domingo, 24 de julio de 2011

sábado, 9 de julio de 2011

Entrevista radial sobre los derechos de las personas homosexuales en Latinoamérica a Daniel Borrillo

Próximamente la Corte Constitucional resolverá dos de los temas más importantes sobre los derechos de los homosexuales en Colombia. En primer lugar una tutela relacionada con la posibilidad de la adopción de parejas homosexuales, y en segundo lugar una demanda de inconstitucionalidad al código civil para posibilitar el matrimonio homosexual o matrimonio paritario.

El año pasado nos visitó a la Universidad Externado nuestro amigo Daniel Borrillo, profesor argentino que enseña en investiga en Francia en el Centro de Investigaciones CENERES y en Paris X, Nantérre, quien nos orientó sobre los avances en el derecho comparado en el tema de los derechos de los homosexuales. En Latinoamérica, continente caracterizado por su ancestral influencia de la Iglesia católica, se han establecido logros sobre los derechos de los homosexuales. En la ciudad de México se ha establecido la posibilidad del matrimonio y la adopción por parejas homosexuales y Argentina se convirtió en el primer país en América Latina que a través de una ley estableció la posibilidad del matrimonio y la adopción por parejas gay. En Brasil a partir de una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia se estableció la posibilidad de la adopción por parejas del mismo sexo.

Daniel fue entrevistado recientemente por la Radio Cultural Francesa aquí puede escuchar dicha entrevista.

También una noticia del periódico el Tiempo en donde se dan las posibles posiciones de los Magistrados en la votación "Así arranca en la Corte debate definitivo por matrimonio gay"

miércoles, 6 de julio de 2011

Rendición de cuentas. Sentencia de Salud T - 760 de 2008

Nos llega la información de la Corte Constitucional en donde se dice que mañana se celebrará una jornada de rendición de cuentas de parte del gobierno de la Sentencia de Salud T - 760 de 2008. También esta nota de la Revista Semana sobre la crisis de la salud y el uso de la tutela para adquirir medicamentos que deberían estar en el POS, la corrupción y la crisis del sistema. Noticia aquí.

La Sala Especial conformada por la Corte Constitucional para llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-760 de 2008, integrada por los magistrados Mauricio González Cuervo, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo y Jorge Iván Palacio Palacio, quien la preside, recuerda que el día 7 de julio del año en curso, desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., se realizará la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas en materia de Salud, referida las órdenes 16, 17, 18, 21, 22 sobre precisión, actualización, unificación y acceso a los planes de beneficios. La Audiencia será transmitida en directo a través de la página web de la Corte Constitucional www.corteconstitucional.gov.co , desde las 8 de la mañana. Adicionalmente se reportará sobre el desarrollo de la Audiencia a través de las redes sociales de facebook y twitter.

______________________________________________________________________


Toda la información sobre la Corte Constitucional de Colombia en http://www.corteconstitucional.gov.co


Visite la página de la Rama Judicial en http://www.ramajudicial.gov.co/
Corte Suprema http://www.cortesuprema.gov.co/
Consejo de Estado http://www.consejodeestado.gov.co/

Firme el Libro de Visitas en http://www.corteconstitucional.gov.co

lunes, 4 de julio de 2011

Nacida el 4 de julio. 20 años de la Constitución de 1991

En 1990 cuando se consolidó la idea de la Constituyente, viaje a Estados Unidos a hacer un intercambio, ya me había presentado a la entrevista para estudiar derecho en la Universidad Externado, y había obtenido el cupo. Cuando viaje, se planteaba el tema de una reforma profunda de la Constitución de 1886, con algunas limitaciones temáticas en el Decreto de Gaviria (Decreto 1926 del 24 de agosto de 1990), pero el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que tenía como ponente al recientemente fallecido Magistrado Fabio Morón dio lugar a que se abriera un proceso constituyente sin limitaciones (Sentencia 138 de 9 de noviembre de 1990). Mi papá me enviaba recortes de prensa por correo aéreo de cómo iban las discusiones, y me contaba por teléfono algunos pormenores. No existía en 1990 - 1991 Internet. Cuando regresé a Colombia en julio de 1991 estaban en pleno fervor constituyente. Ví la promulgación conjunta de los tres presidentes, Horacio Serpa, Antonio Navarro Wolff y Alvaro Gómez en una peluquería como a las 6.00 o 7.00 p.m después de las notas del Mesías de Händel. El peluquero era cristiano y sería todo un cambio para él en materia de laicisimo y reconocimiento religioso, también para los indígenas, para los afros y para instituciones como la Justicia, el Congreso y la idea de descentralización territorial en donde se darían nuevos rumbos.

Estudié la Constitución de 1991 con Sandra Morelli como profesora en segundo año, ella es experta en descentralización territorial y fue donde más se enfocó el curso de constitucional colombiano. Sin embargo, en primer año ya habíamos analizado los derechos fundamentales, conjuntamente con el profesor de civil. Era época de cambios también para los profesores. Los únicos libros que se conseguían era uno de Carlos Lleras de la Fuente, Augusto Hernández Becerra que se llamaba "Constitución y Genésis de la Constitución de 1991" con comentarios a la Constitución que todavía uso. La tutela se comenzó a ver como una figura revolucionaria y útil para la defensa de los derechos fundamentales. El primer control de constitucionalidad "duro" fue el del Concordato que estudiamos con unas fotocopias que alguien había conseguido en la Corte Constitucional de la calle 72.

Los dejo con un documento en obra gris sobre los 20 años de la Constitución.

20 años después con más de 30 reformas, la Constitución de 1991. Es una obra imperfecta como cualquier otra, pero ha supuesto una transformación evidente para toda una generación.


martes, 21 de junio de 2011

Indexación Revista Derecho del Estado





Gracias a la labor de Paola Andrea Acosta como coordinadora general de la Revista y al doctor Néstor Osuna director de la misma, desde el pasado mes de mayo Colciencias indexó la Revista Derecho del Estado, publicación semestral del Departamento de Derecho Constiucional. La indexación es el aval que da Colciencias a las publicaciones académicas, en donde se valora los contenidos, aspectos formales y la periodicidad de la revista, que puede dar lugar a que los autores que publiquen puedan ganar puntos en las Universidades que otorguen puntajes por publicaciones. Así mismo la revista se difunde en catálogos especializados.

La Revista se puede consultar por Internet desde el número 7 de 1999 hasta el último número de la nueva serie, número 25 de diciembre de 2010. Para consultar la Revista se puede por número o por autor. Los dejo con el link de la revista pinchando aquí . Para los autores que quieran publicar en la Revista por favor contactarse con Paola Andrea Acosta paola.acosta@uexternado.edu.co

lunes, 20 de junio de 2011

Riggs vs. Palmer de 1889 principios vs. reglas

El caso que pone como ejemplo Dworkin en ¨Los derechos en serio¨ para explicar que los casos judiciales se resuelven a través de principios y no de normas. Riggs vs. Palmer el nieto que asesina a su abuelo para quedarse con la herencia. El nieto es condenado ¿Tiene derecho a la herencia por las normas de derecho civil? Según el Tribunal de Apelaciones de Nueva York de 1889 no, porque iría en contra del principio de que ¨nadie se puede favorecer de su propio dolo¨ que primaría sobre las reglas de sucesión del derecho civil. Aquí puede leer el caso en español de la Revista Telemática de Filosofía del Derecho, 2008. En este blog ¨Razonamiento Jurídico¨ de la Cátedra de Argumentanción Jurídica de Manuel Atienza lo encontré.

domingo, 19 de junio de 2011

La influencia del constitucionalismo escocés en el origen del constitucionalismo norteamericano


Los historiadores del derecho constitucional en Estados Unidos siguen realizando exploraciones comparativas sobre posibles influencias o recepciones del derecho inglés en el derecho norteamericano. Continuamente se cita al juez Coke y el Bonhan case de 1610, para establecer que allí se originó el moderno control de las leyes, ya que Coke se negó a aplicar una ley contraria al common law. Por esta razón se dice que cuando Hamilton en el número 78 del Federalista expone la concepción teórica del control de constitucionalidad de las leyes que recogería años después el juez Marshall en el famoso fallo Marbury vs. Madison de 1803, origen del moderno control de constitucionalidad de las leyes, lo único que tomó fue la doctrina tradicional inglesa de establecer que el precedente formado en el common law tenía que ser seguido por los jueces posteriores y no podía ser contrariado por las leyes. La idea de Constitución escrita, y la introducción de la Carta de Derechos con las primeras X enmiendas consolidarón esta idea.

Sin embargo, se discute por parte de los constitucionalistas estadounidenses el origen de la introducción del artículo III, en donde se establece la reglamentación del órgano judicial y su sistema de jerarquía en un Tribunal Supremo. James Fander y Daniel Birk en un reciente artículo publicado en la Harvard Law Review explican que el posible origen de dicha disposición se encuentra en la recepción del constitucionalismo escocés. Ya en otros campos como el de la filosofía, la economía y la política la influencia de los escoceses se hace evidente cuando se habla de autores como David Hume, Adam Smith o David Ricardo. Sin embargo, son pocos los estudios de la influencia de Escocia en el derecho constitucional y este artículo puede dar luces al respecto.

Ver el artículo ¨Article III and the Scottish Judiciary¨ the James E. Fander y Daniel Birk en el Número de mayo de la Harvard Law Review aquí.