jueves, 9 de agosto de 2007

Condenado Colombia en Corte Interamericana - caso indigena Nasa


Transcribimos la información de El tiempo en el caso de condena reciente ante la Corte Interamericana hay que resaltar que además de la condena pecuniaria, se ordenarón ciertas medidas no pecuniarias características de nuestro sistema regional de protección de derechos, con esta ya son dos condenas en menos de tres meses al Estado colombiano, el caso "Masacre de la Rochela" 9 de junio y éste nuevo fallo que transcribimos a continuación:
Links relacionados:
- Caso Masacre de la Rochela vs. Colombia (11 de mayo de 2007)
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_163_esp.doc

- Caso Indígena Escue Zapata vs. Colombia (4 de julio de 2007)
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_166_esp.doc

Estado colombiano fue condenado por muerte de líder indígena Nasa de Jambaló (Cauca)

http://www.eltiempo.com/justicia/2007-08-08/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR-3671370.html

Se trata de una nueva condena internacional, fallada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por la que deberá desembolsar unos 460 millones de pesos.Aunque la cifra no es significativa, la condena de la Corte Interamericana -que puede fallar sobre violaciones en los países miembros de la OEA- es la sexta en los últimos tres años y le representan al país enormes desembolsos.

El crimen del indígena, según el tribunal, fue cometido por una unidad contraguerrilla del Ejército que, de manera irregular, sacó a Germán Escué Zapata de su casa, lo torturó y lo baleó. El hecho ocurrió el primero de febrero de 1988. Escué, según testimonios que reposan en el expediente, fue acusado de ser guerrillero por los militares que, además, buscaban armas que supuestamente tenía en su casa.
El fallo ordena indemnizar a la esposa, la hija, que era menor en el momento del crimen, y a los padres y hermanos del indígena. Además, para recuperar la memoria del líder, le ordena al Estado que en menos de un año cree un fondo con el nombre de Escué y destine 40 mil dólares para desarrollo comunitario en el resguardo de Jambaló. Esa inversión, precisa, se realizará según las normas de consulta de los indígenas y deberá ser independiente de las que haga el Estado con recursos del presupuesto. Rafael Barrios, abogado del Colectivo José Alvear, que representó a la familia Escué, explica que el fallo marca un hito en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas.

La Corte también ordenó al Estado hacer un acto público de desagravio al pueblo Nasa, con presencia de altos funcionarios, y publicar en un periódico regional el texto de la sentencia en la lengua de la comunidad.Llamó la atención porque el caso estuvo en la Justicia Penal Militar más de una década, cuando era competencia de la justicia ordinaria. Ese error ya se subsanó, pero la Corte declaró: "el lapso de 19 años que ha demorado la justicia interna en el presente caso es notoriamente irrazonable". A la investigación, que está en la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, están vinculados Jorge Alberto Navarro Devia, que como teniente estaba al mando de la unidad contraguerrilla acusada del crimen, y los cabos Roberto Camacho Riaño y Evert Ospina. Todos rindieron indagatoria hace un año.

'Abre una puerta'

Aída Quilcué, consejera mayor del Consejo Regional Indígena del Cauca (Cric), dijo que la condena demuestra que Colombia no es capaz de resolver la violación de derechos humanos.
La dirigente, que hace parte de la concentración indígena en la Plaza de Bolívar, dijo que el fallo será uno de los temas que tratarán con la ONU, organismo con el que se reunirán hoy. Según ella, el fallo abre un camino para denunciar otros crímenes.

Hoy, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, instancia previa a la Corte, tramita medidas provisionales de protección a kankuamos, wiwas y embera katíos y a cabildos del norte caucano.En los últimos 25 años, desde que grupos armados irrumpieron en comunidades nativas, en el país han sido asesinados unos 500 indígenas.

A esta situación no ha sido ajeno el resguardo de Jambaló. Esa comunidad, integrada por 13.000 personas, la mayoría paeces, aún recuerda el asedio del frente 6 y de la columna 'Jacobo Arenas' de las Farc, que los obligó en 1996 y en el 2002 a tomar medidas drásticas de defensa para evitar intromisión en sus terrenos ancestrales.

Millonarias condenas:

- La Corte Interamericana lleva más de 20 procesos por crímenes en los que se sospecha participación de agentes del Estado. Estos son algunos fallos: Junio 8 del 2007: La masacre de La Rochela, en la que 'paras' del Magdalena Medio asesinaron a 12 comerciantes, le costará al Estado 6 millones de dólares.

- Julio 28 del 2006. De forma unánime, la Corte determinó que el Estado también fue responsable de las matanzas de La Granja y El Aro (Antioquia), que cometieron las Auc y en las que murieron 19 personas. La indemnización suma más de 1,4 millones de dólares.

- Marzo 16 del 2006: La muerte de 43 personas en Pueblo Bello (Urabá), en 1990, por la que el Estado fue hallado responsable, le costó a la Nación 4,2 millones de dólares.

- Septiembre 15 del 2005: Por la anuencia de miembros del Ejército en el asesinato de 49 personas en Mapiripán (Meta), el Estado de pagar 3,7 millones de dólares.

- Septiembre 12 del 2005. Por las torturas que un policía infligió a Wilson Gutiérrez Soler, tras ser detenido de manera irregular, el Estado pagó 900 millones de pesos.

miércoles, 8 de agosto de 2007

Lista terna para Corte Constitucional

Después de terminar su período individual de ocho años el Magistrado de la Corte Constitucional Alvaro Tafur se retira y pasará a ser reemplazado en los próximos días. La terna para reemplazar a dicho magistrado fue dada por el Presidente Álvaro Uribe, a quien le correspondía según la Constitución y la ley. La decisión definitiva la tendrá la plenaria del Senado. Los candidatos de la terna son: Mauricio González, actual Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, Ilva Myriam Hoyos profesora de la Universidad de la Sabana y Cristina Schlesinger ex magistrada auxiliar de la Corte.

La polémica que se suscita es que en determinadas materias los candidatos tienen una ideología católica de base, así que su posición ya estaría sujeta a sus creencias en temas como el aborto, la eutanasia, el matrimonio entre parejas homosexuales (caso de las candidatas Hoyos y Schlesinger) y por otro lado se critica la afinidad política de los candidatos con el Presidente de la República, que en determinados casos puede limitar su independencia (TLC y política de seguridad democrática con proceso de justicia y paz). La Constitución establece el método de elección en las tres ramas: ejecutiva, legislativa y judicial (Consejo de Estado y Corte Suprema), pero se critica que se coarta la independencia judicial. Para esto traemos en los links las opiniones de dos columnas al respecto (Justicia de Semana y la columna de Alejandra Azuero) y la información de “El Tiempo” sobre los candidatos.

Links relacionados con el tema:

- Información de los candidatos de la terna: (El Tiempo)

http://www.eltiempo.com/justicia/2007-08-03/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR-3664836.html

- La Corte de Uribe (artículo de Semana)

http://www.semana.com/wf_InfoArticulo.aspx?IdArt=105231

- Vía Crucis hacia la terna – Alejandra Azuero

jueves, 19 de julio de 2007

Los tres mariachis


Los tres mariachis en una terraza en Madrid. A la izquierda Gabriel Muñoz doctorando en derecho tributario en la Universidad Carlos III de Madrid, en el medio el "Ravanelli" Marín profesor de derecho tributario de la Universidad Externado y a la derecha Gonzalo Ramírez disfrutando de las cañas y de la hermosa ciudad de Madrid con sus compañeros de curso del Externado. Un momento muy feliz para los tres.

miércoles, 18 de julio de 2007

Conferencia Universidad de Trento



El día 15 de junio tuve la oportunidad de estar en la ciudad de Trento (Italia) dictando una conferencia sobre "El sistema interamericano de protección de los derechos humanos" en el marco del seminario internacional organizado por la red Alfa titulada "International Regional jurisdictions for the protections of Human Rights: The European Court of Human Rights and the Inter - American Court of Human Rights Compared", en la foto leyendo la ponencia junto con la profesora Beatriz Ester Larraín Martinez de la Universidad de Concepción de Chile y el profesor Stavros Tsakirakis de la Universidad Kapodistrian de Atenas - Grecia.



Aquí con algunos de los conferencistas y asistentes después de la Conferencia. Entre ellos Rory O 'Conell de la Unviersidad de Belfast (izquierda) la profesora Beatriz y Stavros, el profesor italiano Antonino Ali de la Universidad de Trento, el estudiante de doctorado argentino , las becarias de la Universidad Autónoma de Bucaramanga Silvia Juliana Rojas y Julia Cardenas, la profesora Aida Férnandez de los Campos de la Universidad Autónoma de Bucaramanga y la profesora Argelia Queralt de la Universidad de Barcelona. En el fondo a la izquierda el profesor Marco Antonito Sagastume de la Universidad San Carlos de Guatemala y a la derecha sonriente el profesor Cesare Pitea de la Universidad degli Studi di Parma.

sábado, 2 de junio de 2007

Entrevista radial el día lunes 4 a las 8:30 p.m.

http://emisora.udea.edu.co/#none


Invito a todos mis amigos, alumnos y visitantes de este blog, a que el próximo lunes 4 de junio a las 8:30 de la noche se conecten con la emisora de la Universidad de Antioquia F.M. 101.9 en el programa "Hablemos de filosofía" con la presentación de Olga Lucía Echeverri, en donde me entrevistan por primera vez por radio.

La dirección de internet de la emisora es: http://emisora.udea.edu.co/#none. Espero se puedan conectarse y me comenten que les pareció la entrevista que tratará sobre la visita de Thomas Pogge a la Universidad de Antioquia el pasado 11 de mayo, y temas referidos a la "filosofía de la justicia" y el problema de la pobreza y el hambre.


Gracias

sábado, 26 de mayo de 2007

La tutela como nuevo trámite para pedir medicamentos o tratamientos


En información del Diario “El Tiempo” del día de ayer se relata una vez más las fallas del sistema de salud. Los medicamentos, tratamientos, procedimientos y exámenes médicos ya incluidos en el POS tienen que ser tramitados a través de la interposición de una acción de tutela para que las EPS cumplan con sus obligaciones de otorgarlos efectivamente. Esto sin contar con los que no estan en el Plan Obligatorio de Salud, en donde se exigiría una doble tutela, una para poder incluir el medicamento o tratamiento, por ejemplo en las llamadas "enfermdedades catastróficas", y otra para verificar que efectivamente se de dicho medicamento o se preste el tratamiento no incluido.
Es increible que en estos casos que no se parta primero del cambio de la ley en materia de salud para que de una vez por todas se sepa qué medicamentos y operaciones ya definidos reiteradamente por los jueces de tutela tengan que ser asumidos dentro del POS, y a qué sanciones se atienen las EPS por no otorgarlos oportunamente. Esto evitaría que toda la responsabilidad se concentre en los jueces constitucionales, que implica además, mover todo el aparato judicial con los respectivos costos. Recuerda la nota de César Giraldo en El Tiempo que del derecho de la salud muchas veces depende la vida, y judicializar el proceso - “la tutelitis” - como un nuevo trámite para otorgar el medicamento o autorizar la operación se convierte en una nueva pervisión y distorsión del sistema de protección en salud.

Copiamos en esta "nota"el artículo del diario El Tiempo sobre la materia:
(la foto es tomada de la nota de El Tiempo)

1.077 tutelas han remitido jueces a Superintendencia de Salud por incumplimientos de las EPS (El tiempo mayo 25 de 2007)
El 50 por ciento de estos fallos, emitidos en lo que va corrido de este año, se refieren a servicios que están incluidos en los Planes Obligatorios de Salud (POS).Los jueces piden a la Superintendencia que "proceda a investigar" y sancionar a las EPS que reiteradamente incumplen con su obligación.

En solo día y medio de esta semana, a la Supersalud llegaron 22 fallos de tutela relacionados con medicamentos, procedimientos, exámenes de laboratorio o aparatos que se encuentran incluidos en el POS y que las EPS no entregan con oportunidad a sus afiliados. "El drama es que cualquier demora en una persona enferma puede significar la vida, una lesión permanente o un problema más grave del que se presentó inicialmente", explica un abogado de la Superintendencia.

"Lo triste es que en la mayoría de casos, por lo menos el 80 por ciento, se trata de tutelas contra EPS del Subsidiado de Bogotá. ¡Imagínese como estará el resto del país!", comenta un abogado de la Supersalud mientras examina un fallo. Al drama que enfrentan los pacientes y sus familias se suman los costos que implica acceder al proceso (aunque se presume que no los tenga). Quien no conoce el mecanismo de la tutela, consigue un abogado al que le paga para que redacte la petición, más el costo de las fotocopias y los transportes.

Por otra parte, no solo aparecen los costos en que incurren los juzgados, sino la congestión de los mismos. De hecho, así la EPS pierda el proceso, la condena no incluye ningún pago a las arcas de la justicia. Ante lo reiterado de esta situación, la Supersalud realizó recientemente un encuentro con los administradores de las EPS en el que los llamó a ser más diligentes y evitar que una persona tenga que recurrir a la justicia para hacer valer sus derechos.

Al mismo tiempo, el ente de vigilancia y control adelanta un convenio con el Consejo Superior de la Judicatura para capacitar a los jueces en POS y en derechos de salud.La Supersalud espera recibir de los jueces elementos que le permitan hacer más rápida la respuesta a los reclamos de los ciudadanos con el objeto de evitar la tutela, y más ejemplarizantes las sanciones a las EPS que violen las normas. La nueva estrategia será anunciada en los próximos días.

Fosyga, un cuello de botella en el sistema:

La Superintendencia reconoce que se requiere hacer mayores ajustes en el Fosyga, que es el encargado de administrar los recursos de la salud, y que esta tarea la tendrá que hacer el Ministerio de la Protección Social.

El Fosyga se demora en girar los recursos, tiene restricciones para los pagos y "al parecer permite que se generen zonas en las que no define claramente si el servicio está o no en el POS, razón por la cual demora o no reconoce muchas cuentas a las EPS", explica un experto de la Súper. Y las EPS, agrega, se escudan en esa falla para negar algún procedimiento.

CÉSAR GIRALDO BRICEÑO (Redacción Económica)

jueves, 24 de mayo de 2007

Novedades de libros en derechos sociales

En este post se presentan algunas novedades de libros sobre derechos sociales, económicos y culturales, para algunos derechos positivos. El primero de ellos se trata de la obra de Gerardo Pisarello que desde hace algunos años viene trabajando el tema de los derechos sociales como derechos exigibles, el segundo de Lorenzo Peña que parte de la concepción de identificar los derechos sociales como derechos positivos y por ende resuelve el tema de cómo se clasicarían dichos derechos desde la naturaleza jurídica de este tipo de normas, y por último el libro de David Bilchitz “Poverty and human rights” que trata cómo la pobreza extrema en la actualidad se convierte en una forma masiva de violación de los derechos humanos en general. El libro de Pisarello puede ser comprado en Colombia, ya que es distribuido por Siglo del Hombre editores y los demás pueden ser ordenados por Internet en la librería Marcial Pons de Madrid (España) .

Links de las librerías:
http://www.siglodelhombre.com
http://www.marcialpons.es


1) Derechos sociales y sus garantías:

Gerardo Pisarelllo


La caracterización de los derechos sociales como derechos de los sujetos más débiles o en mayor situación de vulnerabilidad, explica que su reivindicación y su consagración jurídica recluten partidarios entre quienes poseen una sensibilidad igualitaria. Lo cierto, sin embargo, es que el reconocimiento positivo de los derechos sociales está lejos de haberlos convertido en expectativas plenamente exigibles frente al poder, o en instrumentos aptos para asegurar las necesidades básicas y la autonomía de sus destinatarios. Aunque la vulneración de los derechos sociales obedece sobre todo a las desigualdades de poder existentes en la sociedad, se explica también por la percepción devaluada que se tiene de ellos en relación con otros derechos considerados fundamentales. La porfiada vigencia, entre los operadores jurídicos, de la tesis de los derechos sociales como simples principios rectores o como derechos no justiciables, es sólo una de las pruebas de esa arraigada concepción. Este libro explora de manera crítica algunos de los argumentos que dan cobertura a la tesis de la «minoría de edad» de los derechos sociales en cuatro niveles discursivos: el de historia de los derechos, el de filosofía normativa, el de teoría jurídica y el de la dogmática constitucional. Asimismo, ofrece elementos para repensar sus garantías políticas y jurídicas desde una perspectiva genuinamente democrática, participativa y multinivel.


Precio: $49,300 pesos ($25 US)
Editorial: Trotta
ISBN: 978-84-8164-894-2
Encuadernación: Rústica, 140 páginas Año de Edición: 2007


2) Los derechos positivos las demandas justas de acciones y prestaciones
Otros autores:Editor literario: Peña, Lorenzo
20,25 €
Lugar y fecha de edición: Madrid 2006Editorial: Plaza Valdés Páginas: 406



Este libro pretende responder a cuestiones relacionadas con los derechos positivos, los cuales suscitan dificultades de diverso orden; por lo cual, todavía hoy, su aceptación dista de ser unánime. Algunas de las dificultades son jurídicas y otras son puramente lógicas. Constituye uno de los grandes avances del siglo XX haber reconocido los derechos positivos (principalmente los de bienestar), dentro del elenco de los derechos fundamentales del ser humano, según se ha plasmado en la mayoría de constiutuciones de los últimos decenios y en varios instrumentos de derecho internacional público (empezando por la Declaración Universal de 1948).



3) Poverty and fundamental rights the justification and enforcement of socio-economics rights


Autor principal: Bilchitz, David

84,85 €
Lugar y fecha de edición: Oxford 2007

Editorial: Oxford University Press Páginas: 271

Este libro trata de el urgente tema de la pobreza extrema y de la desigualdad, y la pregunta de porque las violaciones de los derechos sociales y económicas se tratan de una manera menos urgentes que las violaciones derechos civiles y políticos, en un mundo donde millones de personas no son amparadas en sus derechos de bienestar . Este libro combina los elementos de la filosofía politica con el derecho constitucional y las politicas públicas y se concentra en el análisis del derecho a la alimentación, la vivienda y la salud.

This book addresses the pressing issue of severe poverty and inequality, and questions why violations of socio-economic rights are treated with less urgency than violations of civil and political rights, such as the right to freedom of speech or to vote? Socio-economic rights have been widely regarded as aspirational goals, rhetorically useful, but having few practical implications for government policy and the distribution of resources within a polity. It is not therefore surprising that socio-economic rights have been systematically neglected in the world today, with millions still lacking access to even basic shelter, food or health-care. This book seeks to provide a sustained argument for placing renewed emphasis upon socio-economic rights in the fight against desperate poverty. It utilizes a combination of political philosophy, constitutional law, and public policy in its focus on the right to food, to housing, and to health-care. Part I involves the development of a philosophical theory of rights that provides a common normative foundation for both civil and political rights and socio- economic rights. This theory involves developing an understanding of value that recognizes individuals have fundamental interests of differing levels of urgency. It also involves drawing an important distinction between conditional rights that flow purely from a normative focus on the equal importance of individuals and unconditional rights that involve competing normative and pragmatic considerations. A general theory of judicial review is also put forward that provides a justification for judicial involvement in the enforcement of socio- economic rights. Part II then considers the implications of this general philosophical theory for the interpretation and enforcement of socio- economic rights in law. The focus of this more applied discussion is upon South Africa, where entrenched, directly justifiable socio-economic rights are expressly protected in the constitution.