jueves, 2 de octubre de 2014

Globalización y derecho. Taller II


 
TALLER No 2

Área de Formación común “Globalización y Derecho”
Profesor: Gonzalo A. Ramírez Cleves

1. Teniendo en cuenta la noticia explique si se trata de un fenómeno de pluralismo jurídico, transnacionalización o transpolación de un sistema jurídico, la participación de nuevos actores y espacios, homogenización del derecho, “turismo de derecho”, “derecho a la carta”, privatización del derecho, jurisprudencialización del derecho, adaptación del derecho al proceso de globalización, fortalecimiento de derechos o surgimiento de nuevos derechos o diálogo entre Cortes. (Explicar la noticia brevemente y explicar porqué razones se puede encuadrar en uno o varios de los conceptos de globalización del derecho)

2. En febrero 24 de 2012 la Corte Intereamericana en el caso Attala vs. Chile estableció que las personas del mismo sexo no pueden ser discriminadas por su orientación sexual (Fundamentos Jurídicos 84 a 93 especialmente) y que la patria potestad de un niño en cabeza de una pareja del mismo sexo no afecta el interés superior del niño (Fundamentos Jurídicos 100 – 145). Explique cómo en dicha sentencia se evidencia la sínergia o relación reciproca entre el derecho interno y derecho internacional.
Ver Sentencia:

3. Algunos de los autores que analizan la relación entre Globalización y derecho consideran que el derecho internacional va a ser la base para una eventual formación de un Derecho Global. ¿Cuáles son las criticas que se pueden hacer a dicha posición?

4. En abril de 2013 la Corte Suprema de la India en el caso de la farmacéutica de origen suizo Novartis decidió no patentar su medicamento anticancerígeno Gilvec por que consideró que no era una innovación. ¿Explique cómo dicha decisión local puede llegar a influir en una eventual regulación global sobre los medicamentos genéricos y las patentes?

Noticia en inglés con la Sentencia en la India

David contra Goliat

India Salvaguardia su condición de Farmacia de los pobres

Algunos recursos interesantes: 

- No 19 Derecho Penal Económico y de la Empresa aquí. 

- No 66 Globalización y derecho aquí. 

-No 123  Crisis de la deuda argentina aqui. 


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Comunidad de Constitucional. Ejercicio No 8



¿Derecho fundamental a Internet?


Caso Problemático: 

La población del Departamento del Vaupés es de 39.300 habitantes, de los cuales, 28.000 viven en su capital, Mitú.

En ese Departamento circulan varios periódicos y revistas nacionales y llega la frecuencia de la radio nacional, así como la señal abierta de televisión, con canales públicos y privados.

En los últimos meses, diez estudiantes de undécimo grado de bachillerato han presentado varias solicitudes ante la Alcaldía de Mitú y la Gobernación del Vaupés para que se instale algún sistema de acceso a internet que permita navegar en la red de modo gratuito, o al menos subsidiado, en el parque principal de Mitú. Según su representante, "hoy por hoy, el acceso a internet es un derecho fundamental inherente a las más elementales necesidades de información y comunicación".

Tanto la Alcaldía como la Gobernación han respondido que en las circunstancias actuales resulta imposible instalar algún sistema de conexión a internet habida cuenta de los elevados costos que ello representa, "máxime si se tiene presente que sólo diez personas son quienes están presentado dicha solicitud".

Además, según el portavoz de dichas instituciones, "al igual que el resto de pobladores del departamento, estos jóvenes tienen garantizado su derecho a la información mediante otros medios tales como la TV y la radio". En este sentido, señalan que "si bien la Constitución establece que todas las personas son titulares del derecho a la comunicación y a la información, en ninguno de sus artículos prevé que estos se deban garantizar mediante el acceso a internet".

También manifiestan que "resulta descabellado sostener que el acceso a internet es un auténtico derecho fundamental dado que no guarda estrecha relación con la dignidad humana".

Los estudiantes solicitan su concepto sobre la respuesta de dichas entidades a sus requerimientos.

Preguntas: 

1) ¿Teniendo en cuenta el artículo 94 de la C.P. qué se entiende por "derechos constitucionales innominados". Podría dar algunos ejemplos de estos?

2) ¿Sin qué existan el derecho fundamental al internet en la Constitución se podría por parte de los estudiantes pedir la tutela de este derecho? Si es así con base en qué artículos constitucionales

3) Cuáles son los tratados de derechos humanos que podrían servirle a los estudiantes para que alegarán el "derecho fundamental al internet". Existe al algún tratado, acuerdo firmado o ratificado por Colombia que llevé a obtener este derecho. 

4) Existe algún precedente - jurisprudencia de la Corte Constitucional - que le podría ayudar a los estudiantes para obtener el derecho fundamental a la Internet dentro de su municipio. 

Algunos recursos: 

Derechos Fundamentales innominados: 

- Adriana Cristina Ferreira "Los derechos innominados en Colombia" aquí 

- Jurisprudencia Sentencias T-881 de 2002, T-1103 de 2000, T-289 de 1998

-Resolucion de Naciones Unidas, no firmada por Colombia - Resolution A/HRC/20/L.13 passed “The promotion, protection and 
enjoyment of human rights on the internet” (Junio 29 de 2012)
http://www.regeringen.se/content/1/c6/19/64/51/6999c512.pdf

Derecho Fundamental a Internet:

 - Una verdadera red mundial. Evaluación de Internet desde el enfoque de los derechos humanos aquí. 

- Jonathan Penney "Internet acces rights: a brief history and intellectual origins" (SSRN) aquí. 

Periódicos: 

- "Naciones Unidas declara Internet como un derecho humano", 2001, El Mundo aquí

- "Senado hundió proyecto que establecía el derecho a la banda ancha como derecho fundamental", El Espectador 30 de septiembre de 2014 aquí. 

- "Internet como derecho fundamental". Carolina Botero, El Espectador aquí 

Video

Internet as a human right aquí (Inglés).