lunes, 19 de marzo de 2012

200 años de la Constitución de Cádiz



Cuadro sobre la promulgación de la Constitución de Cádiz de Salvador Viniegra Museo de las Cortés de Cádiz.

Hoy día de San José se cumplen 200 años de la Constitución de Cádiz "La Pepa". Una Constitución que para Restrepo Piedrahíta influyó en nuestro constitucionalismo colombiano de una manera determinante. Hasta hace unos años Restrepo contaba en sus clases que la Constitución Gaditana era la más larga del mundo con 384 artículos. Hoy es superada en número por constituciones como la de la India con 395 artículos, la boliviana con 410 y la ecuatoriana con 444.

Aunque se trata de una Constitución de transición, hecha por liberales "afrancesados" la Constitución es un hito del constitucionalismo hispano ya que se establece la división de poderes en Rey, Cortes, Tribunales de Justicia y el establecimiento del Consejo de Estado. También dentro de sus innovaciones se encuentra la limitación a las penas crueles e inhumanas como el artículo 303 que prohibe penas como "tormentos y apremios" y el artículo 304 que prohibe la pena de confiscación (Beccaria y Filangieri en todo su esplendor). También se destaca el título IX sobre "Instrucción Pública" que aunque habla de que la educación tiene que ser conforme a la religión católica, en el artículo 371 se establece la libertad de expresión cuando se dice que "Todos los españoles tiene la libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y la responsabilidad que establezcan las leyes". Del mismo modo se estableció en el artículo 375 una cláusula de intangibilidad expresa de carácter temporal para la reforma constitucional cuando se dice que, "Hasta pasados ocho años después de hallarse puesta en práctica la Constitución en todas sus partes, no se podrá proponer alteración, adición, ni reforma en ninguno de sus artículos".

Eduardo Posada Carbó habla hoy en El Tiempo de la influencia de "larga duración" de la Constitución de Cádiz que tendría innovaciones como la división de poderes, la expansión del sufragio, el gobierno representativo y la libertad de expresión. Sin embargo otros autores como Ricardo Sanín critican la visión romántica de la influencia de la "Pepa" y dicen "que la transfusión de Cádiz a Latinoamérica está atravesada por estrategias de preservación del poder político, continuidades y resistencias, pero sobre todo adulteraciones fabricadas conscientemente par la mantener la fluidez de un aparato de sometimiento basado en la retención del lenguaje jurídico por parte de una élite que continúa en un lugar de dominación política, pero que cada vez está más cercada por nuevas e ingeniosas formas de lucha por la emancipación del lenguaje que deviene el derecho". (La Constitución de Cádiz o la antimateria de la democracia latinoamericana).

Buena o mala la Constitución de Cádiz también hace parte de nuestra historia constitucional y debemos verificar sus influencias en nuestro constitucionalismo de una manera critica por supuesto. Gracias a Daniel Flórez, Santiago Pardo, Fernando Rey, Floralba Padrón y Andrés Botero por alguna información sobre la Pepa.

Links:

- Constitución de Cádiz de 1812 aquí.

- Columna de Eduardo Posada Carbó "Las fiestas de Cádiz"

- "Momento Gaditano". Roberto Breña 4 de febrero de 1812.