Por: Faiber Eucario Falla Casanova
La Silla Vacía, esto es la suspensión provisional del parlamentario mientras se resuelve su situación jurídica, surgió como consecuencia de decisiones judiciales que inciden en la composición del Congreso de la República. El problema de fondo es entonces, la relación entre el máximo Tribunal de la Justicia Ordinaria y el Congreso de la República bajo un Sistema Presidencial de Gobierno. En efecto, son dos las figuras que este sistema de gobierno utilizó en sus orígenes para defender la independencia del Poder Legislativo respecto del Poder Judicial. El primero es el Empeachment o procedimiento al interior del Congreso con el fin de exigir responsabilidad Político-Jurídica, entre otros a los magistrados de las altas cortes. El segundo es la Inmiunity o procedimiento al interior del Congreso para dejar a disposición del Poder Judicial los parlamentarios en caso de presuntas conductas punibles. La iniciativa de la Silla Vacía nada tiene que ver con El Empeachment pero sí con la figura de la Inmiunity.
Hemos visto cómo la iniciativa de la Silla Vacía se ubica dentro de la Estructura del Estado en general y en las Relaciones entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo en particular. El asunto es entonces saber si la iniciativa de la Silla Vacía resuelve la deficiencia estructural que permite la descomposición del Congreso de la República incluso ante ataques injustificados. Para ello es del caso precisar, qué actuaciones del poder judicial respecto de los parlamentarios atacan en forma injustificada la composición del Congreso de la República. Es del caso además, analizar la figura de la Silla Vacía más allá de las circunstancias que le dieron origen, esto es sacarla de lo contingente a lo trascendente y ver el Congreso como institución. En estos términos la discusión se ubica en lo que Hamilton denominó «un gobierno bien organizado», esto es en el diseño constitucional del sistema de gobierno. La fuente que determina la corrección de la iniciativa de la Silla Vacía son entonces aquellos principios que dieron origen al Estado Constitucional en general y al Sistema Presidencial de Gobierno en particular.
La defensa de la composición del Congreso de la República exige que las providencias judiciales respecto de sus miembros tengan una relevancia especial. La presunción de inocencia cuando está en juego el ejercicio del Poder Legislativo debe tener unas garantías especiales. En la actualidad las medidas de aseguramiento proceden contra los parlamentarios de la misma manera que lo hacen respecto de los ciudadanos, y en consecuencia. De esta manera las medidas de aseguramiento proceden cuando se pone en duda la presunción de inocencia de los ciudadanos y cuando además está en juego la independencia del Poder Legislativo. En términos de arquitectura constitucional no es conveniente que procedan las medidas de aseguramiento contra los parlamentarios como proceden respecto de los demás ciudadanos. Es del todo racional, porque además de la presunción de inocencia está en juego la independencia del poder legislativo, que procedan las medidas de aseguramiento respecto de los parlamentarios sólo cuando exista una acusación formal.
La iniciativa de la Silla Vacía no supera el anterior test porque está pensada en términos contingentes y no estructurales. Aunque protege la presunción de inocencia de los parlamentarios, en el sentido de que sólo perderían la curul en virtud de sentencia judicial, el remedio ataca la composición del Congreso de la República. Dejar una silla vacía significa eliminar un representante del pueblo, y en consecuencia, un ataque al Congreso como institución. Además de dejar intacta la ya señalada falencia estructural del Estado la refuerza porque al menos en la actualidad existe la posibilidad de que otros ocupen la curul. Pero ya lo dijo Norberto Bobbio, las reformas cuando son necesarias son imposibles. La defensa en términos trascendentales del Congreso como institución torna necesario regular las medidas de aseguramiento respecto de los Congresistas. El mismo análisis en términos contingentes torna imposible dicha iniciativa porque será vista como una gran defensa de impunidad. El Poder Constituyente es trascendente y la actual Reforma Constitucional contingente.