domingo, 28 de octubre de 2007

Comentario de Fresán al nuevo libro de Vila - Matas

Rodrigo Fresán, autor de "La velocidad de las cosas", "Mantra" entre otras obras, hace parte de una generación de amigos escritores que viven en Catalúña, donde se encuentra la sede de las principales editoriales españolas, y que quedo huérfano con la muerte de Roberto Bolaño ("Los detectives salvajes" y 2666).
De este grupo a Fresán solo le queda Enrique Vila - Matas, el escritor catalán que trabaja en sus libros temas poco conocidos y literarios como la desaparición, el problema de la "literatosis" en el enfermedad que consiste en vivir citando a escritores cada vez que hacemos algo en la vida en el "Mal de Montano", o el mal opuesto el de no escribir nada a pesar de tener la capacidad creativa, porque el no hacerlo es una obra en sí misma (Bartleby y compañia).
Aunuque Vila - Matas también se ha ocupado de llenar páginas como novelas, por ejemplo o la historia de un nacionalista catalán que es abandonado por su esposa en su senectud "La historia vertical", o los recuerdos de su estancia como estudiantes en el antiguo apartamento de Margarite Duras en París en donde aprovecha para contarnos la dificultad de escribir su primera obras "La asesina ilustrada" ,al escritor catalán se le ha acusado de academicista y poco realista.
Publicamos ahora un comentario que Fresán hace de la obra de su amigo Vila - Matas, que describimos como un compulsivo inventor de historias a través de la literatura y por la literatura que en esta última obra según Fresan pr obra de cuentos pretende ser más visceral y sanguineo.
El libro de Vila - Matas comentado se titula "Exploradores del destino", por supuesto publicado por Anagrama. Aquí les va el comentario tomado de la Revista Letras libres:

Exploradores del abismo, de Enrique Vila-Matas
por: Rodrigo Fresán
Tomado de: http://www.letraslibres.com/index.php?art=12408&rev=2


En uno de sus textos más citados, Jorge Luis Borges confiesa en la primera línea que “Al otro, a Borges, es a quien le suceden las cosas”. A mitad de camino precisa que “Sería exagerado afirmar que nuestra relación es hostil; yo vivo, yo me dejo vivir, para que Borges pueda tramar su literatura y esa literatura me justifica”. Y, apenas seis o siete oraciones después, concluye: “No sé cuál de los dos escribe esta página.”


El “problema” de Enrique Vila-Matas –a diferencia del de Borges que, en realidad, es el de todo escritor que estima su vida como inocurrente frente al constante acontecer de y en su obra– es mucho más complejo y es también, me parece, el más privilegiado de los estigmas.


Porque cualquiera que conozca a este escritor nacido en Barcelona en 1948 –o cualquiera que siga sus libros, sus entrevistas o sus recientes columnas en El País con formato de journals espasmódicos– sabe perfectamente que Vila-Matas no tiene otro Vila-Matas. Que a ese único Vila-Matas es a quien le suceden las cosas, que su vida diaria o nocturna, interior o exterior, no justifica a nadie salvo a ese indivisible sí mismo, y que sabe él y sabemos nosotros, con seguridad incontestable, que no tiene duda alguna en cuanto a que ese único él es quien escribe sus páginas.


No sólo porque en el panorama de la literatura en español Vila-Matas sea uno de esos raros y admirables fenómenos que empiezan y terminan en sí mismos, sino porque también uno de sus rasgos más precisos y reconocibles es el de haberse procurado primero una vida que estuviese a la altura de su obra y, enseguida, una obra que estuviese a la altura de las obras que él más admira y que son ya parte de su vida. Así, serpiente que se muerde la cola, Vila-Matas es ya y desde hace mucho uno de esos escritores puros para los que la vida no puede sino ser un género literario: la non-fiction propia como una de las tantas encarnaciones de la fiction universal. Semejante certeza y el magistral uso que ha venido haciendo de esa certeza en novelas totales como Bartleby y compañía y El mal de Montano y Doctor Pasavento –que significaron su consagración internacional y su demorado reconocimiento nacional–, así como en títulos anteriores y acaso fundantes de una estética y una ética –como Historia abreviada de la literatura portátil y esas memoirs selectivas que son París no se acaba nunca–, llevaron a Vila-Matas a enfrentarse al “problema” antes mencionado presentándose formalmente, no como un callejón sin salida, pero sí, tal vez, como un pozo sin fondo. Me refiero al “problema” de que a él le pasaran demasiadas cosas, que él no pudiera dejar de escribirlas y que todas y cada una de esas cosas pasaran, indudablemente, por y para y en nombre de la literatura. Porque, a la luz encandilante de esos libros, cabía y cabe pensar, no que Vila-Matas se hubiera vuelto un adicto a la literatura, sino, por lo contrario, que la literatura fuese una yonqui perdida y enganchada a Vila-Matas.


Y, me parece, quizás me equivoque, pienso que esto empezaba a preocuparle al escritor, quien percibía una intensificación del síndrome ya desde hacía un tiempo. Si, en una entrevista en El País del año 2000 con Ignacio Echevarría, Vila-Matas todavía intentaba el juego de manos borgesiano (“El autor de mis escritos no soy yo mismo, sino otro personaje, el personaje fantasmal del escritor”), cuatro años más tarde, en esta misma revista y al aquí firmante, confesaba: “Hasta no hace mucho yo creía que escribir equivalía a empezar a conocerse a sí mismo; pero a medida que va pasando el tiempo me doy cuenta de que nunca sabré quién soy por culpa de escribir.”


Está claro que, ya entonces, Vila-Matas intuía que se acercaba a un punto de inflexión, a una curva peligrosa en su método. Una necesidad de un cambio de aire y de abrir –o volver a abrir– algunas ventanas en esa vivienda que viene construyendo y ampliando desde hace casi tres décadas y media.


Al menos algo de eso se percibe en Exploradores del abismo donde el doctor Vila-Matas se autodiagnostica un retorno al cuento como posible cura, entendiendo la renovada práctica del texto breve como terapia alternativa para producir o recuperar a ese otro borgesiano y escapar al “tempo moroso” de la novela. A un nuevo comienzo que funcione como coartada y punto de fuga y que, de algún modo, no se haga cargo de ciertas conductas anteriores.


Así, en la introducción “Café Kubista”, leemos: “Estoy seguro de que no podría haber escrito todos esos relatos si previamente, hace un año, no me hubiera transformado en alguien levemente distinto, no me hubiera convertido en otro. Justo es decir que el cambio se produjo con sencillez abrumadora. Un colapso físico acompañado de una pérdida de peso, contribuyó a ello. De pronto, tuve la sensación de haber heredado la obra literaria de otro y tener ahora tan sólo que gestionar su obra. Desde entonces, soy alguien que necesita de las leves discordancias con el antiguo inquilino de su cuerpo, discrepar con él ligera y sutilmente y, siempre que pueda, a modo de redundancia jocosa, hacerle perder peso en sus razonamientos.” Y en esa virtual declaración de principios y fines de este libro que es “La gota gorda”: “La tensión más fuerte la provocaba el duro esfuerzo de contar historias de personas normales y tener a la vez que reprimir mi tendencia a divertirme con textos metaliterarios: el duro esfuerzo, en definitiva, de contar historias de la vida cotidiana con sangre e hígado, tal como me habían exigido mis odiadores, que me habían reprochado excesos metaliterarios y ‘ausencia absoluta de sangre, de vida, de realidad, de apego a la existencia normal de personas’ [...] Me recriminaban también mis odiadores que hubiera mitificado tanto lo literario [...] He sudado la gota gorda con las secreciones y exudaciones de mis personajes, he hecho un esfuerzo increíble por mostrar ‘apego a la existencia normal de las personas normales’. Y últimamente me siento ya bien adaptado a mi nueva asquerosa vida [...] Además, ¿pero qué diablos?, ¿acaso no se trataba de cambiar de estilo?”


Anunciado todo esto, queda averiguar –con la lectura de Exploradores del abismo– si Vila-Matas ha cambiado o si ha conseguido corporizar un doble que camina con paso diferente en nuevas direcciones.


La respuesta es sí y no. Y está bien que así sea.


No, porque a esta altura de la expedición –marca de los verdaderamente grandes– ya hay un estilo Vila-Matas imposible de extirparle al ADN de este escritor. Hay un ritmo, un tono, una melancolía y un humor a los que sólo podría renunciarse con el silencio y la desaparición y –como queda demostrado en Doctor Pasavento, cuyo título de trabajo fue, no en vano, Doctor Pynchon– ni siquiera así: porque, por más que declare su admiración por la sencillez de lo poco y nada que pasa o deja de pasar en los cuentos de Raymond Carver, a Vila-Matas le seguirían sucediendo cosas vila-matianas; porque es inevitable derecho de los verdaderos maestros el provocar que el mundo y las personas que lo rodean muten forma y modales ante la radiación de un apellido convertido en adjetivo calificativo.


Sí, porque en Exploradores del abismo decide, por primera vez, reconocer ese influjo y, de algún modo, de frente o desde las laterales de ciertas tramas, dar explicaciones sin pedir disculpas pero sí preocupado por establecer exactamente qué fue lo que lo llevó a hacer lo que hizo, que lo lleva a deshacer lo que ya no quiere hacer y de qué manera le gustaría rehacerse.


Dicho esto, que nadie se engañe y busque aquí la hemingwayana punta del iceberg; porque lo que en realidad le interesa a Vila-Matas no es insinuar lo que hay por debajo de la línea de superficie del témpano sino averiguar cómo rayos fue que llegó allí arriba el Abominable Hombre de las Nieves.


Exploradores del abismo –su título de trabajo fue Fuera de aquí, título que ahora lleva uno de sus relatos y que sale de una cita de Kafka esperemos que cierta y fiel, porque con el manipulador apocrifante Vila-Matas nunca se sabe– se ubica sin problemas junto a otros brillantes acercamientos del autor a las ficciones breves como fueron Suicidios ejemplares, Hijos sin hijos y esa formidable mutación fractal de novela-en-cuentos que es Una casa para siempre. Exploradores del abismo es, como los anteriores, no un libro con cuentos (donde se reúnen piezas eventuales o por encargo para revistas y antologías) sino un libro de cuentos: un todo orgánico cuyas muchas cabezas acaban conformando una singular inteligencia pensando en una determinada y meditada dirección o tema.


Y si bien aquí pueden detectarse algunas esquirlas de cuestiones ya investigadas en sus artículos, lo que prima y sorprende es el modo en que Vila-Matas intenta desvilamatizarse por completo y lo que impresiona todavía más es la manera en que el Vila-Matas anterior, cuya obra ahora “gestiona” este Vila-Matas, se resiste lanzando, como cuchillos, sus habituales caballos de batalla y ases en la manga no al grito de “¡A la carga!” sino de “À la Kafka!”, proponiendo el nomadismo como forma de alcanzar el reposo epifánico, y estudiando a los demás como forma de diplomarse como solitario bien acompañado.


De esa ida y vuelta –de la relajada “tensión” y del sensible “duro esfuerzo” generado por la tentativa no ya de desaparecer sino de ser otro– se nutren y sudan los diecinueve cuentos aquí incluidos ocupándose de “gente anticuada y muy activa que mantiene una relación desinhibida y directa con el vacío. En algunos casos ese abismo es el centro del cuento que protagonizan, mientras que en otros, bien distintos, el vacío llega a ser sólo un buen pretexto para escribir un cuento”. Diecinueve “pretextos abismales” de los que me cuesta hablar por separado porque nunca me gustaron la reseñas de libros de cuentos que van cuento por cuento, como si contaran con los dedos. Pero sí mencionaré brevemente dos que, me parece, simbolizan y sintetizan a la perfección las dos polaridades no necesariamente irreconciliables pero sí complementarias del libro. Tan sólo diré que el deslumbrante, cruel, conmovedor, hepático y sanguíneo “Niño” es de lo mejor que ha hecho nunca Vila-Matas (y que sus treinta páginas contienen la intensidad de muchas excelentes novelas). Y que “Porque ella no lo pidió”, esa nouvelle y diario de trabajo inconcluso donde, en un juego de espejos turbios, Vila-Matas es vampirizado por Sophie Calle (o tal vez sea al revés), puede leerse como la versión práctica de la teoría postulada al principio del libro por Vila-Matas: las ganas de ser otro convertidas aquí en el desafío de que sea otra quien cambie de vida. “En definitiva, tú escribes una obra y yo la vivo”, propone Calle. Al final, Vila-Matas, por fin, accede al consuelo de sentirse “fuera de aquí”. Pero antes de eso, hay que decirlo, se enferma de gravedad luego de comprender que lo suyo no tiene cura: la literatura estará siempre allí y necesita tanto del metaliterario Jekyll como del transpirante Hyde.


¿Es ahora Vila-Matas un narrador de “historias de personas normales, normalísimas”? Me temo que no porque –por suerte para el lector– la idea que tiene de lo normal, bueno, nunca podrá ser normal. ¿Ha conseguido Vila-Matas ser otro? No del todo. Problemas de ser único. Tampoco creo que ésa haya sido nunca la idea y lo siento –la verdad que no lo siento en absoluto– por todos aquellos que esperen de él la gran novela sobre la Guerra Civil o sobre la Transición.


Vila-Matas –lo mismo le pasó a Borges con Borges– no conseguirá nunca librarse de Vila-Matas. Aunque se reprima, o eso asegure. De ahí que su imposibilidad de cambiar del todo vuelve a ser, más que nunca, nuestra completa recompensa. Lo que sí ha logrado Vila-Matas dentro de aquí, en Exploradores del abismo –no me parece casual que mi Diccionario de sinónimos proponga reconocimiento como variante de exploración–, es regresar de su empeñosa búsqueda sabiendo mejor quién es él, reconociéndose en el conocimiento de nuevas coordenadas del mismo mapa y, por último pero no en último lugar, haciendo mucho mejor lo que ya hacía como nadie sin ninguna necesidad de que algún otro le ayude a hacerlo. ~

viernes, 26 de octubre de 2007

Novedad para mediados de Noviembre - El derecho en el contexto de la globalización




Ya les digo la buena nueva : el libro que trabajamos con quince profesores "El derecho en el contexto de la globalización" por fin sale a la calle... no son las memorias de Virginia Vallejo y su relación horizontal con Escobar, tampoco el del hijo del Ajedrecista ni el de Rasguño, pero esperamos que también tenga éxitos en venta y que lo puedan adquirir hasta en los semáforos...


El lanzamiento será el 15 de noviembre. Aqui les mostramos la portada, después le pasamos el prólogo de Arnaud y alguna parte de la introducción con la relación de autores... !No dejé de comprarlo si quiere instruirse en estas vacaciones!


miércoles, 24 de octubre de 2007

La Constitución Económica - Introducción a artículo de Uprimny y Rodriguez

Siguiendo con la introducción de algunos textos interesantes que se pueden encontrar en Internet, presentamos la primera parte del escrito de César Rodriguez y Rodrigo Uprimny sobre la Constitución Económica en Colombia, con especial referencia al juicio de constitucionalidad del TLC.


"Constitución y modelo económico en Colombia: hacia una discusión productiva entre economía y derecho"

Por: César Augusto Rodríguez y Rodrigo Uprimny

I. Introducción


Uno de los debates académicos y públicos más interesantes de la última década en Colombia ha girado en torno a los alcances y la aplicación de las normas constitucionales sobre la economía. ¿Establece la Constitución de 1991 un modelo económico pre- preciso? ¿El equipo económico del gobierno está limitado por las normas constitucionales que consagrando derechos afectados por las políticas económicas? ¿Qué normas constitucionales debe respetar el Congreso al expedir leyes en materias como la reforma tributaria, el Tratado de Libre Comercio (TLC) y la reforma laboral? ¿En qué medida debe intervenir la forma Corte Constitucional en la política económica para garantizar la supremacía de la Constitución? Estos y otros difíciles interrogantes han enfrentado a economistas y juristas durante los últimos años. La controversia reaparece periódicamente a propósito de fallos importantes de la Corte Constitucional sobre derechos económicos, desde el derecho a la vivienda, afectado por el sistema vienda, UPAC UPAC, hasta los derechos fundamentales de los desplazados vulnerados por las deficiencias en las políticas sociales que buscan atender las necesidades de esta población.

Tras casi diez años de discusión, ¿Cuál es el balance de este interesante intercambio disciplinario? Desde nuestro punto de vista, el debate ha tenido tres etapas. La primera fue una fase de observación mutua, en la que juristas y economistas comenzaron acercarse al tema y a discutirlo dentro de sus respectivos círculos disciplinarios, pero sin establecer mayor contacto con sus pares en la otra disciplina. Muestra de estos esfuerzos pioneros y aislados que tuvieron lugar desde la expedición de la Constitución de 1991 hasta finales de la década pasada fue, de hecho, el Observatorio de Justicia Constitucional de la Universidad de Los Andes (1998), que hoy es uno de los organizadores del diálogo contenido en esta revista.

Tras estos primeros intentos, surgió una candente discusión entre académicos y profesionales de ambas disciplinas, que se extendió aproximadamente desde 1998 hasta 2004. Esta segunda fase se caracterizó por el tono polémico y defensivo de la conversación, animada por el deseo de unos y otros de reivindicar los supuestos metodológicos y las tesis su indicar sustantivas de sus respectivas disciplinas. Aunque muy fructífera en términos de publicaciones y foros, esta etapa se aproximó más a un diálogo de sordos que a un intercambio de ideas y propuestas genuino y constructivo. Sin embargo, las acaloradas discusiones sobre fallos controvertidos que la Corte Constitucional expidió en ese período, sirvieron para que economistas y juristas entraran en contacto y comenzaran, al fin, a leerse mutuamente.
Aunque lejos de provocar un una síntesis que reconcilie las posiciones de unos y otros, este contacto ha dado lugar a una muy saludable incorporación de consideraciones éticas y jurídicas en corporación los análisis de los economistas abiertos a esta discusión, y una muy productiva inclusión de elementos de juicio económicos en el trabajo reciente de los juristas interesados en asuntos de política económica y derechos sociales. Creemos, por tanto, que estamos en el inicio de una tercera fase de la discusión, marcada por un intercambio más fructífero, desde el punto de vista teórico y práctico, que el que dominó en las fases anteriores. Esta edición de nó Debates de Coyuntura Económica es un ejemplo de ello. En este y otros trabajos buscamos contribuir a esta nueva fase de la conversación. Para ello, incorporamos de manera explícita y crítica los aportes de la economía a la discusión sobre las instituciones y tendemos puentes con aportes sobre el mismo tema que ofrecen el derecho y otras ciencias sociales.

Desde esta perspectiva, en este texto nos concentraremos en dos preguntas: ¿Consagra la Constitución colombiana un modelo económico? y ¿Cuáles son los efectos jurídicos y prácticos de las normas constitucionales sobre temas económicos? La tesis que defendemos es la siguiente: la Constitución colombiana es vinculante como norma jurídica, en cuanto establece límites legales a la acción de los poderes públicos, y es valorativa porque consagra principios y valores específicos. Sin embargo, sostenemos que la Constitución es también abierta, porque no constitucionaliza un modelo económico preciso, sino que admite políticas económicas diversas, aunque dentro de ciertos límites normativos y valorativos.

Para sustentar esta tesis, organizamos el artículo en cinco partes. En la primera parte proponemos una tipología de las constituciones que permite identificar la naturaleza de la Constitución de 1991 y su efecto jurídico sobre temas económicos. En la segunda parte nos concentramos en las relaciones entre la Constitución y los modelos económicos. En la tercera sección analizamos estos conceptos desde el punto de vista de la Constitución de 1991, tratando de ver los márgenes de la política económica, pero también sus límites constitucionales. En la cuarta parte ofrecemos una ilustración práctica del argumento a propósito del debate actual sobre la constitucionalidad del TLC entre Colombia y Estados Unidos. Finalmente, en la quinta sección presentamos unas breves conclusiones.

Continua el escrito en el siguiente enlace (link)
http://dejusticia.org/pdf/libros/cr_constitucionModelo.pdf

martes, 23 de octubre de 2007

Lectures de NYU - 2006 - Jeremy Waldron

Presentamos una serie de documentos de las "Lectures" de la Universidad de Nueva York (NYU) realizadas por algunos teorícos jurídicos norteamericanos. EL Texto completo se encuentra en el enlace (link) al final de las introducciones. Este es el comienzo de la lectura del profesor Jeremy Waldron "El concepto y el Estado de derecho"



The Concept and the Rule of Law


Jeremy Waldron
[1]


I: Introduction

What is the relation between the concept of law and the Rule of Law? The question has come up before in jurisprudence[2], but it seems worth raising again, if only as a way of trying to rescue analytic legal philosophy from the inbred sterility of its current research program[3]. Let us begin with a brief sense of the terms of the question: (i) the concept of law and (ii) the Rule of Law.

(i) The concept of law.

Analytic legal philosophers (like Jeremy Bentham, John Austin, H.L.A. Hart, Jules Coleman, and Joseph Raz) ask and answer questions like these: “What is law?” “What is a proposition of law?” “What is legal validity?” They make a study of the concept of law. They intend that study to help clarify the meaning of straightforward propositions such as “It is against the law to drive faster than 70 kilometers per hour” as well as more controversial propositions such as “It is lawful in certain circumstances for police officers to enter private dwellings without knocking.”
[4]

They also intend their study of the concept of law to explicate and illuminate claims about the existence of legal systems in particular societies such as “Mexico has a legal system” (though it has to be said that their interest in statements of the latter kind is mostly for the sake of the contributions they make to the truth-conditions of statements of the former kind).

(ii) The Rule of Law.

Political philosophers (and some legal theorists) study the Rule of Law
[5], which is a political ideal—one of a number of ideals which define free societies in the modern world. (The others include democracy and human rights.) The Rule of Law celebrates features of a well-functioning system of government such as publicity and transparency in public administration, the generality and prospectivity of the norms that are enforced in society, the predictability of the social environment that these norms help to shape, the procedural fairness involved in their administration, the independence and incorruptibility of the judiciary, and so on.

It looks to a world where people in positions of power exercise their power within a constraining framework of public rules rather than on the basis of their own preferences, their own ideology, or their own individual sense of right and wrong.

Our question is: what is the relation between (i) and (ii)? Do those who study the concept of law focus on something different than those who study the Rule of Law? Do they focus on the same thing, but in a different way? Does the enterprise of studying one of these things build upon the enterprise of studying the other?

Grammar suggests that we need to understand the concept of law before we can understand the Rule of Law. “The Rule of Law” is a complex phrase and the word “law” is one of its components. Just as we cannot understand a phrase like “the protection of human rights” unless we understand the smaller component phrase “human rights,” and just as we cannot understand “the spread of democracy” without a grasp of the meaning of “democracy,” so too we cannot understand the meaning of “the Rule of Law” unless we already grasp the concept of law. I will call this the ROL COL position: it holds that talk of the Rule of Law presupposes that we have already made independent sense of the concept of law
[6].

In this paper I will present the case for the contrary position. This we can label as COL ROL: the concept of law already implicates the ideal we call the Rule of Law. To identify a society as having a system of law, as opposed to some other sort of order, is to identify it as satisfying some or all of the requirements associated with the Rule of Law. If grammar is an issue, then perhaps we can understand the occurrence of “law” in “the Rule of Law” as syncategorematic; the phrase should be read as though it were just one word—“ruleoflaw.” Ruleoflaw can then be regarded as something that figures non-tautologously in our analysis of the concept of law itself.

Anyway the exact parsing of the phrase matters less than the substantive position. Everyone agrees that there are a number of ways of ordering a society and that only some of them count as law
[7].But modern jurists – particularly modern positivists—are quite casual about what a system of governance has to be like in order to earn the appellation law. If it calls itself a system of law, they are very reluctant to question that self characterization[8].

Or if their starting point is not the self-characterizations of actual systems of governance, their own a priori specifications are very broad: basically any well-organized system of centralized order by the use of spoken or written prescriptions and prohibitions counts as law, at least if the prescriptions and prohibitions that feature in the ordering can be recognized as such, and referred to and talked about, by those whose actions and decisions constitute the ordering’s human face. I want to propose in this paper that a philosophy of law should be less accommodating than this.



Notes:
[1] University Professor in the School of Law, New York University. I am grateful to Mark Bennett, Jules Coleman, Ronald Dworkin, David Dyzenhaus, Kent Greenawalt, Stephen Perry, Joseph Raz, Scott Shapiro, Tom Campbell, and Ben Zipursky for discussions of this topic over the years. This paper was originally prepared for the Second Congress on the Philosophy of Law, Institute of Law Research, Mexico City, March 27-31, 2006. It benefited there from comments by Mitch Berman, Tom Campbell, Julie Dixon, Imer Flores, Andrei Marmor, Enrique Villanueva,
and Will Waluchow.
[2] See, e.g., Fuller 1969, Dworkin 2004, Simmonds 2005, and Bennett 2005
[3] For a forceful opinion of the sterility of modern analytical legal philosophy—particularly the
research program of modern positivism—see Dworkin 2002, 1677-80
[4] Cf. Hudson v. Michigan, Supreme Court of the United States, No. 04-1360, decided June 15,
2006.
[5] I capitalize the term “the Rule of Law” to distinguish it from the phrase “a rule of law” which
may be used to refer to a particular legal rule such as the rule against perpetuities or the rule in the United States that the President must be at least thirty-five years old.
[6] The direction of the arrow tells us about the order of implication: so, COL ROL entails ~ROL ~COL. The arrow points in a direction opposite to the order of understanding. So “ROL COL” expresses the claim (which I oppose) that the Rule of Law implies the concept of law, which of course indicates that the concept of law has to be understood first. It is like “Bachelor Unmarried,” which claims that a proposition abut a person being a bachelor implies a proposition about that person’s being unmarried. But as to the order of understanding, we have to understand how to use the term “unmarried” before we can understand “bachelor.”
[7] Thus most legal theorists admit the possibility of acephalous societies or purely customary “prelegal”societies: see e.g., Hart 1992, 91-4.
[8] Most rulers try to use the word “law” to describe their mode of rule, no matter what it is, just as most latter-day rulers use the word “democracy.” The difference is that in the case of democracy, political theorists are not afraid to challenge them: we don’t pander to the authoritarians and say that anything that calls itself a democracy is a democracy. I fear that, by contrast, modern analytic legal philosophy has been infected with an ethos of pandering to those who call their system of rule “law.” If it is an effective system of rule and it’s called “law,” then it is law, we say; we do not even look at the detail of its self-presentation, let alone at the way in which rule is actually carried out. It is time to stop this; it is time to be a little more discriminating. This is perhaps a caricature of a theory like that of H.L.A. Hart 1992; but, in my view, it is not as much of a caricature as it ought to be.

martes, 2 de octubre de 2007

Presentación del libro Justicia, rupturas y continuidades







Presentación del libro "Justicia, rupturas y continuidades" de Francisco Barbosa en la librería Lerner el pasado martes 25 de septiembre. El libro publicado por la Universidad Javeriana trata sobre el tema de la justicia de 1821 a 1853 en donde se da la transición de la Colonia a la República en la construcción de una idea novedosa de Nación sobre las bases de las ideas de la ilustración

PRESENTACIÓN DEL LIBRO DE FRANCISCO BARBOSA
(Librería Lerner 25 de septiembre de 2006)

Por: Gonzalo A. Ramírez Cleves

Podemos decir que el libro de F.B que hoy se presenta se escribió a dos manos por un lado la mano derecha rígida del jurista y la norma y por otro la mano izquierda más locuaz, extensa y profusa del historiador.

F.B abogado, internacionalista, publicista, administrativista además de novelista decide profundizar aún más en sus conocimientos para introducirse en los vericuetos del pasado. Si los hombres del Medioevo conocían y estudiaban especialidades diversas y disimiles como la medicina, la física, la literatura y la pintura por ejemplo de un Leonardo Da Vinci, el hombre moderno decide especializarse y esforzarse cada vez más por limitar los campos de su pensamiento a un reducto cada más pequeño.

F.B decide y se encamina a ampliar su saber más allá de las leyes para entender el porqué de su profesión y a su vez saciar su curiosidad y su ansias de conocer. El camino que toma parece ser el más tortuoso y difícil en nuestros días, ya que cada área del saber – ahora ciencias y pseudociencias – cuenta con barreras terminológicas o conceptuales, de metodología y de comprensión que hacen difícil poder encontrar puentes de comunicación incluso entre primos hermanos de las ciencias sociales como los son el derecho y la historia.

Cuando un abogado trata de hacer historia se remite a los antecedentes de la norma o la institución que analiza. Así si se trata por ejemplo, de la acción de tutela busca sus antecedentes en el Recurso de Amparo mexicano de 1898, o tal vez en una institución colonial granadina. Si se trata de estudiar la justicia constitucional buscarán algunos sus orígenes en el Senado de Censura y Protección de la Constitución Monárquica de Cundinamarca de 1811, o algunos encontraran que sus antecedentes se remiten a un control traído de la Constitución de la Confederación Suiza de 1848 o una modificación del “judicial review” norteamericano que implementarían en nuestro país el partido republicano antioqueño de Carlos E. Restrepo y Nicolás Esguerra después del quinquenio de Reyes en 1910 etc.

Pero para el historiador contemporáneo estos trabajos no serían historia en toda su complejidad. Sería solamente una especie de genealogía normativa o institucional con esfuerzos meritorios pero no con la comprensión del pasado al servicio del presente y sus relaciones transversales y complejas.

Por otra parte si un historiador decide encontrar en el derecho su fuente de estudio se encontrará muchas veces con el problema de definir el objeto de su investigación ya que “el derecho” se destaca como una de las especialidades más ambiguas y difíciles de definir. ¿Será derecho únicamente el complejo de leyes, normas y jurisprudencia? ¿Será el entendimiento de lo justo y la idea del bien? ¿Será lo que efectivamente puede restringir o dirigir la conducta de los hombres y la sociedad?

Así que el historiador de carrera tendrá la difícil tarea a lo Wallerstein de “abrir su ciencia social” y aprender las conceptualizaciones básicas del derecho para poder delimitar su problema de análisis, al menos escogiendo uno de las definiciones propuestas.

Ambas contribuciones las del abogado con su búsqueda de los antecedentes de la institución y la norma, y la del historiador que toma como objeto el derecho y toda su complejidad con el análisis de los actores, de la sociedad, del sistema de redes, de lecturas transversales de sucesos económicos o etapas de larga, mediana o corta duración podrán ser consideradas como historia del derecho, pero cada uno de los especialistas dudaran de la utilidad de los estudios de su colega fundamentalmente por la falta de bilingüismo y de comprensión de su pariente científico.

F.B cumple con el difícil reto de compaginar estas dos áreas con el libro que hoy se presenta “Justicia: rupturas y continuidades: el aparato judicial en el proceso de configuración del Estado – Nación en Colombia 1821 – 1853”. Como todos ustedes saben el subtitulo de cualquier texto usualmente es más prolongado y contiene la tesis o hipótesis a demostrar. El título más escueto denota en tres o cuatro palabras la conclusión a que se llegó finalmente.

F.B con la guía del historiador Arístides Ramos, su tutor, toma el aparato judicial como uno de los ejemplo en la configuración del Estado – Nación una vez comienza nuestra vida independiente a principios del siglo XIX con la instauración de una idea trinacional de Estado de poca duración que se consagra en la Constitución de Villa del Rosario de Cúcuta de 1821 y termina su análisis con el estudio de los avatares de medio siglo en donde se instauran las primeras constituciones de raigambre liberal y tendencia federal tras la presidencia de José Hilario López del 49 al 53.

Para muchos historiadores la Nación colombiana solo se empieza a desprender de su ancestro colonial con la Presidencia de López y sus medidas económicas de liberalización y apertura, la eliminación de monopolio como el tabaco y fundamentalmente con la ley de 21 de marzo de 1851 de libertad definitiva de esclavos.

Esta tesis sin embargo, se encuentra dentro de la tendencia historiográfica que se deriva del materialismo histórico marxista en donde solo se analiza el pasado a partir de la infraestructura económica, dejando los aspectos culturales, sociales y jurídicos como una mera superestructura dependiente integramente de los cambios de las fuerza y medios de producción.

“Justicia, ruptura y continuidad” porque si bien es cierto durante el período que analiza F. se produjo una continuidad en algunas de las prácticas e instituciones legales españolas, la vocación independentista fundamentada en el discurso de la ilustración fue de ruptura y de cambio que por su puesto no se produjo de manera inmediata sino a través de diferentes experimentos institucionales y políticos, ideas novedosas transpoladas de otras experiencias como la inglesa, la norteamericana y la francesa a nuestro contexto tropical, que se asimilaron de acuerdo a nuestras necesidades y problemáticas.

F.B analiza en el texto presentado tres temáticas a través de tres capítulos: la educación legal, la organización institucional de lo jurídico y las fuentes del derecho utilizadas para al final de su estudio comprobar la transformación paulatina del aparato judicial como forma de crear y legitimar la nueva nación pensada por los líderes independistas.

F.B también analiza un caso concreto a través del estudio de los mecanismos utilizados para la solución de los casos criminales dentro del periodo. En muchos de los apartes del libro se relacionan temas específicos e interesantes como el rol de los abogados durante este tiempo, el papel que jugaban los jueces y los antecedentes de figuras como el control de constitucionalidad o el ius cogens, temáticas que resultan interesantes y que se relacionan directamente con el tema propuesto de la comprobación de las rupturas y de las continuidades que se presenta en dicho periodo.

F. comprueba en su estudio que la Nación se puede “imaginar” como propone Anderson pero también se puede “construir” como sugiere Gellner, y que por tanto el aparato judicial definido como el conjunto compuesto por retórica legal, burocracia institucional y el uso de la fuerza que finalmente solucionaría el conflicto que se presenta entre los hombres en sociedad, se convierte en el bastión del proceso de cambio y transformación post – independentista.

Se trata de una forma de divorcio o separación del Ancien Régimen español decidido por los americanos para darle un nuevo curso a su historia, pero todo divorcio o ruptura genera todavía lazos y continuidades, como si se tratara de una pareja que se deja.

Solo con el curso del tiempo, la legitimación de nuevos actores, discursos e instituciones se podrá redirigir la “nación imaginada y construida”. En nuestro caso colombiano el nuevo patrón se baso en los principios de la separación de poderes, del constitucionalismo, la protección de derechos y el reconocimiento de nuestra autonomía que posibilitaron que paulatinamente se diera el viraje o el cambio.

Tal vez ahora en el 2007 nuestra herencia colonial perviva en nuestros genes, antecedentes y costumbres, no podemos negar a nuestra madre. Sin embargo, la configuración de un aparato judicial como conformador de un nuevo concepto de Estado – Nacional republicano y democrático se establece a principios del siglo XIX siguiendo a Kühm como un cambio de paradigma, un nuevo Estado que se cimentó en lo derruido pero que establece unos nuevos pilares y estructura

F.B comprueba en su libro esta tesis a través de estos 32 años analizando los antecedentes desde el proceso de reformas borbónicas y acudiendo también hasta el presente para establecer los orígenes y las consecuencias del proceso de cambio. La utilización de fuentes primarias como leyes, gacetas, libros de la época, así como el análisis de casos penales puntuales hacen que su estudio pueda ser comprensible para historiadores, abogados y profanos.

Su escritura amena y su rigor hacen que esta novedad sea una verdadera contribución al campo de la historia del derecho en donde solo algunos como Ots Capdequi, Bartolomé Clavero, Restrepo Piedrahita, Diego López, Victor UribeUrán, o algunos más jóvenes como Fernando Mayorga, Roberto Vidal, Andrés Botero, Julio Gaitán y Catalina Villegas osaron entrar.

La virtud del presente es no confiar en las verdades absolutas y en la totalidad. La dispersión en la comprensión de lo jurídico desde diversos matices y colores pueden ser un contribución al entendimiento de la complejidad. El trabajo de F. B se enmarca dentro de esta línea como un aporte a una incipiente especialidad a veces sin adeptos.

Larga vida al libro presentado y buena suerte a Francisco Barbosa y su familia en su nueva experiencia doctoral en Francia y que siga con las frase de Flaubert de que “para un escritor lo más importante es la ilusión, los libros que vendrán, el proyecto que vamos a sacar adelantar que irá creciendo y apareciendo siguiendo el curso mismo de nuestra vida”.

¡MUCHAS GRACIAS!