de algún grado de profundidad en los términos y las técnicas que se deben manejar para poder analizar con veracidad y en forma estricta si se cometió algún delito.

Hace poco se condenó en los Estados Unidos a la madre de una adolescente porque aquella simuló ser un joven en MySpace, sólo con el propósito de enamorar a la amiga de su hija, con quien había tenido problemas, para, luego de lograrlo, decirle todo tipo de cosas desagradables y rechazarla por su aspecto físico.

Lo que no consideró esa delincuente fue que la niña era depresiva y que, bajo el convencimiento de que la persona de la que se había enamorado la había dejado en una forma muy hiriente, se suicidara. Casos como este también deben poder ser castigados bajo este proyecto de ley.

Hay que considerar que algunos hackers -término que inexplicablemente fue eliminado de la ley- hacen esto solo por probar que tienen el conocimiento y la osadía suficientes, pero que luego de entrar al sitio web salen sin hacer ningún daño, pueden no estar incursos en un delito.

¿Y del correo spam qué? En otros países ya se encuentran presos algunos spammers, y este concepto no se mencionó en la ley. Hay que recordar que un correo spam es aquel que llega al buzón recurrentemente y que no ofrece el poder decir que no se quiere recibir más.

La mayoría de los correos que llegan de los políticos son spam, ya que si uno no los quiere seguir recibiendo, no hay forma de solicitar la eliminación de la lista de destinatarios para que no los vuelvan a enviar. Ojalá esto no sea una razón para no haber incluido este delito en la ley.

Es un excelente paso el que se dio con esta modificación del Código Penal. Con ella, Colombia da un buen salto en este tema legal, pero no se debe olvidar que se requiere tener los conocimientos adecuados para poder procesar estos casos y que en el tema de la tecnología, bien o mal usada, la imaginación es el límite.

guisan@eltiempo.com.co

Guillermo Santos Calderón


sábado, 6 de diciembre de 2008

Intimidación cibérnetica

Tomado de la Revista Cambio

Intimidación cibernética

Ilustración: Alberto Barreto

Lori Drew, la mujer de 49 años que utilizó la red social MySpace en 2006 para acosar a una adolescente y llevarla al suicidio, se salvó de pasar los próximos 20 años recluida en una cárcel federal de los Estados Unidos, pero tristemente será recordada como la primera persona en ser condenada por intimidación cibernética, un nuevo delito que podría cambiar la forma en que actúan muchos de los usuarios de Internet hoy día.

Durante el juicio, llevado a cabo en Los Ángeles (California) hace una semana, el fiscal nacional Thomas P. O'Brien intentó demostrar que Drew había inducido el suicidio de la adolescente Megan Meier, al crear un personaje falso y acosarla psicológicamente a través de MySpace. Las pruebas presentadas demostraron que Drew, su hija Sarah y la joven de 18 años Ashley Grills crearon la atractiva figura de 'Josh Evans' en esta red social para comunicarse con Megan Meier.

Esta adolescente de 13 años, con una historia de depresión e impulsos suicidas, había discutido días antes con Sarah, por lo que ella y las otras dos personas se habrían confabulado para vengarse de la joven a través de la Red.

'Josh', que supuestamente tenía 16 años, primero coqueteó con Megan, pero luego interrumpió abruptamente la relación virtual. En su último mensaje le dijo que el mundo sería un "mejor lugar sin ella". El mismo día, la adolescente se ahorcó en su habitación.

Según el diario The New York Times, el jurado rechazó la afirmación de que la enjuiciada Lori Drew había intentado causar daño a Megan, pero la hallaron culpable de haber transgredido leyes federales. Específicamente, el jurado la encontró culpable de haber accedido a un computador sin autorización en tres ocasiones, una referencia a las tres veces que Drew se conectó a MySpace bajo el falso nombre de 'Josh Evans'.

Términos y condiciones

En resumen, Drew enfrenta una pena hasta de tres años de cárcel y 300.000 dólares en multas por no leer la letra menuda e irrespetar los términos y condiciones que tiene MySpace (y casi todo servicio en Internet) "donde se prohíbe expresamente la suplantación y no se tolera ninguna clase de intimidación y acoso a través de la Red", según comunicado expedido por MySpace.

Según los especialistas, el caso servirá como ejemplo para los millones de usuarios de la Red en todo el mundo que pasan por alto la lectura de los términos y condiciones de las páginas web.

De paso, ha servido para que expertos legales expresen que la Ley Federal de Fraude y Abuso Informático, aprobada en Estados Unidos en 1986 y enmendada varias veces, debería ampliarse con el avance tecnológico y el crecimiento de las redes de socialización en Internet.

Otros especialistas en fraude informático dijeron, sin embargo, que el veredicto les parecía escalofriante, pues podría constituir un paso a la censura o por lo menos a las restricciones en el libre uso de Internet.

De cualquier manera, queda claro que en adelante más de uno lo deberá pensar dos veces antes de suplantar, querer hacer una broma o simplemente mentir en la Red. Y es que si bien son actos virtuales, las consecuencias pueden ser más que lamentables en el mundo real.

RESPONSABILIDAD EN INTERNET

Internet es una red global y de libre uso. Sin embargo, exige seguir ciertas reglas para evitar sorpresas desagradables, especialmente cuando es usada por menores. Por eso es fundamental:

- Leer las normas, condiciones o requisitos de uso de los sitios, y aceptarlas solo si está dispuesto a cumplirlas o respetarlas.

- No mentir sobre la edad para registrarse o entrar en un sitio. En Facebook, por ejemplo, se recomienda para mayores de 13 años y hay sitios que contienen material para adultos inapropiado para menores de 18 años. Es responsabilidad de los padres que los hijos no entren a esta clase de sitios cuando son menores.

- Cuando se trate de sitios de socialización (como chat o redes sociales), se recomienda la supervisión de los padres: que por lo menos sepan con quién se están comunicando sus hijos.

- Hay que dudar de todo lo que está en Internet y tomar las precauciones debidas. Por ejemplo, no acudir a un encuentro tan pronto se conoce a alguien por Internet, tratar de comprobar la identidad de la otra persona, ir acompañado a esos encuentros y tratar de establecer direcciones o teléfonos reales antes de creer en todo lo que se dice en la Red.

- Como en la vida real, analizar las consecuencias de los actos antes de hacerlos. Tener en cuenta que una broma, por sencilla que parezca, puede tener un desenlace fatal.