Es una lástima que como estaba previsto, el Senado con la llamada ¨Aplanadora Uribista¨ aprobará el martes con sonrisas de los Ministros de Interior y de Justicia y de Hacienda el referendo reeleccionista que tiene como finalidad garantizar un tercer mandato de Álvaro Uribe. Ni Bolívar con su idea dictatorial del ¨Presidente Vitalicio¨, ni Mosquera con su idea militarista de permanencia del poder habían logrado tanto, es decir que la democracia de mayorías manipuladas a través de los medios de comunicacióne, el clientelismo y las fuerzas oscuras de parapolítica pudieron más que un Libertador y un General.
Es una tristeza también constatar que la Constitución de 1991 esta siendo desmontada por partes, como esas casas de Patrimonio Cultural, que se les empiezan a quitar el techo o la fachada para transformarlas en otra cosa. Un amigo que vive en Francia me contaba que lo que esta pasando en Colombia se esta pareciendo al cuento de la rana que la van cocinando en una olla y no se da cuenta que será pronto sopa porque se siente a gusto en el agua caliente. Los colombianos no nos damos cuenta que estamos poco a poco acabando con nuestras instituciones democráticas que precisamente se encuentran establecidas en la Constitución que se modifica.
La reforma de la primera reelección dio lugar al desustructuración del diseño institucional, de control de los poderes públicos y separación de poderes, instancias como la Fiscalía, la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y especialmente la Corte Constitucional colombiana, perdierón su autonomia e independencia a partir de esta reforma. Lo que va a pasar en los próximos meses será la constatación más vergonzosa de la anulación del poder judicial como instancia de control y de balance de poder y en definitiva de pérdida de su independencia , imparcialidad y autonomía. La reelección pasará seguramentecomo dice Pastrana con un Magistrado de bolsillo como ponente, con una mayoría que se ha posibilitado gracias al Poder nominador del Presidente, con las tesis dógmaticas de algunos magistrados que no aprecian lo que se viene por delante y con la salvedad en sus votos de una minoría independiente.
No se aceptarán las recusaciones ni mucho menos se declarará impedido el magistrado Mauricio Gónzalez Cuervo, que hizo parte del gobierno como secretario jurídico del Presidente que se piensa reelegir, tampoco se aceptarán las recusaciones que se hagan del magistrado Jorge Pretelt, ternado por el Presidente para hacer parte de la Corte y que escribió un libro en el 2003 de porque SI votar la reelección. La magistrada Maria Victoria Calle Correa, tampoco se declará impedida en la revisión que se haga del referendo reeleccionista, por algo fue ternada también por el gobierno.
Los Magistrados Humberto Sierra Porto y Nilson Pinilla, el segundo que en una sala plena admitió que no tendría ningún inconveniente para aprobar una segunda reelección, por sus tesis dógmaticas, relacionadas con que la Corte no puede conocer de la inconstituiconalidad por sustitución o los límites competenciales del poder de revisión tendrán que salvar su voto con relación a los argumentos que se den respecto a que esta nueva reelección desajusta y elimina por completo la idea de Constitución, entendida ésta como de control y de separación de los poderes. El magistrado Gabriel Mendoza, ya demostró su afinidad con el gobierno, especialmente en la sentencia que declaró inconstitucional el Estatuto de Desarrollo rural, sentencia C - 175 de 2009, en donde fue el único de los nuevos magistrados de la Corte, no ternados por Uribe, que se inclinó a favor del gobierno. Por ende solo Juan Carlos Henao, Luis Ernesto Vargas y Jorge Iván Palacio podrán decir algo en contra de esta modificación constitucional que dará lugar a la sustitución de nuestra Carta del 91 por una diferente, que concentra los poderes en el ejecutivo, que elimina el principio de independencia e imparacialidad judicial y de separación y control de los poderes pero estos últimos serán minoría.
Lo que tiene que ver con los vicios competenciales en sentido estricto de la ley que convoca al referendo no serán mayor talanquera paraque el referendo reeleccionista se declare constitucional en la Corte. Con relación a la reforma de la pregunta inicial se dirá que la voluntad del pueblo era que Uribe se reeligierá en el 2010 y no en el 2014 y que la mala redacción y el cambio posterior no va en contra del principio democrático, o algo por el estilo. La sentencia C - 1040 de 2005 y siguientes (constitucionalidad del referendo de 2003) constituye un precedente débil para evitar que el referendo reeleccionista se declare exequible e. La sentencia C - 551 de 2003 establece sin embargo, que el referendo no se puede convertir en plebiscito y la ley 134 de 1994, sobre mecanismos de participación ciudadana, estipula que en un mismo acto electoral no se puede someter al pueblo tres o más referendos, en caso que se utilice la argucia que ya ha sido postulada por el gobierno de votar el mismo dia el referendo reeleccionista, el del derecho al agua potable y el de la pena perpetua para violadores de niños.
La independencia judical se resquebrejó con la primera reelección en lo que tiene que ver con la imparcialidad y autonomía de nuestra Corte constitucional. La constitucionalidad del referendo reeleccionista que producirá la anulación definitiva de la Constitución de 1991 constatará este hecho, sumado a que con cuatro años más del Presidente en el gobierno la crisis de nuestra democracia constitucional será definitiva.
La reforma de la primera reelección dio lugar al desustructuración del diseño institucional, de control de los poderes públicos y separación de poderes, instancias como la Fiscalía, la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y especialmente la Corte Constitucional colombiana, perdierón su autonomia e independencia a partir de esta reforma. Lo que va a pasar en los próximos meses será la constatación más vergonzosa de la anulación del poder judicial como instancia de control y de balance de poder y en definitiva de pérdida de su independencia , imparcialidad y autonomía. La reelección pasará seguramentecomo dice Pastrana con un Magistrado de bolsillo como ponente, con una mayoría que se ha posibilitado gracias al Poder nominador del Presidente, con las tesis dógmaticas de algunos magistrados que no aprecian lo que se viene por delante y con la salvedad en sus votos de una minoría independiente.
No se aceptarán las recusaciones ni mucho menos se declarará impedido el magistrado Mauricio Gónzalez Cuervo, que hizo parte del gobierno como secretario jurídico del Presidente que se piensa reelegir, tampoco se aceptarán las recusaciones que se hagan del magistrado Jorge Pretelt, ternado por el Presidente para hacer parte de la Corte y que escribió un libro en el 2003 de porque SI votar la reelección. La magistrada Maria Victoria Calle Correa, tampoco se declará impedida en la revisión que se haga del referendo reeleccionista, por algo fue ternada también por el gobierno.
Los Magistrados Humberto Sierra Porto y Nilson Pinilla, el segundo que en una sala plena admitió que no tendría ningún inconveniente para aprobar una segunda reelección, por sus tesis dógmaticas, relacionadas con que la Corte no puede conocer de la inconstituiconalidad por sustitución o los límites competenciales del poder de revisión tendrán que salvar su voto con relación a los argumentos que se den respecto a que esta nueva reelección desajusta y elimina por completo la idea de Constitución, entendida ésta como de control y de separación de los poderes. El magistrado Gabriel Mendoza, ya demostró su afinidad con el gobierno, especialmente en la sentencia que declaró inconstitucional el Estatuto de Desarrollo rural, sentencia C - 175 de 2009, en donde fue el único de los nuevos magistrados de la Corte, no ternados por Uribe, que se inclinó a favor del gobierno. Por ende solo Juan Carlos Henao, Luis Ernesto Vargas y Jorge Iván Palacio podrán decir algo en contra de esta modificación constitucional que dará lugar a la sustitución de nuestra Carta del 91 por una diferente, que concentra los poderes en el ejecutivo, que elimina el principio de independencia e imparacialidad judicial y de separación y control de los poderes pero estos últimos serán minoría.
Lo que tiene que ver con los vicios competenciales en sentido estricto de la ley que convoca al referendo no serán mayor talanquera paraque el referendo reeleccionista se declare constitucional en la Corte. Con relación a la reforma de la pregunta inicial se dirá que la voluntad del pueblo era que Uribe se reeligierá en el 2010 y no en el 2014 y que la mala redacción y el cambio posterior no va en contra del principio democrático, o algo por el estilo. La sentencia C - 1040 de 2005 y siguientes (constitucionalidad del referendo de 2003) constituye un precedente débil para evitar que el referendo reeleccionista se declare exequible e. La sentencia C - 551 de 2003 establece sin embargo, que el referendo no se puede convertir en plebiscito y la ley 134 de 1994, sobre mecanismos de participación ciudadana, estipula que en un mismo acto electoral no se puede someter al pueblo tres o más referendos, en caso que se utilice la argucia que ya ha sido postulada por el gobierno de votar el mismo dia el referendo reeleccionista, el del derecho al agua potable y el de la pena perpetua para violadores de niños.
La independencia judical se resquebrejó con la primera reelección en lo que tiene que ver con la imparcialidad y autonomía de nuestra Corte constitucional. La constitucionalidad del referendo reeleccionista que producirá la anulación definitiva de la Constitución de 1991 constatará este hecho, sumado a que con cuatro años más del Presidente en el gobierno la crisis de nuestra democracia constitucional será definitiva.
Link: Laura Jaramillo Bernal "Más pesos que contrapesos, así ha cambiado el balance de poderes con la reelección¨. La Silla Vacía, 4 de junio de 2009