El pasado viernes el Consejo Constitucional Francés declaró inconstitucional los artículos 62, 63, 63.1 del Código de Procedimiento Penal que posibilitaba la detención en custodia de personas sospechosas por parte de la policía, para interrogar por el término de 48 horas sin que se tuvieran derecho los detenidos a saber los cargos, el derecho a guardar silencio, a tener un abogado y se les leyerá sus derechos, y que se utilizarán métodos ilegales para obligar a confesar. Como informa el blog Paper Chase y el Periódico The Washington Post desde que Nicolás Sarkozy subió al poder el número de personas interrogadas en custodía ha venido en aumento. En el 2001 existían 336.718, llegando en el 2009 a 790.000.
El movimiento en favor de los derechos de las personas bajo custodía ha tomado relevancia, después de las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en los casos Salduz vs. Turquía, Mooren vs. Alemania y Kolesnik vs. Ucrania en donde se estableció que la falta de garantías y salvaguardas para las personas en custodia o detención preventiva violaba el artículo 6 de la Convención Europea de Derechos Humanos. (Derecho al debido proceso y a la defensa).
Sin embargo, la decisión del Consejo Constitucional no se da en todos los casos y establece que la policía conserva el derecho a interrogar a sospechosos sin formular cargos y a tener un abogado en casos de amenazas especiales como los casos de terrorismo, narcotráfico o crimen organizado, estableciendo solo la inconstitucionalidad parcial de la norma. El Consejo Constitucional le dio plazo al legislativo hasta el 2011 para establecer la nueva reglamentación.
Sin embargo, la decisión del Consejo Constitucional no se da en todos los casos y establece que la policía conserva el derecho a interrogar a sospechosos sin formular cargos y a tener un abogado en casos de amenazas especiales como los casos de terrorismo, narcotráfico o crimen organizado, estableciendo solo la inconstitucionalidad parcial de la norma. El Consejo Constitucional le dio plazo al legislativo hasta el 2011 para establecer la nueva reglamentación.
Grupos de derechos humanos y plataformas como "je ne parlerai que en presence de mon avocat" subrayan que personas detenidas preventivamente deben saber sus derechos a guardar silencio y ser interrogados en presencia de un abogado.
Links:
- Para ver la Decisión No 2010 -14/22 QPC de 30 de julio de 2010 pinche aquí. Versión en Pdf aquí.
- Para ver los videos de la Audiencia Pública en el Consejo Constitucional pinche aquí. (Primera parte), segunda parte aquí.
*En los videos se puede observar a los abogados con toga leyendo sus argumentos. Una buena forma de publicitar las decisiones de las Cortes Constitucionales que debería ser tomado como ejemplo por nuestra Corte Constitucional colombiana.
- También nos parece importante esta publicación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas sobre el tema de la Prisión Preventiva en donde se analiza el tema en la región. Muy recomendado pinche aquí.
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