jueves, 13 de septiembre de 2012

Especialización en Derecho Público. Límites a la reforma constitucional






Estudiantes como les prometí aquí les dejo los recursos. La clase quedó para el sábado. Por favor vean el Video de Carlos Bernal Pulido ( Profesor Carlos Bernal Pulido - Australia - Colombia-  aquí.) y 2. RAMÍREZ CLEVESGonzaloReformas a la Constitución de 1991 y su control de constitucionalidad: entre democracia y demagogia, en: Revista de Derecho del EstadoNo 21, p. 145 - 176. Los dejo con otros recursos sobre la temática

ALGUNOS POST SOBRE EL TEMA EN IUREAMICORUM

¿Tiene el poder constituyente límites?

-
 ¿Tiene límites el poder constituyente II?

- El pergamino y la política. Un artículo de Daryl Levinson
- Control a la reforma constitucional en México aquí.
PONENCIAS - CONTROL DE LA REFORMA A LA CONSTITUCIÓN - VII ENCUENTRO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL (Bogotá, Universidad Externado de Colombia, octubre 13 de 2011).

- Profesor Joel Colón - Rios (Nueva Zelanda) aquí.
- Profesor Carlos Bernal Pulido (Australia - Colombia) aquí.
- Magistrado Jorge Iván Palacio (Corte Constitucional colombiana) aquí.
- Magistrado Raúl Bertelsen (Corte Suprema Chile) aquí.

-MESA REDONDA. Moderador Rodrigo Uprimny ( Robert Alexy, Joel - Colón, Carlos Bernal Pulido, Magistrado Jorge Iván Palacio) Aquí.

Sentencias y documentos para talleres.

1) 
C - 551 de 2003. Referendo Reforma Política

2) C - 1200 de 2003 (Inhibición - Potestades extraordinarias al Presidente para adecuar código penal, penitenciario y carcelario, procesal penal)

3) C - 572 de 2004 (Inhibición - Reforma Reforma Política. Mg. Ponente Rodrigo Uprimny. Salvamento de Voto, distintos tipos de control dependiendo del grado de participación popular)
4) C - 816 de 2004. Estatuto antiterrorista.
5) C- 970 de 2004. (Nuevamente faculta para expedir códigos penales).
6) C - 971 de 2004. Reforma Política

7) 
C - 1040 de 2005. Constitucionalidad reforma primera reelección.

8) C- 293 de 2007 (Demanda Acto Legislativo No 1 de 2005. Reforma seguridad social)

9) C - 757 de 2008 (Ampliación de moción de censura a superintendentes y directores de departamentos administrativos. Acto Legislativo No 1 de 2007. Principio de Bicameralismo).

10)
 C - 588 de 2009. Inconstitucionalidad reforma provisionales (Test de la efectividad)

11) Intervención ciudadana en contra del referendo reeleccionista. (Carlos López Cadena - Gonzalo Ramírez Cleves)

12) 
C - 141 de 2010. Inconstitucionalidad Referendo Reeleccionista

13) C - 397 de 2010. Inconstitucionalidad vicios de forma Referendo Prisión Perpetua. 
Solo comunicado de prensa No 28 de mayo 25 de 2010. Aquí

14) C - 574 de 2011 (Inhibición prohibición porte y consumo de dosis mínima) Comunicado de Prensa aquí. Próximamente toda la Sentencia aquí. 

15) C-170 de 2012. Sobre la reforma constitucional que elimina la Comisión Nacional de Televisión aquí. 

16) C- 132 de 2012. Sobre el A.L. 3 de 2011 de sostenibilidad fiscal (Inhibición) aquí. 

17) C- 249 de 2012. Inconstitucionalidad del A.L. 4 de 2011 que otorga mayores puntajes a provisionales en concursos por violación del principio de carrera administrativa, igualdad y mérito aquí. 

18) C- 317 de 2012. No se declaró inconstitucional por falta de consulta previa el Acto Legislativo No 5 de 2011 sobre regalías y presentación de reformas por Ministros aquí. 

Bibliografía sobre el tema en red. 

1. RAMÍREZ CLEVESGonzalo AEl control material de las reformas constitucionales mediante acto legislativo, en: Revista de Derecho del EstadoNo 18, p. 3 - 31
2. RAMÍREZ CLEVESGonzaloReformas a la Constitución de 1991 y su control deconstitucionalidad: entre democracia y demagogia, en: Revista de Derecho del EstadoNo 21, p. 145 - 176

Artículos de Joel Colón Ríos sobre el tema:

- Democracy and Constitutional change aquí.

- The legitimicy of juridical. Constituent power, democracy and the limits of constitutional reform. Aquí.

- The Counter Majoritan difficulty and the road not taken: Democratizing Amendetent rules Aquí.

- Carl Schmitt and Constituent Power in Latin America. The Cases of Colombia and Venezuela. Aquí. 

Noticias Recientes

Tribunal Constitucional alemán condiciona ayudas aquí. 



#Foroprocesodepaz


Comenzamos con las discusiones en Twitter sobre el Proceso de Paz, la idea es hacer un Foro Virtual - Real de carácter permanente mientras avanzan las conversaciones. Por favor los twitteros comiencen a discutir con el hashtag #Foroprocesodepaz. Cada semana se hará una pregunta y la idea es hacer varios foros reales y virtuales para llegar a una publicación con textos relacionados con el proceso de paz que se adelanta con la guerrilla. Los cinco temas a discutir se corresponden con los cinco temas de las conversaciones: 1. Tierras, 2. Derechos Políticos, 3. Narcotráfico, 4. Cese del conflicto y postconflicto y 5. Víctimas. La pregunta de esta semana es: ¿Se puede negociar sin cese al fuego?


 para el proceso de paz es fundamental, entre otras cosas, la intervención neutral y sana de los medios de comunicación!
 al parecer estamos copiando el modelo de paz centroaméricano. Diálogos en el exterior sin cese al fuego
  no me parece factible. Es como poner la silla al caballo en movimiento, no hay garantías.
 Ese será la pregunta de la próxima semana. Por ahora sigamos con la de ésta ¿Se puede negociar sin cese al fuego?
 Quiero mucho la Const. del 91 pero ¿Se necesitará una nueva constituyente para llegar a una paz definitiva en Colombia?
 con el M-19, EPL, Quintin Lame en el 90 no hubo despeje pero si una distensión en el Cauca. Estaba muy chiquito ; )
 pero la memoria corta nos trae el Caguán pero cómo han negociado en Salvador, Guatemala, Sudáfrica e Irlanda del Norte?
 Un despeje es sinónimo de Caguan y si es antes de elecciones, Santos pone en riesgo su reelección y el proceso como tal.
  lo peor: amnistías a violadores de DD.HH y del DIH; recordemos Mapiripán y el Salado por ejemplo.
 los ataques pueden incrementarse en los diálogos. Deben haber presupuestos de guerra mientras la negociación. Mínimos DIH
  curioso también el tema de los destinatarios de los efectos de la Ley. Sólo paramilitares.
 si no hay cese al fuego por cada guerrillero muerto tratarán las Farc de matar a un militar. No querrán llegar debilitadas
  y todavía más raro la extradición de los jefes y cabecillas. No cuadra.
 Un cese al fuego, total o parcial, unilateral o bilateral, trae consigo una variable de control territorial: despeje.
 No es viable un cese al fuego antes de las elecciones presidenciales de 2014
 incluso se pueden llegar a vender las inculpaciones. El proceso ya es perverso
 los paramilitares en Justicia y Paz no les importa inculparse por 10 o 20 muertos más porque la pena será la misma.
  tal vez por eso fallan los remedios. Sin cumplir esas 3 obligaciones persiste el problema.
  nuestra ley 975 no pudo ser aplicada. Ni verdad, ni justicia ni reparación de verdad verdad
 así mismo me parece fundamental la inclusión de todos los sectores de la población, por ser todos víctimas del conflicto.
 la paz no podrá ser alcanzada si se deja a un lado la obligación de investigar las violaciones a los DDHH y la reparación.
  deben haber representantes sociedad civil, de los secuestrados y en general de las victimas.
 como ataques en medio de diálogos. Se deberían crear unos mínimos además de la aplicación del DIH.
 dice sobre este punto de que hablar sin cese al fuego puede dar lugar a situaciones incomprensibles.
. Negociar sin cese el fuego: no es Un panorama idílico, pero sí es posible y vale la pena intentarlo.
Una apreciación sobre  en la mesa d negociación no hay 1 representante de las victimas, deben ser escuchados, sera 1 error?
 esta será la pregunta para esta semana ¿Se puede negociar sin cese al fuego? animénse a participar
 Mándame en mensaje directo tu teléfono y correo para hacer la invitación formal 
 Jairito hacemos derecho a la Carta contigo próximo jueves sobre proceso de paz 
 Las Farc están sin alternativa diferente a negociar una salida política, los días de los Castro y Chávez son pocos.
 y el último punto (5) Derecho de las víctimas. ¿De lado y lado? ¿Sólo población civil? ¿Sirve la actual ley de víctimas?
 el cuarto punto. Narcotráfico. Bien dificil pero el tema es de solución no solo nacional sino internacional
 3. Fin del conflicto. Dejación de las armas ¿Y qué a cambio? en 1990 se pidió constituyente por M-19, EPL, Quintin Lame
 2. 2. Garantías para el ejercicio de la oposición (Partido Político de la guerrilla)
 los cinco puntos planteados por Santos son: 1 Desarrollo rural que la prosperidad se comparta (Tierras)
 me parece bien dejar el show mediático, pero los medios tienen que vivir de algo y harán el show
 la guerrilla tiene que liberar a todos los secuestrados, pero el problema es que querrán intercambio humanitario
  pero Pres. Santos dijo que no habrá cesé al fuego. La guerrilla no puede hacerlo unilateralmente.
Tres puntos para alcanzar la paz: Cese de hostilidades.Evitar el show mediatico.Revelar suerte de los civiles secuestrados
 Unos dicen que si ETA en España. No se ha cesado al fuego. Los que dicen que no: se negocia con muertos
 La pregunta de hoy: ¿Se puede negociar sin cese al fuego?
Los que quieran opinar sobre el proceso de paz pongan el hashtag empecemos a Twittear
 Derecho a la Carta No 17 "Marco Jurídico sobre la Paz" de Jorge Iván Cuervo y Juan Pablo Hinestrosa